Senador liberal Víctor Ríos, en referencia al artículo constitucional que reglamenta la pérdida de investidura, señaló que existe una preocupación en el Senado por la falta de reglamentación de dicha disposición constitucional. Indicó que se plantea ahora que el parlamentario que sea juzgado conozca previamente los motivos y cuáles serían las sanciones aplicables.
“De por sí es un artículo muy complejo y que tiene varios aspectos que deben ser reglamentados, empezando por establecer claramente cuál debe ser el órgano encargado de llevar adelante el procedimiento”, indicó Ríos. Aclaró que actualmente los senadores han decidido que tiene que ser la propia cámara la que estudie la posibilidad de la exclusión de uno de sus miembros.
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Sin embargo, indicó que existe otra interpretación que es sostenida por algunos parlamentarios, respecto a quien debe estudiar una eventual pérdida de investidura. Por otro lado, también deben ser aclarados los procedimientos, los plazos y las mayorías a ser aplicadas. “Ante la falta de reglamentación, hay un margen muy amplio para la discrecionalidad y, por qué no, para la arbitrariedad”, aseguró el legislador.
Ríos reiteró que actualmente en el Senado se está planteando en insistir en una reglamentación adecuada. En esa línea se refirió a la exigencia de la ley vigente en Paraguay y de los tratados internacionales, que se estipulan que alguien antes de ser juzgado tiene que conocer en base a qué va a ser juzgado, cuáles van a ser las sanciones aplicables y cuál es el procedimiento que se va a implementar.
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Sobre este último punto, Ríos expresó que sobre el procedimiento aplicable al artículo 201: “no lo tenemos establecido y por lo tanto estamos incumpliendo con esta regla básica que nos exige establecer los pactos internacionales sobre los derechos humanos y la propia Constitución Nacional, en el artículo 17”, señaló el legislador.
Ríos indicó que la tarea a la que van a abocarse en el Senado será establecer la reglamentación y cumplir con los requisitos propios del sistema de derechos de protección de los derechos humanos y tratar de consensuar una reglamentación más acorde posible con el estado de derecho.
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Policía Nacional: reglamentan ley que protege la maternidad y paternidad de postulantes
El mandatario Santiago Peña firmó el decreto 6.690 que reglamenta la ley 6.634/2020, que erradica la discriminación en razón de maternidad y paternidad, y garantiza la igualdad de condiciones para el acceso, selección y admisión en las unidades académicas de formación de la Policía Nacional, comprendidas por la Academia Nacional de Policía “General José Eduvigis Díaz” y el Colegio de Policía “Sargento Ayudante José Merlo Saravia”.
La ley refiere que las disposiciones establecidas serán de cumplimiento obligatorio para los postulantes, así como también para las autoridades, dependencias y el personal policial que intervengan en dichos procesos. Determina que todos los postulantes recibirán el mismo trato y tendrán las mismas oportunidades de participación, sin discriminación alguna, y el ingreso se determinará exclusivamente en función a las aptitudes, competencias y resultados obtenidos por los postulantes en base a los criterios de evaluación establecidos.
También se hace mención a la objetividad en las decisiones que se adoptarán sobre la base de criterios técnicos, verificables y previamente establecidos, libres de arbitrariedad y la transparencia, y que el proceso se desarrollará con publicidad de las actuaciones y de los resultados, garantizando el acceso a la información conforme a la normativa vigente.
Autoridad de aplicación
La reglamentación detalla que la Comandancia de la Policía Nacional, en su carácter de máxima autoridad institucional, tendrá el rol de velar por el debido cumplimiento e implementación de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables al proceso de selección y admisión.
Mientras que el Instituto Superior de Educación Policial (Isepol), conforme a las competencias que legalmente le correspondan, será responsable de planificar, organizar, coordinar y supervisar el proceso de selección y admisión para las respectivas unidades académicas de formación, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
Comité interinstitucional
A la vez, se establece la conformación de un Comité Interinstitucional para la transparencia e igualdad en los procesos de admisión en donde el Ministerio del Interior se desempeñará como coordinador. También indica que la Comandancia de la Policía Nacional será responsable de designar e integrar, para cada unidad académica de formación, una Comisión de Admisión, la cual tendrá a su cargo la conducción del proceso de selección y admisión correspondiente, con las atribuciones y competencias contempladas en el presente Reglamento además de las que le sean asignadas por resolución de la máxima autoridad institucional.
Requisitos para la admisión
Podrán postularse y concursar para ser admitidos en las unidades académicas de la Policía Nacional, quienes reúnan los siguientes requisitos: ser de nacionalidad paraguaya natural, tener la edad mínima 18 años al momento de la inscripción y edad máxima de 23 años hasta el 31 de diciembre del año de la convocatoria, para la Academia Nacional de Policía “General José Eduvigis Díaz”.
