El abogado Óscar Tuma adelantó que presentará hoy el pedido de suspensión condicional en el caso de su cliente Hugo Alexander Torales Viveros, en el marco de la imputación de Rodolfo Friedmann. Torales Viveros sacó a la luz que el exgobernador de Guairá era socio en la empresa Eventos y Servicios SA (ESSA), y que finalmente logró sacar al ahora denunciante de la firma.
En este sentido, Tuma mencionó que ante la denuncia y las pruebas presentadas por su defendido solicitarán que sea beneficiado con la suspensión condicional, establecido en el artículo 21 del Código Procesal Penal.
“La imputación no solo se dio con sus manifestaciones, sino también con todos los elementos que él arrimó al Ministerio Público. Entonces creemos nosotros que es importante en el caso que el fiscal crea conveniente otorgar esta suspensión condicional de procedimiento por esa conducta que él tuvo en la causa”, mencionó el profesional.
Tuma indicó que otorgar este pedido será muy importante para que otras personas se animen a denunciar y colaborar en investigaciones similares, que tengan que ver con la corrupción.
“Va ser muy importante para animar el día de mañana a muchas personas que cuando hablamos de este tipo de delitos colabore con la Justicia, que se anime a colaborar, que se anime a presentarse, sabiendo en que puede existir un procedimiento como el que estamos planteando nosotros y descargar toda la responsabilidad como corresponde a los autores principales”, sostuvo Tuma.
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Exministro y funcionarios del MEC declararon que no hubo irregularidades en el título de Rivas
En el marco del juicio oral que enfrenta el exsenador Hernán Rivas por la presunta falsedad de su título de abogado, declararon varios testigos clave, entre los que se destacaron los testimonios del exministro de Educación, Eduardo Petta, así como el de otros funcionarios de dicha cartera estatal y exalumnos de la Universidad Sudamericana.
El exministro Eduardo Petta fue claro y contundente al señalar que: “En ninguna parte del dictamen del doctor Casañas Levi, ni en la Auditoría Interna, ni en la del Poder Ejecutivo, dice que el título de Rivas es falso”. Igualmente, el exsecretario de Estado negó de manera enfática haber dado instrucciones a funcionarios del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) para acelerar o aprobar el registro del título universitario del exlegislador colorado en junio del 2020.
El testigo también negó haber conversado o dado alguna orden a los entonces funcionarios Ricardo Ortiz o Andrea Estigarribia, quienes intervinieron en el proceso de registro de los documentos académicos. Ante la consulta sobre este punto, respondió con un rotundo “No, no, no” y explicó que no mantenía contacto directo con el personal de ese rango, debido a que su vínculo institucional se desarrollaba principalmente con los viceministros, quienes manejaban sus propias estructuras jerárquicas.
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Del mismo modo, el exministro negó haber hablado con Rivas o haber recibido algún pedido suyo para apurar los trámites o registrar su título sin los controles correspondientes. Petta afirmó que nunca habló con el procesado, ni personalmente ni por teléfono. Aclaró que no se trata de un olvido, sino que jamás tuvo contacto con el exsenador y que tampoco registró alguna vez su número telefónico. “Nunca traté, nunca hablé, nunca; menos eso que usted está diciendo”, afirmó de manera tajante.
Asimismo, sostuvo que, en su rol de ministro, no podía abrogar la resolución que autorizaba la emisión del título de Hernán Rivas sin someter previamente los informes a consideración de la Asesoría Jurídica. Detalló que ninguna dependencia del MEC ni del Poder Ejecutivo respaldó una recomendación de ese tipo, aunque sí se había solicitado controlar de forma general los títulos expedidos por la Universidad Sudamericana.
Otros testimonios
Durante la audiencia también prestó declaración Casimiro Marín, director de Auditoría Interna del MEC en 2020. El testigo señaló que se analizaron detalladamente los documentos presentados para registrar el título de Rivas y que el circuito administrativo seguido durante el trámite no reveló ninguna irregularidad, por lo que correspondía su inscripción legal.
Por su parte, Rodrigo Ramírez, jefe interino de Investigaciones de la Dirección de Transparencia del MEC, afirmó ante el tribunal que no detectaron anomalías en el circuito interno institucional para el registro del documento. El funcionario tampoco halló inconsistencias ni plazos llamativos en la emisión del dictamen correspondiente.
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Investigación explora el potencial de techos fríos
Proyecto fue seleccionado en la convocatoria a Proyectos I+D en Transición Energética 2023, de Conicet de Argentina, ANII de Uruguay, Conacyt de Paraguay y FAPESP de Brasil.
El III Workshop Internacional “Transición energética por techos fríos para la refrigeración urbana y generación de H₂” reunió a investigadores para compartir avances de un proyecto orientado a desarrollar tecnologías que reduzcan el consumo energético, mitiguen el calor urbano y contribuyan a la producción de hidrógeno. El encuentro se realizó en la Facultad de Ciencias Químicas de la Universidad Nacional de Asunción (FCQ-UNA).
La iniciativa articula instituciones científicas de Argentina, Brasil y Paraguay y busca desarrollar tecnologías de techos fríos (cool roofs), superficies capaces de reflejar una parte importante de la radiación solar y presentar una alta emisividad térmica. Estas características permiten disminuir la temperatura de las superficies de los edificios y reducir la demanda de energía destinada a la refrigeración.
