El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, votó fuera del horario establecido por el Código Electoral, que indica que a las 7:00 inicia el periodo de votación habilitado para toda la población, sin distinción, sin embargo, pasando por encima de la legislación, el mandatario votó 10 minutos antes de lo estipulado. “Me autorizaron, es una cuestión que yo no controlo”, manifestó excusándose.
El mandatario votó en la seccional Nº 5, Mayor Bonifacio Caballero de Asunción, y lejos de esperar que se habiliten oficialmente las mesas de votación, se adelantó y lo realizó a las 6:50, pasando por encima de otros electores que estaban aguardando el horario legalmente establecido por el Código Electoral, el que indica que en verano, el horario para acceder al derecho al sufragio va desde las 7:00 hasta las 17:00.
“Espero que esta sea una jornada cívica ejemplar”, dijo Abdo, en total incoherencia con su actuar y agregó que su equipo “va a morder la cancha” y que luchará por alcanzar sus objetivos. El presidente fue la única autoridad y referente político que se adelantó al horario establecido.
Así también, ante declaraciones a la prensa, el primero del Poder Ejecutivo destacó sus logros de gobierno, sin embargo, no hizo mención sobre los informes que señalan que su empresa Aldia SA tuvo un crecimiento importante en el 2021. La Unidad de Investigación de Nación Media constató que solo el año pasado, la firma del presidente ganó 13 veces más que en el 2017, es decir, cuando aún no había asumido el poder.
El equipo de investigación también reveló que en plena pandemia, el mandatario heredó una importante propiedad a sus hijos. La misma está valuada en unos US$ 1.2 millones y no formaba parte de la declaración de bienes de Abdo, presentada ante la Contraloría General de la República.
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Movimiento Yo creo de Prieto no está habilitado para próxima elección esteña
El movimiento Yo Creo, encabezado por el destituido intendente Miguel Prieto, se encuentra imposibilitado de presentar candidatura para la intendencia de Ciudad del Este, en la elección prevista este año para completar el mandato de forma interina, confirmó el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).
Dicho impedimento fue expuesto por el director de Procesos Electorales, Carlos María Ljubetic, de acuerdo con el artículo 19 del Código Electoral, que establece claramente que los partidos políticos en formación no podrán presentar aspirantes para los comicios generales departamentales o municipales.
Prieto fue apartado ayer del cargo mediante una amplia mayoría en la Cámara de Diputados tras graves irregularidades confirmadas por una intervención y que fueron detectadas con anterioridad por la Contraloría General de la República (CGR). Desde el órgano electoral informaron que las elecciones internas se encuentran programadas para el primer domingo de octubre, mientras que los comicios generales municipales están previstos para el 9 de noviembre.
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No obstante, el senador de Yo Creo Rubén Velázquez manifestó que analizan solicitar al TSJE el reconocimiento de un movimiento dentro del cronograma electoral que dictará próximamente la institución.
“Yo Creo está en fase de reconocimiento como partido político, entonces ya no llegamos por el tiempo, pero nosotros podemos pedir el reconocimiento de un movimiento político y tener un candidato. Por ejemplo puede ser el movimiento Conciencia Democrática Esteña, que lo llevó a Prieto por primera vez como concejal municipal y nuestro eslogan podrá ser Yo Creo”, dijo en una entrevista con el programa “Arriba hoy” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Yo Creo evalúa la posibilidad de lanzar la candidatura de Daniel Pereira Mujica para completar el este período. El economista se desempeña como asesor político de Prieto. En las pasadas elecciones generales del 2023 fue candidato a la gobernación de Alto Paraná.
“Ya existe un precedente, cuando Prieto fue electo también intendente por primera vez en el 2019, se dio justamente por un movimiento político inscripto durante ese período electoral que duró 90 días (llamado de elecciones). Es un período electoral comprimido, pero se puede hacer, existe precedentes”, dijo.
