El excanciller Eladio Loizaga lamentó que se lleve adelante el proyecto de modificación de la Ley Nº 1.335/1999 “Del servicio diplomático y consular de la República del Paraguay”, y mencionó que aprobar esta iniciativa será “abrir una caja de pandora y puede generar problemas en el futuro”.
“Aquí, si pensamos en abrir una institución tan importante como la Cancillería, es una pena. Es una pena que lleguemos a tambor batiente a aprobar la modificación de una ley que está funcionando”, dijo el exministro de Relaciones Exteriores, Eladio Loizaga, en entrevista a la 1020 AM.
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Igualmente, el embajador Loizaga indicó que espera que los parlamentarios revean esta situación, argumentando que en el Ministerio de Relaciones Exteriores nunca se dio inconvenientes con la ley vigente, y que la misma senadora Lilian Samaniego tiene conocimiento de ello.
“Ojalá puedan bajar los decibeles en el Senado. La senadora Samaniego e incluso el presidente han sido miembro de la junta de ingreso y nunca hemos tenido problemas y ellos saben. (…) La ley de la carrera diplomática debería ser única”, apuntó.
Asimismo, aseguró que en la Cancillería ningún funcionario ingresó fuera del escalafón, la única forma que se ingresa es a través del examen. “En la Cancillería te aseguro que nadie ingresó fuera del escalafón, la única forma que se ingresa es a través del examen. (…) Este año se han presentado 320 personas para concursar e ingresar. De ellos han quedado 40″, puntualizó el excanciller.
La cuestionada ley ya fue aprobada en general por el Senado la semana pasada, y este jueves figura en el orden del día de la sesión ordinaria para su tratamiento en particular. La “ley Lilian” pretende modernizar el servicio diplomático, consular, administrativo y profesional del Ministerio de Relaciones Exteriores.
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Acevedo aboga por superar el impasse diplomático con Brasil para encarar futura crisis energética
El exministro de Relaciones Exteriores, Euclides Acevedo, dijo que se vuelve urgente retomar con Brasil la renegociación del Anexo C del tratado de Itaipú con la finalidad de evitar una futura crisis energética. La suspensión temporal de la revisión se originó tras constatarse un operativo de espionaje ejecutado por la Agencia Brasilera de Inteligencia (Abin) a las autoridades paraguayas que integran el equipo negociador.
“Esto es una perplejidad, la excusa de un espionaje extranjero me pareció a mí muy escolar, infantil. Si lo existiere, no es ningún pecado estatal, pero sí es un pecado de nuestro servicio de contrainteligencia. De todas maneras, no sé qué pudo haberse espiado, ya que todo se sabe”, indicó Acevedo, este lunes, en una entrevista con el programa “Así son las cosas”, emitido por el canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Acevedo dijo que “si esto hizo que se suspendieran las negociaciones, me parece que es altamente perjudicial para la República, ya que no se avanza sobre un tema sensible y, si no se encuentra una solución inteligente, vamos a tener una crisis energética insospechable de aquí a cinco años. También se perjudica la República en el sentido de que la ciudadanía está en ayunas sobre un tema que forma parte de su principal activo, que es la energía que se emana desde Itaipú“.
El periodo del espionaje fue autorizado por el gobierno de Jair Bolsonaro en junio del 2022 y dejada sin efecto el 27 de marzo del 2023, de acuerdo a las informaciones proveídas por el gobierno de Luiz Inácio Lula da Silva a través de un comunicado oficial difundido en marzo pasado.
“Yo no puedo entender la mudez del gobierno con respecto a este tema, por qué no se continúa, cuál es la razón poderosa para que no se continúe. El único beneficiario es el Brasil con esta dilación de la renegociación del anexo C, que debió haberse iniciado o culminado si es que hubiera voluntad y conocimiento. No puedo entender también el silencio de la Cancillería y su principal vocero en materia de negociación, el ministro de Industria y Comercio", comentó Acevedo a Nación Media.
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Tratado de Itaipú
El tratado de la Itaipú Binacional fue el instrumento jurídico y diplomático que formalizó la alianza entre el Brasil y Paraguay para la explotación del potencial hidroeléctrico del río Paraná por ambas naciones. Fue suscrito el 26 de abril de 1973 y entró en vigencia el 13 de agosto de ese año y se conforma por los anexos A, B y C.
