Los ministros del Tri­bunal Superior de Jus­ticia Electoral (TSJE) César Rossel y Jorge Bogarín González fueron declarados inamovibles en sus cargos hasta cumplir los 75 años de edad. Así lo resolvió la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, inte­grada por los magistrados Gustavo Santander, César Diesel y Víctor Ríos.

Los integrantes de la máxima instancia judi­cial declararon inaplica­ble el artículo 19 de la ley que organiza la Corte –el cual limita la duración del mandato a cinco años– y establecieron que la edad límite es la prevista en el artículo 261 de la Consti­tución Nacional, es decir, los 75 años.

Asimismo, los ministros de la Corte mencionaron en la resolución que “los minis­tros del TSJE están sujetos a un régimen de designación y destitución conforme al artí­culo 275 de la Constitución, el cual se relaciona direc­tamente con el artículo 261 del mismo cuerpo legal. Este régimen especial ha sido res­paldado por una jurispruden­cia constante y uniforme de esta Corte”, indica la deter­minación adoptada.

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PRECEDENTE

En el fallo se cita como pre­cedente el Acuerdo y Senten­cia N.º 942/2009, dictado por la Sala Constitucional ante una acción presentada por el entonces miembro del TSJE Juan Manuel Morales. En aquella ocasión, se argu­mentó que el artículo 252 de la Constitución no es aplica­ble a los miembros del TSJE, ya que estos se rigen por el mismo criterio analógico de los ministros de la Corte, según el artículo 275 de la Constitución.

Con esta resolución judicial, Rossel y Bogarín González aseguran su permanencia en el cargo de forma defini­tiva hasta alcanzar el límite de edad legal.