El Ministerio de la Defensa Pública vela por el derecho de las personas en situación vulnerable para acceso al servicio de la salud, en particular durante la actual pandemia del coronavirus. En ese sentido, reitera a toda la ciudadanía que en el caso de necesitar asesoramiento, mediación y representación ante las instancias correspondientes se podrá llamar a la línea telefónica 135, de lunes a domingo, en horario de 7:00 a 23:00.

Tras los diversos casos de presuntas violaciones e incumplimientos de las garantías constitucionales para el acceso a servicios médicos por COVID-19, al menos una docena de ciudadanos interpusieron acciones legales y amparos judiciales para acceder a la atención médica ante la indefensión por el colapso sanitario.

En ese sentido, la Defensa Pública institución judicial está constituída para la defensa de las personas de escasos recursos económicos, ausentes, incapaces, niños y adolescentes infractores en la jurisdicción civil, laboral, de la niñez y adolescencia, contencioso-administrativa y penal, y en particular ahora lo que tenga que ver con acceso a la atención médica.

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¿Cómo opera?

La función del Ministerio de la Defensa Pública es la de asesorar, asistir, representar y defender gratuitamente a las personas físicas que carecen de recursos suficientes para el acceso a la jurisdicción. Ejercerá también así la tutela judicial efectiva de sus derechos en condiciones de igualdad.

La Defensoría Pública está compuesta por profesionales abogados/as, funcionarios judiciales calificados, pagados por el Estado Paraguayo quienes desempeñan una labor que está íntimamente ligada con las personas carentes de recursos económicos para acceder a la asistencia jurídica gratuita.

El interesado debe recurrir al Defensor Público que se encuentre de turno en la jurisdicción y circunscripción que le corresponde. Cada circunscripción judicial tiene defensores asignados por el Ministerio de la Defensa Pública. La atención es totalmente gratuita, los defendidos están exonerados de Tasas Judiciales, sólo deben abonar los gastos de justicia, notificaciones, edictos.

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