Uno de los casos más importantes de su trayectoria fue el del fotógrafo José Luis Cabezas, quien fue secuestrado y posteriormente asesinado en el año 1997. Foto: Gentileza.
Conozca a la jueza que se encargará de dictar sentencia en el caso Báez Sosa
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El caso del joven hijo de paraguayos que murió presuntamente tras ser atacado por un grupo de rugbiers en Villa Gesell, Argentina, finalmente tendrá sentencia tras tres años del suceso. El 6 de febrero a las 13:00 se pretende dar a conocer el veredicto, de acuerdo a la jueza titular a cargo, María Claudia Castro, quien es oriunda de la localidad bonaerense de Azul y egresada de la Universidad Nacional de La Plata.
La magistrada se encuentra radicada en la ciudad de Dolores, donde ha desarrollado gran parte de su carrera profesional. Así, uno de los casos más importantes de su trayectoria fue el del fotógrafo José Luis Cabezas, quien fue secuestrado y posteriormente asesinado en el año 1997; a finales del 2014, y después de años de haber concursado al cargo de jueza, resultó electa en el penal en el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Dolores.
“En lo personal, significó una carrera acelerada en todo lo que es el procedimiento penal. En ese momento era todo papel y se ordenaban un cuerpo de doscientas fojas por día, por lo menos”, recordó la jueza en una entrevista con DiarioAR sobre lo que significó ese caso, teniendo en cuenta que fue uno de sus primeros pasos en función.
Ahora, junto con Christian Ariel Rabaia y Emiliano Javier Lazzari, Castro deberá dictar sentencia en el caso de Fernando Báez Sosa. Los jueces tienen a cargo 15 municipios, desde Chascomus a los partidos de la costa y uno de sus últimos veredictos fue la condena a prisión perpetua a dos jóvenes por matar a Javier Ayuso en 2017; de acuerdo a los medios de comunicación argentinos, de darse la perpetua para los ocho sería histórico en Argentina porque nunca se llegó a esa cifra de manera consecutiva.
El juez Christian Ariel Rabaia es el vicepresidente del Tribunal, siendo uno de los funcionarios más nuevos en Dolores. El magistrado llegó a su cargo en el año 2019, luego de haber trabajado por 17 años para el Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires y tener un estudio jurídico propio en la localidad de Quilmes, desde el año 2005.
Por otra parte, el tercer juez a cargo, Emiliano Lazzari, forma parte del Tribunal desde el 2018, cuando llegó para cubrir una vacante que se había abierto. Su llegada fue por decisión de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires porque forma parte del Cuerpo de Magistrados del Máximo Tribunal bonaerense, que se utiliza para cubrir lugares libres por ausencia de los jueces titulares en cualquiera sea la instancia judicial, tal como informó Noticias Argentinas.
Prieto afronta mañana una nueva jornada del juicio oral por el caso Tía Chela, en paralelo, otros procesos por presunta corrupción, el caso Tajy y del Consejo Local de Salud, también avanzan hacia el debate oral. Foto: Matías Amarilla
“Tía Chela”: Prieto afronta juicio este lunes mientras avanza otro proceso en su contra
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El Tribunal de Sentencia conformado por las juezas especializadas en Delitos Económicos: Ana Rodríguez Brozón, Karina Cáceres y Yolanda Morel, dará continuidad este lunes 7 de septiembre al juicio oral y público contra el exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. Mañana se deberán definir los planteamientos de las partes antes de avanzar con la producción de pruebas en el caso conocido como Tía Chela. La Fiscalía contestará los incidentes de las defensas, en una jornada que podría marcar el rumbo del juicio contra Prieto.
El exjefe comunal esteño enfrenta juicio oral y público por lesión de confianza y asociación criminal tras el presunto desvío de G. 2.949.650.000 de las arcas municipales. Este proceso representa un paso crucial para el Ministerio Público, que busca una sentencia condenatoria ejemplar ante la gravedad de un hecho que golpeó directamente los recursos de los ciudadanos del Este.
La semana pasada, se había retomado el juicio oral luego de incidentes presentados por la Fiscalía y la defensa. Ahora el Ministerio Público tendrá que contestar los incidentes presentados por la defensa de Prieto y los demás acusados. Una vez contestados, el Tribunal de Sentencia deberá resolver los pedidos de la defensa, por lo que el juicio continuará mañana desde las 08:00.