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Elección de nuevo intendente de CDE se proyecta en noviembre
El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) tiene el plazo de 10 días hábiles para convocar a la elección del intendente para completar el mandato en Ciudad del Este, que se contabiliza desde el 19 de agosto, tras recepcionarse la notificación de la Cámara de Diputados sobre la destitución de Miguel Prieto, explicó Luis Alberto Mauro, director de Comicios Electorales, de acuerdo a la Ley 834, Código Electoral.
“Ayer (martes) recibimos de la Cámara de Diputados la notificación que oficializa y nos permite a nosotros hacer la convocatoria a elecciones en Ciudad del Este. Se establece el procedimiento (del Código Electoral) cuando se producen destituciones de gobernadores y de intendentes, y ahí muy claramente se señala que la Justicia Electoral, al recibir la notificación, que fue ayer, tiene 10 días para realizar la convocatoria”, detalló Mauro, este miércoles, en entrevista con el programa “Así son las cosas” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
“En esta misma ley, en su artículo 154, también dice que después de los 10 días deben pasar 40 días para realizar las internas simultáneas de todos los partidos y movimientos que deseen participar de las elecciones. Después de las elecciones internas deben pasar otros 40 días para las elecciones municipales en sí”, señaló el director de Comicios Electorales.
Dentro de ese plazo de diez días hábiles se debe establecer un cronograma electoral y realizar la convocatoria. Para inicios de octubre se abrirá un periodo de 40 días para la realización de internas partidarias, y otros 40 días para las municipales, previstas en noviembre o diciembre. Todo este proceso debe durar 90 días. En tanto, el TSJE programó las elecciones municipales ordinarias para el 4 de octubre de 2026, con internas previstas el 7 de junio de 2026.
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Elecciones con papeletas
Por otra parte, Mauro explicó que estas elecciones se realizarán con boletines de votos, pese a que la ley vigentes es la 6318/2019, que establece el voto electrónico, pero en la misma queda claro que las máquinas de votación se aplican sobre todo cuando existen candidaturas plurinominales, concejalías, diputados, senadores, porque se trata de una lista desbloqueada.
“Cuando se trata de cargos unipersonales, que es este caso, porque se elige un solo cargo, un intendente, se puede utilizar los boletines de votos. De hecho, esto ya lo hicimos hace unos años en Villarrica, donde se produjo una situación similar, al final se presentó un solo candidato, pero lo hicimos con boletines de votos. Estamos habilitados a usar los boletines de votos y en estas elecciones de Ciudad del Este, y también si se produce la misma situación en Asunción”, puntualizó.
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Lo que dice el Código Electoral
Artículo 154 (modificación por Ley n.º 1.890/02): Destitución de Gobernadores e Intendentes. En caso de destitución de gobernadores e intendentes, la convocatoria a elecciones para cubrir la vacancia deberá ser efectuada dentro de los diez días de producido el hecho y las elecciones deberán realizarse dentro de los ochenta días posteriores a la convocatoria. Los partidos y movimientos políticos elegirán sus candidatos a gobernadores e intendentes en elecciones que se realizarán en forma simultánea, el día domingo ubicado entre los cuarenta y cuarenta y seis días antes de la fecha de elección señalada en la convocatoria respectiva.
Artículo 255.- En caso de ausencia no justificada por más de treinta días, renuncia, inhabilitación o muerte de un intendente municipal, el Presidente de la Junta Municipal asumirá interinamente las funciones de aquél y convocará a sesión de la misma, en la cual mediante el voto secreto de cada uno de sus miembros, se elegirá de entre los mismos un nuevo intendente municipal para completar el período, cualquiera sea el tiempo que haya transcurrido desde la elección.
Artículo 257.- El intendente municipal no podrá ser reelecto en el cargo, en el período inmediato siguiente. Quedan excluidos de esta prohibición los concejales municipales o ciudadanos que hayan sido designados o electos para llenar una intendencia vacante, siempre que renunciaren al cargo por lo menos seis meses antes de la elección. Los miembros de las Juntas Municipales podrán ser reelectos.
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Latorre: “El Partido Colorado no le teme a las elecciones”
El presidente de la Cámara de Diputados, Raúl Latorre, se refirió a la destitución del intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, y defendió la posición asumida por el movimiento Honor Colorado en los procesos de intervención municipal.
