En la Cámara de Diputados presentaron el proyecto de ley “que modifica el artículo 217 de la Ley N° 834/96, que establece el Código Electoral Paraguayo”, que tiene el objetivo de que las personas con impedimentos físicos puedan ser acompañadas de un familiar para marcar los boletines de votos en los comicios. La iniciativa es impulsada por el diputado liberal Antonio Buzarquis.
El documento refiere en su argumentación que la legislación actual establece que las personas, que por defecto físico estén impedidas de marcar los boletines e introducirlos en la urna, podrán servirse para estas operaciones de una persona de confianza.
Te puede interesar: Culmina presentación de padrones electorales para internas partidarias
Con la modificación propuesta, la persona de “confianza” debe acreditar su relación, ya sea de parentesco o de confianza a través de su cédula de identidad o pasaporte para acompañar al electoral para sufragar. Así mismo, establece que el elector deberá emitir su voto en una mesa especial donde también quedarán registrados los datos del acompañante, quien no podrá volver a repetir la operación con ninguna otra persona.
“Los electores de tercera edad y/o electores con alguna capacidad diferente tienen el mismo derecho a ejercer su voto y que se respete su voluntad de elegir a sus candidatos, sin que se limite su libertad”, menciona parte del documento. Agrega que “la reforma debe establecer las condiciones para una democracia plena en el Paraguay, analizando las debilidades y barreras principales del sistema electoral que impiden el ejercicio pleno de la democracia”.
Una vez ingresado el documento a la Cámara Baja el proyecto fue derivado a las comisiones asesoras de Asuntos Constitucionales, Legislación y Codificación, Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad y en la Comisión de Familia y Tercera Edad. Posteriormente, una vez emitido los dictámenes de estas comisiones será puesto a consideración del pleno para su tratamiento.
La Justicia Electoral implementa el voto accesible para facilitar y garantizar el ejercicio pleno del voto de aquellas personas que presentan dificultad, sean físicas, sensoriales o socioculturales. El mismo se aplica a las personas con discapacidad motriz y sensorial o las que presenten limitaciones temporales visualmente comprobadas. Se incluye también a los adultos mayores, mujeres embarazadas, las mujeres acompañadas de niños lactantes, además de las personas con diversas “discapacidades Invisibles” (cardiopatías, pacientes en diálisis o en tratamientos oncológicos, enfermedades psiquiátricas no incapacitantes, entre otras).
Podés leer: “El proyecto de los Samaniego es un peligro para los fondos jubilatorios”, denuncian
Dejanos tu comentario
Proponen ley para implementar educación cívica obligatoria en todas las escuelas
Un total de siete diputados presentaron un proyecto de ley denominado “Ley de Educación Cívica”, que busca establecer un marco jurídico para la implementación obligatoria en todo el sistema educativo del país. El objetivo es formar ciudadanos responsables y comprometidos con conocimiento profundo de sus derechos, deberes y obligaciones establecido en la Constitución Nacional.
Los proyectistas son el legislador independiente Jatar Fernández, junto con sus pares colorados Raúl Latorre presidente de la Cámara Baja; Saúl González; Santiago Benítez; José Domingo Adorno; Yamil Esgaib; y María Ida Cattebeke.
De acuerdo a la exposición de motivos, la propuesta resalta que la educación cívica no se limita a la transmisión de conocimientos, sino que se centra en inculcar valores aceptados socialmente y desarrollar competencias para la participación activa en espacios públicos y políticos.
Señalan que esta formación debe comenzar desde la primaria y extenderse hasta el final de la escolarización obligatoria, promoviendo discusiones sobre temas públicos y políticos relevantes para la realidad social del país.
“La educación cívica busca que el ciudadano no solo sea capaz y útil para sí mismo, sino también para la sociedad donde nace, se desarrolla y muere”, destacan los legisladores en el documento.
Además, se enfatiza que la Constitución de 1992 establece como deber del Estado garantizar la formación intelectual, moral y cívica de sus ciudadanos, lo que convierte a este proyecto en una herramienta clave para cumplir con ese mandato.
Le puede interesar: Bancada de HC aguardará pedido formal sobre senadora Cabrera
Liderazgos positivos
El proyecto también resalta la oportunidad de liderar un cambio de paradigma en Paraguay, fomentando una ciudadanía informada que participe, activamente, en la gestión del poder público y el bien común.
