Uno de los proyectistas de la Ley de Libranzas, el diputado colorado José María Ibáñez, ratificó este jueves que la normativa busca proteger al trabajador, "siendo que en la actualidad no existe un control al mecanismo que se practica mucho en el país y que a veces llega al 100% del salario del deudor", según indicó.
Afirmó Ibáñez que quienes se oponen al proyecto es a raíz de un interés creado y generan confusión para que la ciudadanía forme una opinión negativa al respecto.
"Al contrario de lo que se piensa, este proyecto se ideó para proteger al asalariado en general. De hecho, la libranza es un mecanismo que se practica mucho en el país, aunque muchos no lo sepan", aseveró.
Apuntó que la problemática está en la regulación o el límite al mecanismo, como si hay en otros países. "A muchos sectores no les conviene que se regule. Este proyecto crea una ventaja de la instalación de una central de riesgo donde el acreedor va poder analizar a su cliente", dijo.
Casi al final de la entrevista, el parlamentario señaló que la ley pretende fijar límites a las operaciones que pueda hacer un trabajador comprometiendo su salario hasta un 65%. "Hoy día casi se compromete un 100% del salario, siendo que no existe una central de riesgos en el sistema comercial", concluyó.
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Sancionan cambios al Código Penal para endurecer penas por denuncia falsa
La Cámara de Diputados sancionó este martes el proyecto de ley “Que modifica y amplía el artículo 289 de la Ley Nº 1160/97, Código Penal Paraguayo, referente a la denuncia falsa”, tras aceptar las modificaciones introducidas por el Senado.
Se quiere endurecer las sanciones cuando una denuncia falsa derive en consecuencias penales para la persona denunciada.
La versión aprobada inicialmente por Diputados incorporaba un agravante para los casos en que una denuncia falsa provocara la aplicación de una medida restrictiva de libertad dentro de un proceso penal, con una pena privativa de libertad de hasta seis años y una sanción patrimonial complementaria.
Pero el Senado modificó el texto original y el proyecto remitido a la Cámara Baja establece que la pena privativa de libertad podrá aumentarse hasta seis años cuando las conductas previstas en el inciso anterior se refieran a hechos antijurídicos considerados crímenes.
Contempla además la aplicación de la composición prevista en el artículo 59 del Código Penal, en sustitución de la sanción patrimonial complementaria establecida en la versión original.
Durante el tratamiento en plenaria, hoy el diputado Jorge Ávalos Mariño, presidente de la Comisión de Legislación y Codificación, se refirió al dictamen favorable de la comisión para aceptar las modificaciones de la Cámara Alta.
La propuesta tiene como finalidad proteger la administración de justicia y prevenir el uso abusivo del sistema judicial, sin desatender la necesidad de garantizar protección a las personas que realmente son víctimas de hechos punibles.
Tras la aprobación se dispuso que el proyecto sea remitido a esferas del Poder Ejecutivo para su siguiente trámite constitucional.
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Jóvenes en conflicto con la ley aprenden peluquería y barbería para abrirse nuevas oportunidades
En sintonía con la llegada de la primavera, desde la Corte Suprema de Justicia informaron este lunes que se desarrolló un encuentro socioeducativo dirigido a adolescentes sujetos a medidas provisorias que se encuentran en libertad y cuyos procesos radican en juzgados penales de la Adolescencia de Asunción.
La jornada combinó orientación y capacitación práctica en peluquería y barbería, con la intención de brindar a los jóvenes herramientas que puedan convertirse en una alternativa de formación y acceso al trabajo.
La actividad se realizó en el marco del programa terapéutico de reeducación y Justicia Restaurativa, y también sirvió para conmemorar el Día de la Juventud bajo el lema “Jóvenes con propósito, futuros con oportunidad”.
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El encuentro fue impulsado por los juzgados penales de la Adolescencia del Primer y Segundo Turno de la Capital, con el apoyo de la Fundación Más Vida y del equipo técnico especializado de la Justicia Penal Adolescente.