La semana pasada, el fiscal Silvio Corbeta planteó cuatro incidentes probatorios al inicio del juicio; el primero tiene que ver con la incorporación de información sobre el cambio de marcas de los productos que habían sido licitados para los kits de alimentos. También solicitó incorporar como testigo al director de la DNCP, Agustín Encina, para que explique la nota presentada por la empresa Tía Chela y las cuestiones relacionadas con el procedimiento de contratación.
Por otra parte, solicitó un informe a la Contraloría General de la República para determinar si la nota recibida por Prieto fue presentada y analizada cuando se elaboró el dictamen técnico sobre la contratación. Así como solicitó un informe a la DNIT sobre la trazabilidad de las facturas y mercaderías y si la empresa comunicó el cambio de marcas de los productos.
En tanto que, por parte de la defensa, el abogado Martín Prieto, representante del acusado Julián Benítez Gamarra, uno de los 10 imputados en esta causa, pidió la suspensión del juicio al alegar que no había tenido acceso a la investigación. En este caso, el tribunal ya rechazó el planteamiento y dispuso además una sanción disciplinaria contra el abogado.
Caso Tajy
El proceso judicial en el caso Tía Chela no es el único juicio oral que deberá enfrentar el exintendente Miguel Prieto, teniendo en cuenta que el pasado 3 de agosto la Fiscalía ratificó la acusación en su contra por el denominado caso Tajy junto a otros presuntos cómplices. Al día siguiente, juez penal de Garantías de Delitos Económicos, Humberto Otazú, elevó la causa a juicio oral y público.
En este caso, la Fiscalía acusó al exintendente por lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal, por el daño patrimonial que supera los G. 306 millones.
El Ministerio Público refiere que, el 11 de junio del 2020, la administración de Prieto efectuó el pago irregular de G. 306.188.500 a favor de la empresa proveedora Tajy por mercaderías que no fueron entregadas, constituyéndose en un hecho de corrupción y perjuicio a las arcas del municipio.
También se encuentran acusados en esta causa: Sebastián Martínez Insfrán, Robert Osmar Florentín Silvero, Alex Yamal Samhat González, Francisco Raimundo Arrúa Álvarez, Emili Vanessa Florentín Páez, Higinio Ramón Acuña, Nelson Alexis Segovia Acevedo, Maggi Elizabeth Fariña Almada, Buena Ventura Morínigo, Cirle Elizabeth Alcaraz Ramírez. A la vez, los fiscales solicitaron el sobreseimiento definitivo de Richard Ayala y provisional para Sabino Peralta.
Consejo de Salud
A la par que se desarrolla el juicio oral y público, del caso Tía Chela, la Fiscalía presentó una nueva acusación contra el exintendente Prieto, y otras tres personas por el hecho punible de lesión de confianza por un presunto perjuicio patrimonial de G. 757 millones a la comuna esteña. El daño se habría ocasionado a través del pago por obras inexistentes financiadas por el Consejo Local de Salud de la comuna de Alto Paraná.
La acusación formal fue presentada por los fiscales Silvio Corbeta, Yeimy Adle Monges, María Verónica Valdéz ante el juzgado penal de Garantías de Delitos Económicos 1° turno, cuya investigación reveló que Prieto habría ordenenado transferencias a favor del Consejo Local de Salud del Hospital Regional de Ciudad del Este. Una parte importante de estos recursos se habría destinado supuestamente a la inversión física y edilicia dentro del mencionado centro médico.
Los otros dos imputados en la misma causa son Sebastián Martínez Insfrán y Valeria Romero, ambos por participar en la comisión de un hecho punible de lesión de confianza en calidad de cómplices. En este tercer proceso penal, siete de los once imputados ya admitieron los hechos de corrupción presuntamente cometidos por Prieto y su entorno.
Ahora se aguarda la fecha para el desarrollo de la audiencia preliminar, en la que se definirá si Prieto enfrentará su tercer juicio oral y público, atendiendo a que el primer juicio ya se inició, el segundo debe comenzar en los próximos meses y, en la tercera causa, ya se acusó y se pidió que el proceso se eleve a juicio.