Tener la edad mínima 18 años al momento de la inscripción y edad máxima de 26 años, hasta el 31 de diciembre del año de la convocatoria, para el Colegio de Policía “Sargento Ayudante José Merlo Saravia”, haber concluido la enseñanza media, tener las condiciones físicas y psíquicas para cumplir con la capacidad funcional u operativa necesarias para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional.
No poseer tatuajes con contenido simbólico relacionado a grupos criminales, nacionales o extranjeros, o que expresen homofobia, xenofobia, mensajes violentos u ofensivos, hagan apología al consumo de estupefacientes o representen a partidos o movimientos políticos, no haber sido condenado por la comisión de un hecho punible o cuya condena esté en ejecución.
No contar con inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, no haber sido dado de baja o excluido de la institución policial, de las Fuerzas Armadas u otras instituciones públicas o privadas afines y no ser adicto a sustancias estupefacientes o ser farmacodependientes.
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Caso Kattya: consideran justo el fallo de la Corte
Las declaraciones de Chase se dieron luego de que la Corte Suprema se pronunciara sobre la acción presentada por González en busca de revertir su pérdida de investidura.
El líder de la bancada de Honor Colorado en la Cámara de Senadores, Natalicio Chase, sostuvo que la decisión de la Corte Suprema de Justicia de rechazar la acción promovida por la exsenadora Kattya González responde exclusivamente a criterios jurídicos y no a presiones o injerencias políticas.
Las declaraciones de Chase se dieron luego de que la Corte Suprema se pronunciara sobre la acción presentada por González en busca de revertir su pérdida de investidura, resuelta por el Senado en febrero de 2024. El parlamentario oficialista señaló que el máximo tribunal del país actuó dentro de sus atribuciones constitucionales y respetando plenamente el principio de separación de poderes. “Respetando la independencia de poderes, la Corte Suprema de Justicia se pronunció sobre una decisión del Senado que se ajusta a lo que establece la Constitución Nacional”, expresó el legislador, al referirse al fallo emitido por los ministros de la máxima instancia judicial.
El legislador remarcó que considera que el dictamen de la Corte es correcto y justo. “Tardó un poco, pero yo creo que salió en el sentido que tenía que salir. Yo me ratifico en que fue una acción que tomó el Senado, así como otros tantos, creo que nueve casos en el periodo anterior. Y bueno, no pueden ser reclamados por la Corte Suprema”, remarcó.
Chase rechazó las versiones que atribuyen la resolución judicial a una supuesta influencia política del oficialismo o de sectores parlamentarios. A su criterio, la determinación de la Corte constituye una validación de que el procedimiento llevado adelante por la Cámara Alta se enmarcó dentro de las facultades que la Constitución otorga al Congreso Nacional. El senador remarcó que tanto el Poder Legislativo como el Poder Judicial actuaron en el ámbito de sus respectivas competencias. En ese sentido, insistió en que el análisis realizado por los ministros de la Corte se basó en aspectos jurídicos y constitucionales, sin interferencias externas.
El caso de Kattya González se convirtió en uno de los episodios políticos y judiciales más debatidos de los últimos años, generando posiciones encontradas entre el oficialismo y sectores de la oposición.
Recordó que lo más discutido fue si estaba o no vigente el reglamento interno. A lo que agregó que aunque esté vigente ese reglamento interno del Senado, era inconstitucional. “Entonces no puede tener validez. Desde ese punto de vista el reglamento debería ser descartado, porque ningún reglamento ni ley puede estar en contra de la Constitución, que es la ley madre, y es la ley número uno en la pirámide de Kelsen".
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Jornada técnica sobre régimen de maquila evidenció interés en nuevo marco legal, según titular de Cemap
Ciudad del Este. Agencia Regional.
La Cámara de Empresas Maquiladoras del Paraguay (Cemap) y la Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de las Industrias Maquiladoras de Exportación (SE - Cnime) realizaron hoy en Ciudad del Este, la primera Jornada Técnica sobre el Régimen de Maquila y su nueva reglamentación, con una gran convocatoria.
Fue en el Centro Cultural Mangoré, desde las 09:00, con asistencia de unas 200 personas aproximadamente, entre autoridades nacionales y locales, expositores e interesados participantes.
En el evento, se abordaron sobre los lineamientos legales, administrativos, contables y tributarios del nuevo marco legal de la maquila, así como la formalización del empleo. El auditorio lo conformaron preferentemente los responsables técnicos de las empresas, pero asistieron también algunos empresarios.
El presidente de la Cemap, Jorge Bunchicoff, destacó el gran impacto de la convocatoria, señalando que se registró “una respuesta contundente por parte del sector maquilador, los cupos se agotaron varios días antes del evento, evidenciando el alto interés y la madurez de los actores productivos frente a los cambios normativos”.