El Anexo A guarda relación con el estatuto de la entidad, mientras que en el Anexo B se encuentran definidas la descripción general de las instalaciones destinadas a la producción de energía eléctrica y obras auxiliares y en el Anexo C se fijaron las bases financieras y de prestación de los servicios de electricidad de la represa.
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Reforma del Transporte: este miércoles vence plazo para plantear modificaciones a la ley
El senador Natalicio Chase, quien preside la Comisión de Obras Públicas, que actualmente lleva adelante el estudio del proyecto de Ley de Reforma del Transporte Público recordó que este miércoles 27 de agosto fenece el plazo para que se presenten todas las propuestas de modificación al planteamiento presentado por el Poder Ejecutivo.
En comunicación con La Nación/Nación Media, confirmó que, en la fecha, el Ejecutivo remitió las últimas modificaciones al proyecto que presentó a la Cámara de Senadores y serán consensuadas con las diferentes comisiones del Senado, encargadas de dictaminar.
El senador señaló que una vez analizado en los próximos días en las respectivas mesas asesoras, estará listo para que el plenario pueda llevar adelante su tratamiento en la modalidad de “Código”, el próximo miércoles 3 de septiembre, como está contemplado en el cronograma que estableció el plenario de la Cámara Alta.
“Considero que es un proyecto que tiene un gran desafío, porque es la primera vez que se hace una reforma sustancial del Sistema del Transporte Público. Seguramente esto va a tener una implementación gradual y no es que se aplicará de la noche a la mañana, ya que eso será imposible”, comentó.
Enfatizó que la ejecución, aunque inicie de forma gradual, significará una mejora muy importante de todo lo que es el sistema de transporte, en favor de todos sus usuarios.
Preocupación de choferes
Respecto a los cuestionamientos que manifestaron un gremio de choferes, sobre algunos planteamientos que contempla el proyecto de ley, Chase confirmó que, hasta la fecha, no acercaron al menos hasta la comisión de Obras que preside, ninguna nota con alguna propuesta o preocupación. Remarcó que tienen en todo caso hasta mañana para presentar cualquier pedido de modificación o cuestionamiento al proyecto.
“Por lo menos en la comisión de Obras Públicas no hemos recibido nada, pudieron haberlo hecho en la comisión de Legislación, pero no hay ningún cambio en el itinerario de tratamiento que tiene este proyecto de ley. Las audiencias públicas ya se han realizado y ellos tienen la potestad de acercar todos los análisis que sean necesario, pero hasta mañana tienen tiempo”, aclaró.
Este proyecto regula y moderniza el Sistema Nacional de Transporte y el Servicio de Transporte Público Metropolitano de Pasajeros, fue presentado al Congreso el pasado 24 de julio del 2025, dentro de su paquete de 10 leyes. La iniciativa busca una reforma integral: nueva gobernanza, licitaciones modernas y estándares de calidad.
La propuesta impulsada por el Viceministerio del Transporte, dependiente de Obras Públicas, contempla como ejes temáticos el fideicomiso que centraliza subsidios, multas y otros ingresos para transparencia y sostenibilidad. Así como la separación de roles: provisión de flota, patios y operación en contratos distintos (competencia “por el mercado”).
Otros ejes tienen que ver con las unidades funcionales: agrupación de rutas/empresas; primera en 2026 y luego dos por año hasta cubrir el sistema. La renovación de flota (diésel de bajas emisiones y eléctricos), con vida útil 10–15 años.
Así como los derechos del usuario, control y calidad; integración tarifaria y descuentos/vales; mantenimiento de beneficios vigentes (estudiantes, adultos mayores, PCD). Como último eje el foco metropolitano Asunción y Central, pero a la vez que permite replicar en otras áreas metropolitanas como Encarnación, Ciudad del Este, entre otros.
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Plantean extender voto preferencial para suplentes
El proyecto de ley de modificación del Código Electoral fue planteado por un grupo de once diputados liberales, con la pretensión de extender el voto preferencial a la lista de suplentes. El documento plantea que el voto preferencial emitido a favor de un candidato titular también compute, automáticamente, para su respectivo suplente.
Se trata del proyecto de ley “que modifica el artículo 1 de la Ley n.° 6918, Que modifica los artículos 170, 246, 247, 248 y 258 de la Ley n.° 834/96, Que establece el Código Electoral Paraguayo y sus modificatorias leyes números 3166/2007 y 6318/2019″, que se fundamenta en el principio jurídico de que “la suerte del principal le sigue al accesorio”, de acuerdo a la exposición de motivos.