Lourdes Ramírez, junto a su esposo Alejandro Ramos, integraron el EPP y fundaron el Ejército de Mariscal López.
Un tribunal de sentencia condenó a 10 años de cárcel a Lourdes Ramírez de Ramos, esposa de Alejandro Ramos, con quien fundó el Ejército de Mariscal López y exmiembro del autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), al ser hallada culpable de apología del delito, atentado contra la existencia del Estado y atentado contra el orden constitucional.
De acuerdo con los antecedentes del caso, la ahora sentenciada apareció en un video difundido en enero de 2014, en el cual el grupo criminal reivindicaba la lucha de clases como único medio para acceder al poder e instaurar un gobierno de los pobres. En dicho material audiovisual también se emitían expresiones contra las autoridades nacionales legítimamente constituidas, hechos que sustentaron la condena impuesta.
PRUEBAN SU PARTICIPACIÓN
Durante el juicio oral y público, el fiscal Federico Delfino acreditó la participación de la acusada mediante las pruebas producidas durante el desarrollo de la audiencia oral.
Ahora, la defensa de la condenada tendrá la posibilidad de apelar el fallo judicial, en cuyo caso un tribunal de apelación deberá resolver si corresponde confirmar la sentencia dictada en primera instancia.
Jueces desnudan falencias de la Fiscalía y absuelven a Boidanich
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Los magistrados evidenciaron la inconsistente acusación fiscal con argumentos sólidos que dieron la razón a la defensa del extitular de la Seprelad.
Un Tribunal de Sentencia absolvió de forma unánime de culpa y pena al extitular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad) Óscar Boidanich, quien fue juzgado por frustración de la persecución y ejecución penal en el caso del empresario Darío Messer.
Los jueces Darío Báez, Gloria Hermosa y Natalia Cacavelos concluyeron que las acciones atribuidas por la Fiscalía no se adecuan a ningún hecho punible. Asimismo, el colegiado señaló que el Ministerio Público no logró demostrar que la actuación del acusado impidiera la investigación contra Messer o frustrara el comiso de sus bienes. Por el contrario, ambos resultados se concretaron: el empresario fue imputado y sus activos fueron incautados.
Durante la lectura de la sentencia, el presidente del Tribunal, Darío Báez, explicó que la Fiscalía no logró demostrar los elementos necesarios para sostener la acusación. “No se probó el resultado típico ni el nexo causal”, afirmó el magistrado.
SIN SUSTENTO
Los magistrados explicaron que, al tratarse de un hecho punible de resultado, la Fiscalía debía probar que la conducta de Boidanich evitó de forma directa el proceso penal o el comiso. Al no suceder esto, la acusación quedó sin sustento y sin argumento. Los jueces de sentencia evidenciaron las falencias del Ministerio Público. Estos argumentos de los jueces pusieron en evidencia que la acusación respondió a una estrategia mediática de ciertos medios de comunicación contrarios al gobierno de Horacio Cartes para perjudicar al Boidanich, al frente de la Seprelad durante esa gestión.
Durante el juicio oral, funcionarios de la Seprelad declararon que Boidanich nunca ordenó retener ningún reporte; por el contrario, se le dio la celeridad correspondiente. Finalmente, se demostró que el informe de la institución fue entregado al Ministerio Público, que lo utilizó como base para sustentar la imputación contra Darío Messer, garantizando además que el documento nunca se filtrara.
El Ministerio Público, a cargo del agente Francisco Cabrera, había solicitado la semana pasada una condena de dos años y seis meses de prisión para Boidanich.
“Siempre se respetó la institucionalidad”
ÓSCAR BOIDANICH - Extitular de Seprelad
Tras conocerse el fallo, el exministro de la Seprelad Óscar Boidanich aseguró que se pone fin a ocho años de un proceso que no tuvo que ser llevado ante la justicia porque siempre hubo transparencia. “Siempre se respetó la institucionalidad de Serprelad, institución que tuve el honor de dirigir durante varios años”, indicó.
Por otra parte, recalcó que aquí hubo un intento de instalar un relato falso. “Lógicamente, en un momento dado empezó lo que yo llamo un tiroteo mediático. Se empezó a mediatizar el caso a través de un sector de la prensa hacia mi persona, tratando de involucrar también al expresidente de la República (Cartes) e, incluso, al actual presidente. En varias fotografías aparecí en medio, se intentó instalar una vinculación y llevando el caso del ámbito judicial al campo político”, destacó. “Actué siempre de manera técnica y transparente. Entonces, hubo una mala intención de un sector de la prensa de tratar de involucrar al expresidente”, dijo.
