La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó la acción de inconstitucionalidad presentada por el exintendente de Lambaré Roberto Cárde­nas, condenado a 8 años de cár­cel, por lesión de confianza en la causa penal por la reparación y remodelación de institucio­nes educativas, donde debido a obras deficientes, el techo de una de las aulas se derrumbó sobre los alumnos del Colegio Nacional de la ciudad.

Con la resolución judicial, el exjefe comunal debe ser enviado a la cárcel para cum­plir su condena por lesión de confianza por la construcción irregular de 15 instituciones educativas, en las que se causó un perjuicio patrimonial a la comuna de G. 859.559.122.

La resolución judicial lleva la firma de los ministros Víc­tor Ríos, Gustavo Santander y César Diésel. Los mismos llegaron a la conclusión que corresponde rechazar la acción presentada por Cárdenas.

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ANTECEDENTES

El caso data de diciembre de 2016, tras la imputación por lesión de confianza y activida­des peligrosas en la construc­ción, investigación que se inició ante la sospecha de sobrefactu­ración en la construcción de las 15 instituciones educativas y una supervisión en Lambaré.

Aparentemente, el intendente había sobrefacturado el costo de las construcciones en la mencionada institución.

Esta investigación también se inició luego del derrumbe de varias aulas del Colegio Nacio­nal Lambaré, hecho ocurrido en el 2015 y que dejó al menos 23 alumnos heridos.

Ahora con el fallo de la Corte Cárdenas ya agotó todas las instancias para apelar y debe cumplir con la condena que se le impuso.

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