“Si hay algo al que el Partido Colorado no le tiene miedo es a las elecciones porque el partido tiene una profunda vocación democrática”, expresó Latorre ante varios medios de prensa donde se refirió también al proceso de intervención que continúa en la Municipalidad de Asunción.
El titular de la Cámara Baja indicó que aguardarán las conclusiones de la intervención en Asunción, encabezada por Carlos Pereira, además de las documentaciones correspondientes para tomar una decisión, tal y como lo hicieron en el caso de Ciudad del Este, donde se resolvió la destitución del jefe comunal ante los contundentes hallazgos.
“Cuando iniciaron los procesos de intervención nosotros procedimos con la misma lógica institucional de respeto a la Constitución y la legislación vigente y el sector político al cual pertenezco, en este caso el movimiento Honor Colorado, procedió planteando la intervención de ambos municipios, tanto el colorado (Asunción) como el opositor (Ciudad del Este), nosotros vamos a seguir la misma lógica de coherencia”, añadió.
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En el caso de que también se proceda a la destitución del intendente de Asunción, Óscar Rodríguez, el legislador dejó en claro que la Asociación Nacional Republicana (ANR) no le teme a los procesos electorales y son conscientes de que estos pueden tener resultados adversos y positivos, no obstante, es un paso democrático que debe respetarse.
“El Partido Colorado abraza la democracia y sistemáticamente participa de procesos electorales tanto internos como elecciones generales, si hay algo al que el Partido Colorado no le teme son a las elecciones, que pueden ganarse y perderse. Cuando nos tocó ejercer el poder, lo hicimos de la mejor manera que pudimos, con base a una lógica democrática y de respeto a las instituciones y cuando perdimos como en el 2008, nosotros hemos cedido el poder de manera pacífica”, recalcó.
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Elecciones en CDE: internas simultáneas serían en la primera semana de octubre
La Cámara de Diputados ya remitió al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) lo resuelto en la sesión extraordinaria de este martes, en la que se destituyó al intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. Los plazos para la elección de un nuevo jefe comunal comenzarán a correr desde el miércoles 20 de agosto.
El director de Financiamiento Político del TSJE, Christian Ruiz Díaz explicó al programa “Cuenta Final”, emitido por Universo 970 AM/Nación Media, que conforme a los plazos que establece la ley, a partir de mañana corre el plazo de 10 días para que como institución emitan la resolución por la cual se convoca a elecciones.
“A partir de eso tenemos 40 días para hacer las elecciones internas y luego 40 días para hacer las elecciones municipales propiamente dichas. En este escenario, y teniendo en cuenta los plazos que venimos manejando las elecciones internas, serían la primera semana de octubre y las elecciones municipales estaríamos para la segunda o tercera semana de noviembre”, expuso.
Asimismo, indicó que de acuerdo a la ley n.° 317 de 1994 que reglamenta el proceso de intervención contempla en su artículo n.° 10 que quien va a ocupar el cargo de intendente, en tanto se desarrollen los comicios, debe ser electo entre los miembros de la Junta Municipal.
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Elecciones con papeletas
La Justicia Electoral continúa con su proceso para la adquisición de máquinas de votación y se estima que los primeros equipos estarían disponibles entre noviembre y diciembre de este año, por lo que será imposible que los dispositivos se puedan utilizar para las elecciones en Ciudad del Este.
“Teniendo en cuenta los plazos que tenemos para estas elecciones, vamos a realizar con papeletas tradicionales ya que la ley que establece el desbloqueo de listas, contempla la obligatoriedad en la utilización de máquinas de votación cuando están en pugna cargos plurinominales y en este caso solo estará en pugna un cargo unipersonal”, señaló.
Sobre la posibilidad de que Miguel Prieto vuelva a candidatarse para el cargo, Ruiz Díaz mencionó que este puede inscribir su candidatura y en caso de que sea impugnado, un juez electoral de Alto Paraná deberá resolver si dar lugar o frenar su aspiración a ocupar nuevamente la intendencia esteña.