La acusación “era muy abstracta”
CLAUDIO LOVERA - Abogado defensor
Claudio Lovera, abogado de Óscar Boidanich, se mostró conforme con la absolución de su cliente y aseguró que la acusación del Ministerio Público era abstracta. “El tribunal, además, señaló que la hipótesis acusatoria era muy abstracta” dijo, para agregar luego que esa abstracción “quedó en evidencia porque no resistió la prueba producida durante el juicio”, añadió.
Luego explicó que también hay que rescatar que, entre todas las actuaciones y documentos analizados, quedó demostrado que Óscar Boidanich “no dio ninguna instrucción para realizar un manejo irregular de la labor de inteligencia financiera. Ese también es un aspecto que debe destacarse en el marco de esta absolución”, recalcó el abogado. “Se reconoció que a partir del informe remitido por la Seprelad (a cargo de Boidanich) fue posible concretar el comiso de los bienes, algo que también quedó acreditado durante el juicio”, dijo.
La acusación del Ministerio Público naufragó en juicio
La hipótesis acusatoria no logró demostrar que existiera una maniobra para favorecer a Darío Messer, dejando sin respaldo la construcción fiscal.
La absolución unánime de Óscar Boidanich, extitular de Seprelad del gobierno de Horacio Cartes en el caso Messer, dejó sin sustento la acusación del Ministerio Público, cuya tesis de una supuesta demora deliberada del informe CHASA de la citada institución no se acreditó durante el juicio oral. Tras la producción de las pruebas y la declaración de 11 testigos, el Tribunal concluyó que no existió conducta punible por parte del extitular de la Seprelad.
La sentencia determinó que Boidanich nunca intervino en las tareas de análisis de inteligencia financiera ni impartió instrucciones para retrasar el trabajo técnico. Incluso, el analista responsable declaró que jamás recibió órdenes para influir o demorar la elaboración del informe. La evidencia también confirmó que el documento siguió el procedimiento interno previsto, incluyendo la revisión jurídica, que recomendó diligencias adicionales antes de su remisión al Ministerio Público.
Otro aspecto que derrumbó la acusación sin sustento del Ministerio Público fue que, durante parte del proceso, Boidanich se encontraba con reposo médico por una grave afección de salud y la institución quedó a cargo de un encargado de despacho. Al reincorporarse, el primer día hábil firmó el envío del informe de inteligencia a la Fiscalía.
El juicio también estableció que el documento llegó oportunamente al Ministerio Público y fue utilizado para impulsar las primeras diligencias del caso Messer y posteriormente el comiso autónomo. Asimismo, se comprobó que las medidas cautelares fueron dictadas en tiempo y forma y que todos los bienes fueron alcanzados por la acción fiscal.
El Tribunal de Sentencia concluyó que no existieron pruebas de que Óscar Boidanich haya intentado obstaculizar la investigación contra Darío Messer. Foto; Gentileza
Tribunal absuelve por unanimidad de culpa y pena a Óscar Boidanich
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Tras un proceso judicial de más de ocho años, el Tribunal de Sentencia absolvió -por unanimidad- de culpa y pena a Óscar Boidanich, exministro de la Seprelad.
Los magistrados determinaron que no se configuró el delito de frustración de la persecución penal, argumentando que los bienes del cambista Darío Messer finalmente fueron decomisados.
Boidanich había sido imputado por el Ministerio Público porque supuestamente había ocultado y retrasado de forma deliberada reportes de operaciones sospechosas vinculadas al ciudadano brasileño Darío Messer.
La Fiscalía solicitaba una pena de dos años y seis meses de cárcel para el exfuncionario por supuestamente retrasar reportes sospechosos.
Al respecto, Boidanich resaltó que el tribunal analizó una gran cantidad de pruebas y testigos presentados durante el juicio. Asimismo, enfatizó que ninguno de los elementos probatorios ni testimonios presentados demostró que él hubiera intentado frustrar, obstaculizar o cometer alguna irregularidad en la investigación contra Messer.