A través del decreto N° 9274, el presidente de la República Mario Abdo Benítez, promulgó finalmente la ley que reglamenta el uso y la difusión de lengua de señas paraguaya en todo el territorio nacional, la misma cuenta con 46 artículos.

En la normativa se establecen parámetros para el reconocimiento de intérpretes, así como también de las obligaciones de entidades e instituciones públicas y privadas que brinden servicios públicos o de atención al público así como los actos oficiales dirigidos al público deberán contar con intérpretes de lengua de señas a fin de garantizar el derecho de acceso a la información de las personas con discapacidad auditiva.

Desde la Secretaría de Políticas Lingüística destacaron la importancia de esta promulgación, ya que con esta medida se busca garantizar el acceso a los servicios educativos, sanitarios, judiciales y de comunicación en general para las personas con discapacidad auditiva que según datos del último censo ascenderían a un 8,9% de la población.

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El mencionado reglamento fue confeccionado tras varias reuniones entre organizaciones sociales e instituciones nacionales buscando que la misma sea la más abarcativa posible en cuanto a situaciones de uso y necesidades de la ley, teniendo en cuenta también que su utilización será cada vez mayor.

Por otro lado, desde la comunidad de sordos del Paraguay remarcaron que este paso legislativo es uno muy importante para este sector de la sociedad que ha visto sus necesidades siendo postergadas por muchos años y ahora empiezan a contar con las herramientas adecuadas para su desenvolvimiento de manera integral dentro de la sociedad.

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