El diputado Walter Harms señaló este martes que el proyecto de ley de financiamiento político debe tener modificaciones para que sea aplicable. Destacó que como está está redactado actualmente se limitará la participación de la ciudadanía.
“Yo creo que debe tener modificaciones profundas para que sea aplicable y justo. Así como está va a restringir demasiado la participación de la gente”, dijo el legislador en comunicación con Universo 970 AM.
Sostuvo que uno de los impedimentos sería la obligación de habilitar una cuenta corriente ya que el sistema tendría inconvenientes en habilitarlas por la gran cantidad de candidatos que tendrían los partidos tradicionales.
Indicó que mucha gente no cuenta con las condiciones que exigen lo bancos para la habilitación de una cuenta corriente porque el sistema cada vez es más riguroso. A su criterio, el proyecto debe ser más accesible para todos y ante esta situación se plantearían algunas modificaciones.
“La bancada (Honor Colorado) ya envió las modificaciones para poder hacer y que sea aplicable y accesible al mismo tiempo. Esta es una ley muy importante en el sentido de que va a determinar la participación de mucha gente en la política y necesita de socialización”, agregó.
El proyecto de trazabilidad plantea que cada candidato presente su declaración jurada de ingresos y gastos en campaña y que estas sean publicadas a través del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).
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Sancionan modificaciones al Código Electoral respecto al financiamiento político
En su sesión extraordinaria, la Cámara de Diputados estudió el proyecto de ley que modifica los artículos 64, 66 y 278 de la ley que establece el Código Electoral Paraguayo, relacionados al financiamiento político. La iniciativa fue aprobada por mayoría, por lo que será remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto.
“El objetivo de este proyecto es mejorar el control del financiamiento político mediante mecanismos más accesibles y eficientes para candidatos, movimientos internos y organismos de control. Las modificaciones son de forma, por lo que entendemos pertinentes aceptar las modificaciones del Senado”, expresó el diputado liberal, Jorge Ávalos Mariño.
Esta propuesta legislativa se encontraba en su tercer trámite constitucional al interior del Congreso, y según explicaron los legisladores, su finalidad es modificar el procedimiento sobre el origen de los fondos de las campañas electorales, haciéndolos más simples de modo que sean más accesibles tanto para movimientos internos como de las nucleaciones políticas.
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“Se establecen dos periodos bien diferenciados, el primero, destinado al reconocimiento de los movimientos y la individualización de los representantes legales de los mismos, y el otro, el de las inscripciones de las candidaturas y su posterior oficialización”, explicó el diputado José Rodríguez.
Asimismo, indicó que las modificaciones introducidas por la Cámara de Senadores consisten en modificar el término Subsecretaría de Estado de Tributación por Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), además de aclarar en letras lo que se encuentra expresado en números.
“La Comisión de Asuntos Constitucionales emitió dictamen aconsejando aceptar las modificaciones introducidas, por tanto solicito a los colegas aceptar las modificaciones”, expuso. Sobre la propuesta, no hubo mociones en contra, por lo que se procedió a la votación, quedando así sancionada.
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Diputados estudiarán este lunes modificaciones a la ley de financiamiento político
En la sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados, prevista para este lunes 11 de agosto, figura como uno de los puntos del orden del día el proyecto de ley que modifica los artículos n.° 64, 66 y 278 del Código Electoral relacionados al financiamiento político. La iniciativa ya cuenta con media sanción del Senado.
La propuesta legislativa busca actualizar la legislación vigente sobre el control del financiamiento político, al tiempo de simplificar procedimientos con el fin de hacer efectiva y eficiente su aplicación, según explicaron los proyectistas.
El proyecto de reforma a la normativa de financiamiento político introduce cambios clave para modernizar el control de recursos en los procesos electorales. Se reconoce por primera vez a los movimientos políticos internos que participan en elecciones internas, equiparándolos a partidos, alianzas o concertaciones en elecciones generales.
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Esta inclusión responde a que los movimientos internos son los que figuran ante la administración tributaria con su propio Registro Único del Contribuyente (RUC), y no necesariamente la estructura mayor a la que pertenecen, lo que permite un control más claro y justo de su financiamiento.
Además, se elimina la obligatoriedad de presentar documentos en formato papel, estableciéndose que la entrega sea exclusivamente digital. Esta medida busca agilizar los trámites y contribuir a la preservación del medioambiente.
Por último, se actualiza la institución encargada del control del financiamiento político, reemplazando a la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), tras una reestructuración administrativa del sector.
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Analizarán propuesta para modificar régimen de financiamiento de campañas políticas
La Cámara de Diputados analizará en la próxima sesión ordinaria, el proyecto de ley que introduce importantes modificaciones al régimen actual de financiamiento de las campañas políticas.
El objetivo es mejorar los mecanismos de control y, al mismo tiempo, simplificar los procedimientos para partidos, movimientos internos y candidatos.
Esta iniciativa ya cuenta con media sanción de la Cámara Baja, pero fue nuevamente modificada por el Senado y ahora se encuentra en su tercer trámite constitucional, en el cual el plenario deberá definir si se allana a los cambios realizado por el Senado o se ratifica en su sanción inicial.
