Esta decisión del directorio del PLRA fue aprobada en sesión ordinaria por unanimidad mediante una declaración.

En la tarde de este martes, fue tomada la decisión que exigir al Poder Ejecutivo remitir al Congreso Nacional el acta bilateral firmada entre Paraguay y Brasil sobre el acuerdo de Itaipú. Según explicó Theodore Stimson, miembro del equipo jurídico del PLRA, el hecho de que el documento posea términos como “acuerdo” en torno a la compra de energía de Itaipú, hace que obligatoriamente tenga que pasar por un análisis previo del Congreso para su aprobación o rechazo.

“El análisis que hizo el Dr. Tito Saguier y que compartió con la mesa energética y luego con el directorio es que el acta bilateral es por definición un instrumento internacional en los términos de la Convención de Viena. Al ser firmada por los embajadores ya por una instancia política, entonces necesariamente tiene que ser derivado al Congreso para su ratificación y aprobación, o su rechazo. Es decir, no puede tener vigencia con esas firmas simplemente” dijo en conversación con La Unión.

Stimson aclaró que el artículo 29 del Tratado de Itaipú establece que solamente cuando hay un caso no previsto y hay divergencia, intervienen los dos gobiernos para resolver la cuestión, con el parecer de ANDE y Eletrobras. “Acá no hubo parecer de la ANDE pero sí ya actuaron los representantes de las altas partes” mencionó el abogado.

Extorsión al Paraguay

En otro momento, señaló que en el párrafo cuarto del acta hay una clara extorsión al Paraguay. “Podemos resumir en que prácticamente Brasil le dice a Paraguay nosotros vamos a violar el tratado si ustedes no aceptan actuar en contra de sus derechos en el tratado y en contra de sus intereses. Es decir, no se va a facturar, Electrobras no va a pagar, no se va a seguir el calendario al 2023, no se va a cumplir nada del tratado de Itaipú mientras que ustedes no firmen esta acta en la que se altera el tratado” sostuvo.

Stimson también explicó que el tratado divide las aguas en partes iguales. “Esta acta prorratea las aguas, o sea crea figuras que no están previstas en el tratado como la energía afluente, la energía vinculada que es básicamente decir: ustedes no controlan su 50 %, como ustedes contratan 7 % eso es lo que van a controlar” indicó.

Por último, refirió que hay un acuerdo del 2007 en el que se le dio a Paraguay la prioridad de acceder a los excedentes y afirmó que varios artículos del Acta Bilateral lesionan los derechos energéticos de nuestro país.

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