La Cámara de Apelación con­firmó la prisión preventiva para el exgerente periodís­tico de Canal 9 Carlos Gra­nada, condenado a 10 años de pena privativa de liber­tad tras ser encontrado cul­pable de coacción sexual y acoso sexual, cuyas vícti­mas fueron seis periodistas del grupo Albavisión. Los camaristas que votaron por ratificar la prisión son José Agustín Fernández y José Waldir Servín. Mientras que el camarista Agustín Lovera Cañete votó por ordenar la libertad de Granada.

Los dos jueces en mayoría sostienen que subsisten los presupuestos que motiva­ron la imposición de la pri­sión preventiva. Agregaron que no surgen elementos nue­vos que permitan desvirtuar los fundamentos que justifi­caron la decisión de mante­ner la medida sobre Granada.

También los camaristas apo­yaron la posición del tribunal de sentencia con relación a que, en caso de una sentencia condenatoria, se da una pró­rroga excepcional de la pri­sión preventiva por el término adicional de tres meses en los casos de sentencia no firme.

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Por su parte, Lovera Cañete sostuvo en su voto que el arresto domiciliario consti­tuye privación de libertad y consideró que lo plasmado por el tribunal de sentencia, en cuanto a que el mismo constituye una privación de libertad ambulatoria, es incongruente.

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