La Cámara de Diputados analizará el próximo lunes el proyecto de ley que pretende declarar situación de emergencia en nuestro país debido a la sequía. A criterio del diputado colorado Hugo Ibarra, merece el respaldo legislativo la iniciativa impulsada desde el Senado.

“Estoy totalmente de acuerdo porque conocemos la situación que están pasando nuestros agricultores, especialmente la agricultura familiar campesina”, expresó el parlamentario de Caaguazú. Así también, indicó que urge una rápida respuesta del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) para enfrentar esta situación.

“Este es el momento en que como representantes del pueblo debemos acompañar a los agricultores. Es un momento difícil, no solo por la sequía, también por la pandemia, donde sabemos que están rebrotando los contagios y eso también repercute en la economía”, significó.

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El tratamiento del mencionado proyecto figura para ser tratado en el segundo punto del orden del día de la sesión extraordinaria a llevarse a cabo, que además buscará dar la media sanción a la Ley de Emergencia Sanitaria.

Lo que prevé la ley

La mencionada iniciativa, originalmente, tiene como proyectistas a los senadores Hugo Richer, del Frente Guasu, y al liberal José Ledesma, pero será impulsado por varios diputados a fin de que el inicio de su circuito legislativo se dé en la Cámara Baja con el objetivo de darle aprobación la próxima semana.

La intención surgió en esferas de la Comisión Permanente, donde se decidió incluir su tratamiento en la sesión extraordinaria de Diputados, convocada para el lunes 24 de enero, desde las 9:00.

“Declarar en situación de emergencia todo el territorio de la República del Paraguay, de conformidad con el artículo 202, numeral 13, de la Constitución Nacional, para combatir los efectos ocasionados por las graves sequías registradas”, señala el artículo 1 del documento.

El segundo apartado habla de encomendar a las autoridades nacionales y departamentales, solicitar y disponer de los recursos necesarios a fin de dar respuesta inmediata a las prioridades de los pobladores de las zonas afectadas.

En tanto, el tercer artículo propone que los ministerios del Poder Ejecutivo, entidades descentralizadas, entes autónomos y autárquicos, entidades binacionales, la Secretaría de Emergencia Nacional y los organismos concurrentes por la Ley Nº 2.615/ 05, “Que crea la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN)”, además de las gobernaciones y las municipalidades, adopten todas las medidas conducentes a cooperar con los pobladores de las zonas afectadas.

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