La primera etapa estuvo enfocada en el acompañamiento de psicólogos y trabajadores sociales. Posteriormente, los participantes tuvieron una capacitación práctica en técnicas de peluquería y barbería, dirigida por instructores de la Fundación Más Vida.
Según explicó la jueza Liz Paola Mongelós, participaron 20 de los 26 adolescentes convocados, provenientes de distintos sectores de Asunción, entre ellos:
- Chacarita
- Bañados Sur
- Sajonia
- Santísima Trinidad
- Puerto Botánico
- San Francisco
- zonas cercanas al refugio
- y Tacumbú.
La magistrada señaló que varios de los adolescentes manifestaron interés por aprender estos oficios debido a las posibilidades laborales que pueden ofrecer. La iniciativa se suma a otras experiencias de capacitación, como un taller anterior de panadería, orientado también a generar herramientas para la reinserción social.
La actividad contó además con la participación de estudiantes de Derecho de la Universidad Privada del Este y funcionarios de los juzgados involucrados.
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Cámara de Senadores sanciona ley sobre restitución de pagarés
La Cámara de Senadores sancionó este miércoles en sesión extraordinaria la ley que establece la restitución de los pagarés una vez cancelada la obligación.
Es así que el pleno aceptó las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados al proyecto de ley que establece la restitución de los pagarés una vez extinguida la obligación y dispone un régimen sancionador.
La iniciativa fue presentada por el senador Derlis Osorio y, con la aceptación de los cambios introducidos por la Cámara Baja, quedó sancionada y será remitida al Poder Ejecutivo.
En su intervención, el senador Derlis Maidana, presidente de la Comisión de Legislación, explicó que la propuesta busca fortalecer la seguridad jurídica de los deudores mediante un mecanismo que obligue al acreedor a devolver los pagarés una vez cancelada la deuda.
Asimismo, contempla un régimen sancionador cuya aplicación estará a cargo de la Secretaría de Defensa del Consumidor (Sedeco), con una multa equivalente al 20 % del valor del pagaré en caso de incumplimiento de la obligación de restitución.
“El objeto prevé la obligación para el acreedor de una deuda instrumentada en uno o más pagarés a la orden de entregar dichos títulos al deudor en el acto de cancelación y, ante el incumplimiento de la devolución del pagaré, el mismo quedará sujeto a las sanciones referidas”, explicó el parlamentario colorado.
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Diputados dio media sanción a ley que establece nuevos requisitos para el JEM
El pleno de Diputados aprobó este martes el proyecto de ley que establece nuevos requisitos para integrar el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).
Se trata de la modificación del artículo 3º de la Ley 6814/2021, “Que regula el procedimiento para el enjuiciamiento y remoción de magistrados judiciales, agentes fiscales, defensores públicos y síndicos de quiebra y deroga la Ley N° 3759/2009”.
La media sanción se dio, luego un amplio debate acerca del tiempo de mandato y otros requisitos propuestos en el proyecto original.
El diputado Edgar Olmedo defendió el dictamen de la Comisión de Asuntos Constitucionales que propone una duración de mandato de tres años con posibilidad de reelección.
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Igualmente se redujo a 30 años la edad requerida, como también se redujo a cinco años el tiempo de ejercicio de la profesión, a cinco años el ejercicio de la docencia y a cinco el ejercicio de la magistratura.
La propuesta original establece que, para ser designados representantes del Congreso ante el JEM, los postulantes deberán ser de nacionalidad paraguaya, haber cumplido 35 años de edad.
Así también, debe poseer título universitario de abogado conforme a la normativa vigente y acreditar al menos diez años de ejercicio efectivo de la profesión, desempeño en la magistratura judicial, en el Ministerio Público o en la docencia universitaria en materia jurídica, de manera conjunta, separada o alternativa.
La iniciativa busca establecer requisitos más rigurosos para los representantes de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), con el propósito de unificar las condiciones de idoneidad exigidas para integrar dicho órgano.
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