El ministro de Salud, Julio Mazzoleni, aprobó por resolución los procedimientos y requisitos para la autorización del funcionamiento de piscinas de acceso al público, balnearios y playas. Dichos lugares fueron habilitados mediante el nuevo decreto emitido en el marco del levantamiento gradual de aislamiento por la pandemia.

La resolución especifica que, para lograr la habilitación del sector, el propietario o responsable deberá presentar a la municipalidad: “una solicitud escrita y firmada por él; habilitación o autorización otorgada por el Mades y permiso o autorización de habilitación de la municipalidad correspondiente”. Desde la cartera sanitaria indicaron que ante la falta de alguno de estos documentos, procederán al cierre del local.

La municipalidad receptora de la solicitud, en caso de hallarse reunidos los requisitos establecidos en esta resolución, elevará el pedido al Centro de Operaciones de Emergencia del Ministerio de Salud con el fin de que este se expida sobre la autorización de funcionamiento”, refirieron.

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