Un equipo muy importante participará de la audiencia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por el caso Arrom-Martí, según Ricardo Merlo. El presidente de la Asociación de Fiscales del Paraguay, explica en A Punto, el proceso internacional y cómo lo afronta el Estado. Señala que la Corte IDH estaría negando amplitud de defensa.
Un equipo muy importante participará de la audiencia ante la Corte Interamericana por el caso Arrom-Martí, según Ricardo Merlo, quien dirige el Centro de Entrenamiento del Ministerio Público. El presidente de la Asociación de Fiscales del Paraguay, explica en A Punto, el proceso internacional y cómo lo afronta el Estado Paraguayo.
“Hoy vence el plazo para enviar las preguntas a los 31 testigos de ellos que van a declarar por escribanía y a los nuestros también. La Corte a Paraguay para la audiencia – que se realizará el 7 de febrero en San José de Costa Rica- le aplicó un criterio que se llama de economía procesal de manera inconsulta (…) Para nosotros la forma en que está aplicando el reglamento nos está negando la amplitud de la defensa”, señala Ricardo Merlo.
Agrega que el único testigo admitido a la defensa fue elegido por la Corte con la limitante de que solo podrá hablar del caso Arrom y Martí, cuando la Comisión Interamericana dedica una buena cantidad de párrafos de su informe a hablar del secuestro de María Edith, que es detonante del caso.
“Evidentemente no estamos en un estado de indefensión -porque se va a escuchar al testigo, pero no se da el derecho de la amplitud de la defensa”, recalca.
Cronología del caso
Hace una cronología del caso y de cómo llega a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Explica que en 2002, los peticionarios -término técnico, dentro del esquema internacional- que son la hermana de Arrom y la familia de Martí presentan una denuncia ante la Comisión Interamericana por los supuestos hechos de secuestro, privación de libertad, y tortura. Afirman que esto se realiza a mano de agentes del Estado y sindican a tres personas, entre ellas los policías Gamarra, Schémbori y a Javier Cazal un funcionario del Ministerio Público de la época.
En el año 2008 es admitida la denuncia por parte de la Comisión que es una instancia previa a la Corte Interamericana.
En 2010, plantean la Comisión y el Ejecutivo llevar adelante unas reuniones para llegar a un acuerdo. Finalmente, las partes deciden que no están dadas las condiciones.
“En 2018, sale el informe 100 donde la Comisión recomienda aceptar los términos de la demanda, básicamente, con la recomendación de que se dé una satisfacción integral material e inmaterial. Esto se da a conocer a las partes. Arrom y Martí completan un documento en el cual hacen sus alegatos con pruebas y establecen el monto dividido entre sus parientes. Ellos (solicitan) veinte millones (de dólares) cada uno, (que se les otorgue)a sus parientes un millón (de dólares) cada uno y suman gastos. Así se llegó a la cifra de 63 millones. Eso es notificado por la Corte”, declara Merlo.
Un solo día
La Corte Interamericana asigna un sólo día para tratar el caso de Paraguay admite la audiencia oral a la hermana de Arrom, a Arrom -que va a declarar vía Skype- y al perito de la Comisión interamericana.
“Lo que deja asentado la comisión es que Arrom y Martí supuestamente fueron secuestrados y torturados supuestamente para autoinvolucrarse en la investigación que estaba llevando la Fiscalía sobre el tema de María Edith, presuntamente para que ellos dijeran: “Nosotros fuimos los secuestradores”. Eso no tiene sentido, pues en Paraguay la declaración contra sí mismo no tiene ningún efecto. Nadie está obligado a declarar contra sí mismo”, resalta.
En su recuento, Merlo dice que la Comisión da por sentada esta hipótesis lo que puede tener un impacto en un proceso en el cual ya hubo audiencias preliminares. Señala que en Paraguay se llevó un proceso. “La Fiscalía acusa con certeza, luego realiza una audiencia preliminar donde el juez de etapa intermedia verificó que los elementos probatorios hayan respetado las garantías del debido proceso y luego elevó a juicio oral. Es en ese momento en que Arrom y Martí se fugan del país y van a buscar refugio y estatus de refugiados en el Brasil”.
En la Corte
El caso está caratulado como “Caso Arrom Suhurt y otros Vs. Paraguay”. En el sitio en línea de la Corte Interamericana se da como fecha de ingreso el 12 de diciembre de 2017. Se completa el recibo de anexos el 19 de enero de 2018, para dar la notificación el 5 de febrero de 2018. El recibo de Escrito de Solicitudes Argumentos y Pruebas (ESAP) y anexos se da hasta el 25 de mayo de 2018, por parte de los peticionarios. Dentro del proceso están pendientes la contestación del Estado, el recibo de los anexos, la notificación de la contestación, la notificación de la Resolución de la convocatoria a audiencia, la audiencia pública, junto con los alegatos y observaciones finales.
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