“Es necesario que las futuras generaciones comprendan que de ellas depende generar los espacios de poder y gestionarlos en beneficio de la comunidad”, señala la exposición de motivos.
El proyecto de ley está estructurado de la siguiente manera:
Objeto: Complementar la Ley General de Educación, asegurando que los estudiantes adquieran conocimientos sobre la Constitución Nacional, los derechos y garantías que ofrece, las obligaciones ciudadanas y los límites al poder del Estado en el marco de un Estado social de derecho.
Obligatoriedad: La educación cívica será de carácter obligatorio en todas las instituciones educativas, ya sean públicas, subvencionadas o privadas. Desde la primaria, se incluirá el estudio de la Constitución, mientras que en la secundaria se incorporarán contenidos de derecho civil, penal y laboral.
Finalidad: Garantizar que los ciudadanos estén informados sobre sus derechos y obligaciones, promoviendo una participación informada en el poder público, como lo establece la Constitución.
Ejecución: El Ministerio de Educación y Ciencias será el encargado de implementar la ley, proporcionando los recursos técnicos y pedagógicos necesarios. La puesta en marcha deberá completarse en un plazo máximo de dos años desde la entrada en vigencia de la ley.
Los legisladores proponentes consideran que la iniciativa busca no solo incluir la educación cívica como una asignatura más, sino integrarla de manera transversal en el currículo escolar, fomentando el debate y la reflexión sobre la realidad social y política.
“Con esta propuesta, buscamos formar ciudadanos que no solo dominen conocimientos técnicos o humanísticos, sino que también estén comprometidos con el ejercicio de la soberanía popular y la construcción de una sociedad más justa y participativa”, detallan los proponentes en el documento que justifica la presentación del proyecto.
Dejanos tu comentario
Analizarán propuesta para modificar régimen de financiamiento de campañas políticas
La Cámara de Diputados analizará en la próxima sesión ordinaria, el proyecto de ley que introduce importantes modificaciones al régimen actual de financiamiento de las campañas políticas.
El objetivo es mejorar los mecanismos de control y, al mismo tiempo, simplificar los procedimientos para partidos, movimientos internos y candidatos.
Esta iniciativa ya cuenta con media sanción de la Cámara Baja, pero fue nuevamente modificada por el Senado y ahora se encuentra en su tercer trámite constitucional, en el cual el plenario deberá definir si se allana a los cambios realizado por el Senado o se ratifica en su sanción inicial.
Le puede interesar: Bancada de HC aguardará pedido formal sobre senadora Cabrera
Este proyecto tiene por acápite “Que modifica los artículos 64 inciso a), 66 y 278 inciso b) de la Ley Nº 834/1996, ‘Que establece el Código Electoral’, modificado por las leyes 4743/2012 y 6167/2018”.
La propuesta de legislación responde a una creciente preocupación por la transparencia en el uso de fondos durante los procesos electorales y a las dificultades operativas que enfrentaron las nucleaciones políticas a raíz de la normativa vigente, según la exposición de motivos.
El documento agrega que, si bien la legislación actual establece controles, estos resultan en muchos casos excesivamente complejos o poco accesibles para las agrupaciones políticas, en especial durante las elecciones internas.
Principales cambios se sintetizan en:
Reconocimiento anticipado de movimientos internos: la actual ley no contempla un proceso previo de reconocimiento de los movimientos internos antes de la inscripción de candidaturas. El proyecto propone formalizar esta etapa, permitiendo a los movimientos gestionar de manera anticipada su identificador tributario y cuenta bancaria.
Digitalización de declaraciones: se propone que tanto la Declaración de Ingresos y Gastos de Campaña (DIGC), como la Declaración de Intereses Económicos Vinculados (DIEV) se presenten únicamente en formato digital ante los organismos de control, reduciendo el uso de papel y facilitando su análisis.
Presentación individual por candidato: a diferencia del esquema actual, en el que los movimientos presentan declaraciones de forma general, la modificación exige que cada candidato presente su propia DIGC y DIEV, incluso detallando su participación en sociedades o inversiones económicas.
Mayor transparencia y fiscalización: el nuevo texto prevé la publicación obligatoria, en un plazo de diez días hábiles, de todas las declaraciones e informes recibidos en el portal del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).
