Natalicio Chase, precandidato oficialista al Senado y quien se mantiene fuertemente aferrado al cargo de presidente de la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay (Essap), realizando al mismo tiempo proselitismo como otros titulares de entes del actual gobierno de Mario Abdo Benítez, se prepara para un nuevo evento de tinte electoral, coincidente con su cumpleaños.

La realización del agasajo se prevé con el acompañamiento de un fuerte aparato político, sin descartar de este modo un acto proselitista en el sitio, aprovechando el momento para tratar de posicionar su precandidatura a la Cámara Alta, mientras la ciudadanía sufre a diario el mal servicio de la institución que dirige, según denuncias.

Te puede interesar: Utilización de padrón nacional en internas podría derivar en votos irregulares, advierten

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

El titular de la Essap inscribió su precandidatura para las internas a desarrollarse el 18 de diciembre, pero sin renunciar a su puesto como funcionario. Así, Chase se aferra a lo establecido por la ley, que señala que los empleados públicos deben renunciar seis meses antes de las elecciones. En esa línea, el aspirante a un escaño en la Cámara Alta renunciaría a su responsabilidad actual recién en octubre, pues las elecciones generales se harán en abril del año que viene. Mientras, siguen en campaña aprovechando la estructura de la dependencia del Gobierno.

Según la ley 1626/2000, de la Función Pública, estipula la prohibición a todo funcionario o personal contratado a ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal, material o información reservada o confidencial de la dependencia que ejerce para cualquier tipo de actividades políticas. También prohíbe vestir o cargar insignias o uniformes de naturaleza proselitista en horario laboral dentro de las dependencias de la institución.

Lea también: La ANR no descarta utilizar el padrón nacional en internas coloradas, según Pedro Alliana

Por su parte, el Código Electoral paraguayo establece la prohibición de fijar carteles o colocar letreros de propaganda electoral en edificios públicos nacionales, departamentales y municipales (art. 296). Asimismo, la propaganda electoral por altoparlantes fijos o móviles no puede propalar sonidos amplificados a menos de 200 metros de hospitales (art. 298). Todos estos parámetros legales deben ser recordados por Chase y otros funcionarios como él, que priorizan su campaña electoral por encima de sus responsabilidades públicas.


Déjanos tus comentarios en Voiz