La abogada especialista en derechos humanos Diana Vargas presentó una denuncia penal contra el defensor del Pueblo, Miguel Godoy. La letrada acusa al denunciado de supuestamente haber cobrado compulsivamente, en concepto de contribución, a más de 4.000 objetores de conciencia desde el 2019 a la fecha sin que la ley lo habilite para hacerlo.

No obstante, para la 780 AM, el defensor del Pueblo afirmó que iniciaría una demanda contra la abogada por una presunta denuncia falsa. Así también, remarcó que Vargas solo busca un impacto mediático a través de afirmaciones poco valederas y que no se sustentan en algo específico.

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“La voy a demandar por denuncia falsa, pues la ley de objeción de conciencia está vigente desde el 2019 y los cobros están establecidos. Además, se solicitó debidamente al Banco Nacional de Fomento (BNF) que lo recaudado a los objetores pase primero por Hacienda y luego al presupuesto de la Defensoría del Pueblo, como corresponde”, indicó el acusado.

Del mismo modo, Godoy manifestó que no cobran de manera directa, explicando que todo va en bruto a Hacienda y luego se destina a la fuente presupuestaria que le corresponde a la institución a su cargo. Así también, ratificó que no procedió a ningún cobro de forma ilegal como denuncia la abogada Vargas.

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La denuncia realizada

El hecho punible concreto por el cual la abogada Vargas realizó su denuncia contra Miguel Godoy corresponde al delito de exacción previsto en el Código Penal en su artículo 312. La especialista en Derechos Humanos expresó que Godoy habría hecho una interpretación antojadiza del artículo 21 de la Ley Nº 4.013/10, “Que reglamenta la objeción de conciencia”, con el único fin de recaudar ilegalmente.

La letrada indicó que el defensor del Pueblo se aprovechó supuestamente del desconocimiento y la desesperación de personas que deben presentar el certificado de objetor para acceder a un puesto de trabajo y otras gestiones. Agregó además que, incluso durante la pandemia, Godoy se habría dedicado a recaudar en colonias menonitas y en el presente año comunicó a empresas que sus colaboradores debían presentar el carnet de objetor en caso de no haber realizado el servicio militar obligatorio (SMO) con la supuesta obligación de abonar una contribución.

A decir de la abogada denunciante, esto se llevó a cabo cuando la obligación del pago correspondiente rige presuntamente solo para quienes se declararon objetores antes de la entrada en vigencia de la referida ley en junio del 2010.

La expectativa de pena de hasta 10 años y hace referencia al funcionario encargado de la recaudación de impuestos, tasas y otras contribuciones que a sabiendas: recaudara sumas no debidas; no entregara, total o parcialmente, lo recaudado a la caja pública; o efectuara descuentos indebidos.

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