La Cámara de Apelación confirmó la prisión preventiva para el exgerente periodístico de Canal 9 Carlos Granada, condenado a 10 años de pena privativa de libertad tras ser encontrado culpable de coacción sexual y acoso sexual, cuyas víctimas fueron seis periodistas del grupo Albavisión. Los camaristas que votaron por ratificar la prisión son José Agustín Fernández y José Waldir Servín. Mientras que el camarista Agustín Lovera Cañete votó por ordenar la libertad de Granada.
Los dos jueces en mayoría sostienen que subsisten los presupuestos que motivaron la imposición de la prisión preventiva. Agregaron que no surgen elementos nuevos que permitan desvirtuar los fundamentos que justificaron la decisión de mantener la medida sobre Granada.
También los camaristas apoyaron la posición del tribunal de sentencia con relación a que, en caso de una sentencia condenatoria, se da una prórroga excepcional de la prisión preventiva por el término adicional de tres meses en los casos de sentencia no firme.
Por su parte, Lovera Cañete sostuvo en su voto que el arresto domiciliario constituye privación de libertad y consideró que lo plasmado por el tribunal de sentencia, en cuanto a que el mismo constituye una privación de libertad ambulatoria, es incongruente.