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Esta iniciativa establece que “el voto preferencial emitido a cualquier candidato titular de una lista se computará también para su suplente, conforme a la propuesta presentada por el partido o movimiento político correspondiente”.
Así también, la normativa extiende el sistema de votación y asignación de bancas a las elecciones internas partidarias para cargos de representación nacional, departamental y municipal, exceptuando únicamente el caso de los senadores.
Los proyectistas mencionan que “el voto preferencial solo beneficia al candidato titular, mientras que el suplente únicamente recibe los votos al lema del partido” y señala que buscan corregir “una inconsistencia en el actual sistema electoral, donde no se aplica, uniformemente, la regla jurídica del vínculo entre titular y suplente al momento del conteo de votos preferenciales”.
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Analizarán propuesta para modificar régimen de financiamiento de campañas políticas
La Cámara de Diputados analizará en la próxima sesión ordinaria, el proyecto de ley que introduce importantes modificaciones al régimen actual de financiamiento de las campañas políticas.
El objetivo es mejorar los mecanismos de control y, al mismo tiempo, simplificar los procedimientos para partidos, movimientos internos y candidatos.
Esta iniciativa ya cuenta con media sanción de la Cámara Baja, pero fue nuevamente modificada por el Senado y ahora se encuentra en su tercer trámite constitucional, en el cual el plenario deberá definir si se allana a los cambios realizado por el Senado o se ratifica en su sanción inicial.
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Este proyecto tiene por acápite “Que modifica los artículos 64 inciso a), 66 y 278 inciso b) de la Ley Nº 834/1996, ‘Que establece el Código Electoral’, modificado por las leyes 4743/2012 y 6167/2018”.
La propuesta de legislación responde a una creciente preocupación por la transparencia en el uso de fondos durante los procesos electorales y a las dificultades operativas que enfrentaron las nucleaciones políticas a raíz de la normativa vigente, según la exposición de motivos.
El documento agrega que, si bien la legislación actual establece controles, estos resultan en muchos casos excesivamente complejos o poco accesibles para las agrupaciones políticas, en especial durante las elecciones internas.
Principales cambios se sintetizan en:
Reconocimiento anticipado de movimientos internos: la actual ley no contempla un proceso previo de reconocimiento de los movimientos internos antes de la inscripción de candidaturas. El proyecto propone formalizar esta etapa, permitiendo a los movimientos gestionar de manera anticipada su identificador tributario y cuenta bancaria.
Digitalización de declaraciones: se propone que tanto la Declaración de Ingresos y Gastos de Campaña (DIGC), como la Declaración de Intereses Económicos Vinculados (DIEV) se presenten únicamente en formato digital ante los organismos de control, reduciendo el uso de papel y facilitando su análisis.
Presentación individual por candidato: a diferencia del esquema actual, en el que los movimientos presentan declaraciones de forma general, la modificación exige que cada candidato presente su propia DIGC y DIEV, incluso detallando su participación en sociedades o inversiones económicas.
Mayor transparencia y fiscalización: el nuevo texto prevé la publicación obligatoria, en un plazo de diez días hábiles, de todas las declaraciones e informes recibidos en el portal del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).
Además, se establece la conformación de una unidad especializada de fiscalización que verificará la veracidad y autenticidad de los documentos.
Obligaciones bancarias claras: la apertura de cuentas únicas en instituciones financieras, establecidas en el artículo 278, se refuerza en el proyecto con plazos específicos. Las entidades deberán habilitar las cuentas en un máximo de 48 horas y justificar por escrito cualquier negativa. La omisión podrá ser sancionada por la Superintendencia de Bancos del Banco Central del Paraguay.
Sanciones más severas: en caso de comprobarse la falsedad en la declaración de ingresos, el proyecto contempla la suspensión de la participación del candidato por diez años en cualquier tipo de elección, una medida que no figura en la normativa vigente.
Actualización institucional: se sustituye la mención a la Subsecretaría de Estado de Tributación por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), como organismo encargado de emitir el identificador tributario y colaborar en los controles financieros.
De acuerdo a la exposición de motivos aclaran que la iniciativa no busca eliminar los mecanismos de control establecidos por el TSJE, sino más bien adecuarlos a las nuevas necesidades administrativas y tecnológicas, según declaran los proponentes.
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