Además, se establece la conformación de una unidad especializada de fiscalización que verificará la veracidad y autenticidad de los documentos.
Obligaciones bancarias claras: la apertura de cuentas únicas en instituciones financieras, establecidas en el artículo 278, se refuerza en el proyecto con plazos específicos. Las entidades deberán habilitar las cuentas en un máximo de 48 horas y justificar por escrito cualquier negativa. La omisión podrá ser sancionada por la Superintendencia de Bancos del Banco Central del Paraguay.
Sanciones más severas: en caso de comprobarse la falsedad en la declaración de ingresos, el proyecto contempla la suspensión de la participación del candidato por diez años en cualquier tipo de elección, una medida que no figura en la normativa vigente.
Actualización institucional: se sustituye la mención a la Subsecretaría de Estado de Tributación por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), como organismo encargado de emitir el identificador tributario y colaborar en los controles financieros.
De acuerdo a la exposición de motivos aclaran que la iniciativa no busca eliminar los mecanismos de control establecidos por el TSJE, sino más bien adecuarlos a las nuevas necesidades administrativas y tecnológicas, según declaran los proponentes.
Siga informado con: Presidencia de la Conacom queda a cargo de Eduardo Barros
Dejanos tu comentario
Latorre agiliza asistencia becaria de Hungría para jóvenes paraguayos
En el marco de su visita oficial a Hungría, el titular de la Cámara Baja, Raúl Latorre mantuvo un encuentro con el vicepresidente del parlamento del citado país, János Latorcai, con quien coincidió sobre la necesidad de potenciar las relaciones bilaterales específicamente en el campo de la educación universitaria.
Latorre detalló que conversaron sobre las becas stipendium que permitirán a los jóvenes paraguayos tener una formación de primer nivel en Hungría. La asistencia educativa fue recientemente aprobada por Diputados.
El acuerdo por notas reversales entre gobiernos permite el acceso de estudiantes paraguayos a becas completas en 30 prestigiosas universidades de Hungría, con más de 800 programas académicos disponibles.
Su objetivo es fortalecer la formación y capacitación profesional de los beneficiarios en instituciones de excelencia, brindar apoyo económico a estudiantes con alto rendimiento académico y compromiso social, y fomentar investigaciones que contribuyan al desarrollo del país.
Lea también: ANR prorroga su campaña de afiliación masiva a pedido de líderes partidarios
El acuerdo fue suscrito en Budapest el 13 de junio de 2024 y en Asunción el 11 de noviembre del mismo año. El encuentro entre ambos parlamentarios se dio en el marco de la Sexta Conferencia de Presidentes de Parlamentos, celebrado en Ginebra (Suiza).
Durante el evento internacional, Latorre expuso las oportunidades que ofrece Paraguay para inversiones. ”Nuestro objetivo es fortalecer la presencia del Paraguay en el mundo. Hablamos de las oportunidades que existen para invertir en nuestro país y de esta manera crear nuevas fuentes de trabajo, abrir nuevos mercados para nuestros productos e incrementar las cooperaciones con los países aliados", dijo.
Te puede interesar: MOPC verificará estado de rotondas en rutas nacionales tras reclamo de senador
Dejanos tu comentario
Reforma del transporte público: reducir tiempo y eliminar reguladas, principales objetivos
El proyecto de ley “que establece la rectoría sobre el transporte terrestre y modifica y amplía disposiciones de la Ley 1590/2000, relativas al transporte público metropolitano de pasajeros”, cuenta con 122 artículos. Fue presentado por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional y la Cámara de Senadores estableció el 3 de setiembre para su tratamiento en el pleno legislativo. El documento ya ingresó a la Cámara Alta y fue derivado a las comisiones asesoras.
“Actualiza el marco institucional del sector de transporte, organiza la elaboración de políticas y planificación e instaura, para la prestación del servicio de transporte público metropolitano de pasajeros, nuevos principios rectores y un marco regulador con orientación a la calidad y bienestar de personas usuarias, promoviendo un servicio eficiente, seguro, accesible, sostenible e integrado para el desarrollo económico del país”, establece el primer artículo.
