La Cámara de Diputados sancionó el proyecto de ley “Que regula el empleo a tiempo parcial”, que busca formalizar la contratación del trabajo fraccionado. Esta labor consiste en toda actividad laboral, con una duración de entre 16 y 32 horas semanales, según la iniciativa.

La normativa permitirá la formalización de más de 129.000 personas que trabajando, actualmente, bajo la modalidad de empleo parcial. La Cámara Baja envió el proyecto de Ley al Poder Ejecutivo, para su promulgación o veto.

Así se podría ayudar a la formalización de trabajo en negro porque la ley no permitía esa formalización. Incluso puede ayudar incluso a muchos universitarios a trabajar medio tiempo y, al mismo tiempo, aportar a un régimen jubilatorio. "Creemos que será positivo para el trabajador, para el empleador y para la economía nacional”, afirmó el diputado Sebastián Villarejo.

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De esta manera se prevé otorgar mayor flexibilización de horarios de trabajo para jóvenes y mujeres que no están disponibles para cumplir jornadas completas de 8 horas diarias y garantizar una protección integral al trabajador a través de la seguridad social.

“Favorecerá al primer empleo juvenil, también va a generar la formalización de la economía, además de dar facilidad a los empleadores de contratar personas jóvenes con garantías que puedan estudiar y trabajar”, expresó la diputada, Del Pilar Medina.

El documento establece que el trabajador que se desempeñe bajo la modalidad contractual a tiempo parcial, es sujeto del seguro social obligatorio administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS), por cada vínculo laboral que desempeñe.

“El porcentaje de los aportes a cargo del empleador y el trabajador a tiempo parcial, serán los mismos establecidos para el régimen general del seguro social obligatorio”, según el proyecto.

La iniciativa establece que el trabajador sujeto a esta ley tiene derecho a un período de vacaciones remuneradas después de cada año de trabajo continuo al servicio del mismo empleador, cuya duración se regirá por lo dispuesto en el Código del Trabajo.

Igualmente, tiene derecho a percibir una asignación equivalente al 5 % del salario mínimo mensual vigente por cada hijo, hasta su mayoría de edad, de conformidad con lo establecido en los artículos 262 y 263 del Código del Trabajo.

De este proyecto se excluye de los beneficios de la presente ley a los docentes públicos y privados; personal de blanco y; trabajadores del sector de transporte público.

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