El Poder Ejecutivo promulgó las dos leyes que modifican varios artículos del Código Procesal Penal, referidas a las medidas alternativas a la prisión, devolviendo potestad a los jueces de determinar revisiones, además de ampliar de manera temporal los plazos establecidos para el procedimiento previsto.

La promulgación refiere a la ley que modifica el artículo 245 del Código Procesal Penal, que retorna a los jueces la atribución de observar los casos de medidas alternativas a la prisión.

Igualmente promulgó la ley que modifica los artículos 129, 141 y 251 del mismo Código, que amplían de manera temporal los plazos establecidos para el estudio de los pedidos de revisión de las medidas alternativas.

El principal objetivo es destrabar todo el sistema judicial, debido a los innumerables procedimientos que conlleva cada juicio y especialmente con el objetivo de actualizar las nuevas reglas establecidas para las prisiones preventivas.

Se estima que entre 3.000 y 4.000 personas, pedirán la revisión de medidas.

Recordemos que la intención con la modificación del Código Penal, se tratará de que el sistema judicial no colapse ante la cantidad de solicitudes de estudio de los casos. Los cambios propuestos serán de forma temporal, con vigencia hasta el 31 de enero del 2020.

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