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Este proyecto tiene por acápite “Que modifica los artículos 64 inciso a), 66 y 278 inciso b) de la Ley Nº 834/1996, ‘Que establece el Código Electoral’, modificado por las leyes 4743/2012 y 6167/2018”.
La propuesta de legislación responde a una creciente preocupación por la transparencia en el uso de fondos durante los procesos electorales y a las dificultades operativas que enfrentaron las nucleaciones políticas a raíz de la normativa vigente, según la exposición de motivos.
El documento agrega que, si bien la legislación actual establece controles, estos resultan en muchos casos excesivamente complejos o poco accesibles para las agrupaciones políticas, en especial durante las elecciones internas.
Principales cambios se sintetizan en:
Reconocimiento anticipado de movimientos internos: la actual ley no contempla un proceso previo de reconocimiento de los movimientos internos antes de la inscripción de candidaturas. El proyecto propone formalizar esta etapa, permitiendo a los movimientos gestionar de manera anticipada su identificador tributario y cuenta bancaria.
Digitalización de declaraciones: se propone que tanto la Declaración de Ingresos y Gastos de Campaña (DIGC), como la Declaración de Intereses Económicos Vinculados (DIEV) se presenten únicamente en formato digital ante los organismos de control, reduciendo el uso de papel y facilitando su análisis.
Presentación individual por candidato: a diferencia del esquema actual, en el que los movimientos presentan declaraciones de forma general, la modificación exige que cada candidato presente su propia DIGC y DIEV, incluso detallando su participación en sociedades o inversiones económicas.
Mayor transparencia y fiscalización: el nuevo texto prevé la publicación obligatoria, en un plazo de diez días hábiles, de todas las declaraciones e informes recibidos en el portal del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).
Además, se establece la conformación de una unidad especializada de fiscalización que verificará la veracidad y autenticidad de los documentos.
Obligaciones bancarias claras: la apertura de cuentas únicas en instituciones financieras, establecidas en el artículo 278, se refuerza en el proyecto con plazos específicos. Las entidades deberán habilitar las cuentas en un máximo de 48 horas y justificar por escrito cualquier negativa. La omisión podrá ser sancionada por la Superintendencia de Bancos del Banco Central del Paraguay.
Sanciones más severas: en caso de comprobarse la falsedad en la declaración de ingresos, el proyecto contempla la suspensión de la participación del candidato por diez años en cualquier tipo de elección, una medida que no figura en la normativa vigente.
Actualización institucional: se sustituye la mención a la Subsecretaría de Estado de Tributación por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), como organismo encargado de emitir el identificador tributario y colaborar en los controles financieros.
De acuerdo a la exposición de motivos aclaran que la iniciativa no busca eliminar los mecanismos de control establecidos por el TSJE, sino más bien adecuarlos a las nuevas necesidades administrativas y tecnológicas, según declaran los proponentes.
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Abre plazo para protestas de los oferentes de máquinas de votación
El director de Financiamiento Político del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Christian Ruiz Díaz, comunicó que desde este jueves corre el plazo de 7 días hábiles para que las dos empresas cuyas ofertas fueron rechazadas presenten sus protestas ante la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) en el proceso licitatorio de 28.000 máquinas de votación electrónica.
“Desde hoy corre el plazo que vencerá el próximo viernes (8 de agosto). Las protestas deben ser presentadas ante la DNCP, que luego nos notificará dentro del plazo de 3 días. A partir de la notificación, el TSJE tendrá un periodo de 5 días para contestar las protestas. A partir de ahí quedará de vuelta en campo de la DNCP, que tendrá 35 días para resolver”, comentó en el programa “Así son las cosas” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
De las tres empresas oferentes, el Consorcio Paraguay Democrático, compuesto por SmartMatic, Excelsis y Celex, superó el análisis técnico. En tanto, las ofertas de las firmas Consorcio Comitia - Msa y Miru Systems Co. Ltd fueron rechazadas por incumplimientos documentales y técnicos en las pruebas de funcionalidad exigidas.
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Si ninguna de las descalificadas presenta protesta, la apertura del sobre dos está prevista para el sábado 30 de agosto. Las citadas firmas han sido rechazadas por el TSJE por cuestiones sustanciales, formales y técnicas, señaló Ruiz Díaz. Una de las exigencias establecidas en la licitación para la provisión de las máquinas de votación es que tenga una pantalla LCD táctil que no necesite calibración. Sin embargo, Comitia S. A. presentó un dispositivo que requiere calibración.
Otra de las fallas es que los boletines de voto podían volver a imprimirse, es decir, la máquina carecía de elementos de seguridad para que un boletín usado vuelva a ser utilizado. Respecto a la firma coreana Miru System, tuvo ciertas dificultades con la exposición al calor.
“A todas le sometimos a pruebas de calor, teniendo en cuenta el clima en Paraguay, tenemos un cuarto acondicionado por el INTN (Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología), ahí introducimos una máquina de votación, la coreana no resistió el calor, lo que implicó que salgan borrosos los boletines”, mencionó Ruiz Díaz.
Calendario electoral
El pasado 15 de julio, el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) confirmó oficialmente el calendario electoral rumbo a las elecciones municipales de 2026. Según lo resuelto, las elecciones internas simultáneas de las organizaciones políticas se llevarán a cabo el domingo 7 de junio de 2026, mientras que las elecciones municipales se realizarán el domingo 4 de octubre del mismo año.