El órgano rector del Sistema Nacional de Transporte y el encargado de elaborar, proponer y ejecutar las políticas y disposiciones del Poder Ejecutivo, referentes a las infraestructuras y servicios básicos para la integración y desarrollo económico, será el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
El Viceministerio de Transporte, en función desconcentrada, estará a cargo de la regulación del servicio de transporte público metropolitano de pasajeros. Se incluye a la Dirección Nacional de Transporte (Dinatran), y los municipios del área metropolitana.
Este proyecto de ley, impulsado por el Poder Ejecutivo, busca innovar el sistema del tansporte público, otorgando al usuario una movilidad 24/7; reducir el tiempo de espera; un menor gasto para el usuario; con viajes asegurados, seguridad y calidad. Como un servicio imprescindible, se apunta a la garantía de un servicio continuo y regular, erradicando las habituales reguladas.
Datos claves
- Reformas
La propuesta establece el diseño de un nuevo modelo operativo; la incorporación progresiva de buses eléctricos (1.000 unidades) y a diésel de bajas emisiones; mejoras significativas en la infraestructura vial como la renovación de la avenida Mariscal López, la duplicación del tramo Mariano Roque Alonso–Aeropuerto y obras en la ex Ruta 1 que contempla la implementación de carriles exclusivos y paradas renovadas.
- Innovaciones
Se establece separar la provisión de flota de la operación del servicio, estableciendo contratos diferenciados para evitar la dependencia de los operadores actuales en la adquisición de buses; por lo que el Estado contratará la flota y definirá que esos buses son bienes afectos al sistema.
Se pretende la incorporación de tecnología y mejorar la planificación urbana para transformar la experiencia del usuario.
También una integración tarifaria, monitoreo en tiempo real y que cada persona pueda saber desde su celular cuándo llega su bus.
Se incluirá incentivos para que más mujeres se sumen como conductoras.
- Concesiones (artículo 31)
1) Deberán otorgarse por medio de un contrato y previa licitación pública.
2) Serán por plazo determinado, contado a partir de la fecha de celebración del respectivo contrato.
3) Podrán ser gratuitas, onerosas o subvencionadas de conformidad con las políticas tarifarias aprobadas por el Poder Ejecutivo.
4) Serán otorgadas por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, por intermedio del Viceministerio de Transporte, quien actúa en calidad de Concedente en representación del Estado.
5) Se suscribirán, para el caso del componente de operación, con sociedades de objeto específico, en carácter de concesionarios.
6) Se extinguirán por vencimiento del plazo contractual, por terminación anticipada atribuida a cualquiera de las partes, rescate, quiebra, concurso de acreedores, disolución y liquidación del concesionario, y por los demás hechos o circunstancias previstos en el contrato de concesión.
- Provisión de flotas
La flota para la prestación del servicio de transporte público metropolitano de pasajeros no podrá contar con buses de más de 15 años de antigüedad, computados a partir del año modelo de cada unidad. En caso de que una unidad supere este límite durante el periodo de prestación del servicio, deberá ser retirada y reemplazada por otra. El Viceministerio de Transporte podrá determinar la antigüedad promedio de la flota en los niveles que permitan una mayor estandarización del servicio en su conjunto. (Artículo 49).
El contrato de concesión para la prestación de los servicios de provisión de flota tendrá una duración máxima de 15 años. (Artículo 50).
- Tarifas
1) Asequibilidad: considerará la capacidad de pago promedio de las personas usuarias.
2) Equilibrio y Sostenibilidad: reflejará el monto necesario para remunerar los costos de operación que se le imputen en el diseño tarifario, para garantizar la eficiencia y sostenibilidad financiera.
3) Integración: incluirá los costos de los diversos servicios y modos de transporte público con el objeto de facilitar el logro de una sola tarifa al usuario o pasaje integrado incluyendo eventuales trasbordos.
4) Beneficios tarifarios: contemplará beneficios para grupos poblacionales específicos establecidos en leyes especiales tales como: estudiantes secundarios, personas adultas mayores y personas con discapacidad, entre otras.
5) Uso frecuente: considerará incentivos de uso del servicio de transporte público de pasajeros tanto para personas usuarias, con descuentos o exoneraciones a partir de montos determinados de gasto mensual en viajes, como para empresas, con la utilización de bonos o vales de transporte al personal, entre otros. (Artículo 64).
Fuente: MOPC
Podes leer: Comisión que investigará posibles abusos de telefonías designó a sus autoridades