La fiscal Gladys González, de la Unidad Penal N° 2 de la Fiscalía de Lambaré, representó al Ministerio Público en un juicio oral y público, donde Arsenio Ortiz Salinas fue condenado a 2 años con suspensión a prueba de la condena en razón de la comisión del hecho punible de incumplimiento del deber legal alimentario.
La acusación fue ampliada en el juicio oral y público, de conformidad al Artículo 386 del Código Procesal Penal, en razón de que luego de la acusación hecha por la Fiscalía, el hombre no cumplió con la asistencia alimentaria.
Los antecedentes del caso refieren que Arsenio debía abonar mensualmente la suma de G. 600.000 en concepto de asistencia alimenticia para sus hijos mellizos.
La madre de los niños indicó en su denuncia que Ortiz Salinas nunca realizó los depósitos en la cuenta bancaria asignada para el efecto, sino que le entregaba el dinero bajo recibo, y varios meses no entregó nada.
Según datos de la investigación fiscal, el hombre adeudaría la suma de G. 13.693.136 en concepto de asistencia alimentaria.