AVANCES
Durante el workshop, las investigadoras principales Noelia Archapar, de Argentina; Fátima Yubero, de Paraguay; y Lía Toledo Moreira Mota, de Brasil, presentaron avances en investigación de materiales, química, física, electrónica, energía y modelación urbana. Entre los trabajos se destacó el desarrollo y caracterización de revestimientos para techos fríos, además de estudios sobre su potencial protección de propiedad intelectual.
La investigación también contempla la producción de hidrógeno mediante procesos electroquímicos utilizando aguas colectadas de las superficies de los techos, así como su integración con tecnologías fotovoltaicas. Asimismo, en viviendas de Posadas, Argentina, se instalaron sensores para analizar temperatura y humedad y comparar edificaciones con y sin revestimientos. También se desarrollaron sensores de bajo costo para registrar temperatura del aire, humedad, concentración de dióxido de carbono y temperatura superficial.
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Abogado de Cartes explica detalles del alquiler del vuelo chárter a EE. UU.
El abogado Pedro Ovelar, representante legal del expresidente de la República Horacio Cartes, aclaró sobre el alquiler de una aeronave para la realización de un vuelo chárter a los Estados Unidos.
El referido profesional señaló que “por expresa indicación de mi representado, Horacio Cartes, y ante diversas publicaciones difundidas en medios de comunicación y redes sociales respecto de la contratación de una aeronave para la realización de un vuelo chárter a los Estados Unidos, considero necesario efectuar las siguientes aclaraciones:”
La posibilidad de contratar dicho servicio de transporte aéreo fue acercada a través del propietario de una empresa que alquila hangares en Paraguay —sin vinculación societaria alguna con Horacio Cartes o su familia—, quien posteriormente facilitó el contacto con la persona que se presentó como propietario y representante de la aeronave.
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Asimismo, indica que conforme a las verificaciones efectuadas en los sistemas de consulta accesibles a particulares, la persona que se presentó como propietaria y representante de la aeronave no registra antecedentes penales.
Agrega que esta persona no es el ciudadano brasileño vinculado al Banco Master de Brasil al que determinadas publicaciones han señalado como propietario de la aeronave. Se trata de una persona distinta.
Asimismo, la contratación de un servicio de flete aéreo no implica ni permite presumir que quien lo contrata conozca la composición actual o histórica de las sociedades que sean o hayan sido propietarias de la aeronave, ni mucho menos que mantenga vínculo alguno con sus socios, propietarios anteriores o personas relacionadas con ellos.
Igualmente, sostiene que pretender establecer una vinculación de esa naturaleza por el solo hecho de haber contratado el servicio carece de sustento.
También fue claro en mencionar que al momento de la contratación, “lo relevante para mi representado era que tanto la aeronave como su tripulación se encontraban debidamente habilitadas y sin restricciones para realizar el vuelo previsto entre Paraguay y los Estados Unidos y su posterior regreso”.
La aeronave y su tripulación cumplieron con los controles y procedimientos aeroportuarios y migratorios correspondientes en ambos países, sin impedimento alguno para la realización del viaje.
“Por lo tanto no existe, fundamento para atribuir a mi representado, a partir de la contratación de este vuelo, vínculos, conocimientos o conductas diferentes de los aquí expresamente señalados. Toda afirmación en contrario deberá estar respaldada por hechos ciertos y comprobables. La difusión de afirmaciones falsas o imputaciones que lesionen ilegítimamente el honor y la reputación de mi representado podrá dar lugar al ejercicio de las acciones legales que correspondan conforme al ordenamiento jurídico vigente”.
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Ratifican imputación por estafa y otros contra directivos y ejecutivos de Indufar
La Cámara de Apelación de Alto Paraná, integrada por Nilda Estela Cáceres, Raúl Insaurralde y Efrén Giménez Vázquez, ratificó la admisión y la validez de la imputación contra cuatro directivos y ejecutivos de Indufar C.I.S.A. Los mismos están imputados por estafa, lesión de confianza y asociación criminal en una investigación relacionada con la producción y comercialización de medicamentos a base de tirzepatida.
Los procesados son Óscar Humberto Simón Palmerola, Cynthia Montserrat Ríos Villagra, Darío Alejandro Zanin y José Luis Rodríguez Paredes. La investigación se inició a partir de una denuncia de BEM ESTAR Clínica Estética por un supuesto perjuicio de G. 24.084 millones.
Los camaristas consideraron que el acta de imputación cumple con las exigencias previstas en la norma legal; es decir, en el artículo 302 del Código Procesal Penal y en la Acordada N.º 1631/2022 de la Corte Suprema de Justicia.
Los integrantes del tribunal de alzada mencionaron que el documento contiene los elementos exigidos por la legislación procesal: identifica a los imputados, describe los hechos investigados, establece la calificación jurídica provisional y señala los elementos de sospecha que los vinculan con el caso. El tribunal de apelación aclaró que en esta etapa procesal no corresponde realizar una valoración definitiva de las pruebas ni determinar la responsabilidad penal de los acusados.
Perjuicio económico
El Ministerio Público sostiene que, de forma preliminar, existe un perjuicio de G. 24.084.413.169, equivalente a unos USD 4 millones. Entre los elementos mencionados en la imputación figura un stock de 20.882 cajas de productos que, según la denuncia, habría quedado inmovilizado.
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