Asimismo, refirió que “este entusiasmo no es casual, la maquila es hoy el presente y el futuro del Paraguay, y el conocimiento profundo de su régimen se vuelve una necesidad imprescindible para quienes forman parte de este ecosistema en constante crecimiento”.
Bunchicoff mencionó que el salto cualitativo de la ley la sintetiza en la claridad. “La ley está mucho más detallada, más clara y esa claridad genera mayor control, mayor previsibilidad, lo que hace saber que las empresas que se instalan y son aprobadas como maquilas, son controladas y hacen las cosas correctas, acorde a la ley”, agregó.
Remarcó que “se hizo una actualización de la ley que para mí es muy beneficiosa, a la cual deben acogerse las empresas ya existentes”.
Otro punto destacado por los expositores y reafirmado por Jorge Bunchicoff como un punto beneficioso de la nueva ley es “la formalización de la maquila de servicios, por la cual se le otorga a la empresa el beneficio del recupero del 5 % del IVA, por la cual está llegando esa gran masa y que es muy importante porque agrega empleo formal y de calidad”, explicó también el presidente de la Cemap.
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Motor de empleo formal, transferencia tecnológica e inversión extranjera directa
El Ministerio de Industria y Comercio estuvo representado por Diego Peyrat, secretario ejecutivo del SE-Cnime, quien fue uno de los expositores de hoy. Mencionó que el MIC tiene el firme compromiso con el desarrollo económico de Alto Paraná, “un departamento que hoy lidera la transformación industrial del Paraguay, gracias al impulso del régimen de maquila”
“La maquila ya no es solo una alternativa de exportación, es un motor de empleo formal, transferencia tecnológica e inversión extranjera directa que dinamiza a toda la región”, expresó Peirat. Destacó la articulación existente con el Ministerio del Trabajo, Rediex y la Gobernación, para la jornada técnica de hoy.
Además de Jorge Bunchicoff y Diego Peirat, estuvieron como expositores el abogado Aldo Benítez, sobre aspectos legales del régimen; Jorge Castro, del Ministerio del Trabajo, sobre la formalización del empleo en el registro obrero patronal; Rodrigo Giménez, sobre aspectos administrativos, contables y tributarios del régimen.
El viceministro del Trabajo, Augusto Segovia, también expuso sobre el salto a mayor empleo y compartió algunos números sobre el descenso de las cifras de desocupación.
Esta jornada se enmarca en el proceso de actualización del régimen maquilador paraguayo, el cual busca fortalecer la competitividad del sector, mejorar la formalización del empleo y consolidar a Paraguay como un destino estratégico para la inversión extranjera, explicaron los organizadores.
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“La pérdida de investidura es facultad constitucional del Legislativo”, afirma diputado
El diputado Rodrigo Gamarra se refirió al caso de Kattya González y el eventual fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en el caso de su expulsión del Senado. Gamarra afirmó que la figura de la pérdida de investidura es un juicio político, una atribución exclusiva del Poder Legislativo.
“La Corte puede opinar, interpretar o incluso analizar el procedimiento, lo que no puede hacer es reemplazar al Senado ni ejercer atribuciones exclusivas de otro poder del Estado. La pérdida de investidura es una facultad constitucional y privativa del Poder Legislativo”, afirmó el diputado para La Nación/Nación Media.
También recordó otros casos de legisladores que recurrieron a la máxima instancia judicial y ninguno logró un fallo a su favor. “Los antecedentes son claros, Payo Cubas, Víctor Bogado, Dionisio Amarilla, María Eugenia Bajac y otros recurrieron a la Corte y ninguno recuperó su banca por una orden judicial, porque una cosa es revisar constitucionalidad, y otra muy distinta es pretender que la Corte gobierne el Senado”, mencionó.
Mientras tanto, en el caso de González, refirió que “política y jurídicamente ya es un capítulo cerrado, inclusive bajo los mismos criterios y discursos que ella defendía cuando fungía de inquisidora moral desde su banca”. En este caso, cuestionó que solo se busca mediatizar el caso, ya que en otros casos las resoluciones se dieron en direcciones contrarias.
“Hoy lo único que buscan es extender el show, alimentar el circo en su eterna búsqueda del caos para satisfacer su ego y evitar que se apaguen las cámaras”, criticó el diputado.
Senadores que no juraron
Por otra parte, se refirió al caso de los senadores electos y proclamados por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) en el periodo anterior, Horacio Cartes y Nicanor Duarte Frutos, señalando que no se puede comparar estos casos.
“Ahí la discusión era completamente distinta, la Corte interpretó si estaban o no habilitados constitucionalmente para jurar y asumir. En el caso de Katya, el Senado ya ejerció una atribución constitucional propia mediante una pérdida de investidura. Es una decisión política e institucional ya consumada y preclusa”, sentenció.
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