“El mundo de hoy frente a la desinfodemia”, fue el conversatorio llevado a cabo por Unesco Montevideo junto con la Unión Sudamericana de Corresponsales y la Facultad de Derecho de la UNA, con la conducción del comunicador y periodista José María Costa. El acceso a la información, libertad de expresión, fake news, periodismo y agenda 2030 fueron los temas centrales debatidos. Los principales puntos fueron el mar de desinformación o desinfodemia y el discurso de odio como pretexto a la censura previa.

“Discurso de odio como pretexto para censura previa”

Una de las claves para entender la dinámica desde la noción de los derechos fue lo que mencionó el juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Ricardo Pérez Manrique para dar a entender sobre el inminente peligro de “la invocación de discurso de odio como pretexto para aplicar directa o indirectamente la censura previa”. Explicó que el discurso de odio está expresamente no protegido en la Convención Americana de Derechos Humanos en el artículo 13, inciso 5. Se prohíbe toda propaganda a favor de la guerra y toda apología al odio nacional, racional o religioso.

“El carácter ofensivo de un discurso por si solo, no es razón suficiente para restringirlo”, enfatizó. Las expresiones que son recibidas consideradas como inofensivas como aquellas que si son agraviantes que chocan, ofendan o inquietan al Estado o a una fracción cualquier de de la población, en la medida que no incite a la violencia está protegido, explicó el juez.

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Seminario web titulado: “El mundo de hoy frente a la desinfodemia: acceso a la información, libertad de expresión, fake news, periodismo y agenda 2030”. Foto: Gentileza.

“Discursos no protegidos”

El juez Pérez Marinque inició dando el centro a la convención de DDHH que rige en América toda sobre la libertad de pensamiento y expresión. Lo sintetizó en 4 puntos cruciales: el derecho a buscar y recibir información, la prohibición absoluta de la censura previa, salvo casos excepcionalísimos, siempre responsabilidades ulteriores a cualquier publicación; las restricciones conforme al triple test de legalidad, necesidad y proporcionalidad; y la existencia en América de “discursos no protegidos”.

El juez explicó que el discurso de odio debe considerarse como tal cuando sean incitaciones a la violencia. Para evitar el uso de la sanción para silenciar ideas que resulten, simplemente incómodas u ofensivas, indica que se estipuló que “se constituyeran necesariamente apologías del odio, no solamente a manifestar una idea sino que fundamentalmente a incitar la violencia”.

“Desinfodemia o mar desinformación”

Guilherme Canela, jefe de División Libertad de Expresión y seguridad para periodistas de Unesco, recordó que la desinformación siempre existió, para dar a entender que los rumores se suscitan, incluso la manipulación de imágenes tampoco es novedosa y que siempre causaron sus efectos negativos en todas partes del mundo. Tampoco son nuevos los grupos que operan para desacreditar conocimientos científicos, como tampoco la manipulación mediática electoral.

Sin embargo indicó que “la novedad se centra en las burbujas electrónicas y como los algoritmos construyen la relación social de tal forma que nosotros apenas recibimos en nuestro feed de noticias, solo aquellas cosas con las que ya estamos de acuerdo diseñan la vida social”. Indicó que solamente se interactúa con las personas con las personas que piensan como nosotros. “Este es un terreno muy fértil para decontruir la democracia y para que discursos de desinformación y de odio tengan una vida más rápida”.

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