Los senadores Arnaldo Franco, Patrick Kemper, Salyn Buzarquis, Derlis Oso­rio y Sixto Pereira decidie­ron impulsar un proyecto de ley que autoriza la operación y habilitación excepcional y temporal de vehículos espe­ciales para la prestación del servicio de transporte público terrestre de pasajeros. Esta iniciativa obedece a la nece­sidad de cubrir las necesidades de transporte público de la gente, que en el primer día de “cuarentena inteligente” sufrió las consecuencias por su escasa disponibilidad.

“Hemos decidido presentar este proyecto de ley con los senadores Patrick Kemper, Salyn Buzarquis, Derlis Osorio y Sixto Pereira. El propósito es garantizar la continuidad del servicio de transporte público en beneficio de toda la ciudada­nía ante la situación de emer­gencia sanitaria”, anunció ano­che en su cuenta de Twitter el senador Arnaldo Franco, de Honor Colorado.

El documento dice que el Ministerio de Obras Públi­cas y Comunicaciones será la institución encargada de la aplicación, ejecución y fis­calización del cumplimiento de la ley en sus respectivas áreas territoriales de com­petencia, a través del Vice­ministerio de Transporte y la Dirección Nacional de Transporte.

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Las mencionadas entidades “otorgarán permisos y habili­tarán vehículos especiales de manera excepcional y tempo­ral para la prestación de las dis­tintas modalidades de trans­porte público, obviando los procesos de licitación pública establecidos en los siguien­tes casos: emergencias sani­tarias, catástrofes, cualquier otra circunstancia extraordi­naria o inusual que ponga en peligro o afecte la prestación normal de cualquiera de las modalidades del transporte público de pasajeros”.

En virtud al proyecto, las unidades de transporte habilita­das deberán tener carrocerías que estén montadas sobre chasis específicamente dise­ñados para el transporte de pasajeros. No obstante, esas instituciones deberán regla­mentar “todos los aspec­tos relacionados tales como características técnicas, fre­cuencia, itinerarios y para­das”. Hasta prevé “sancio­nes y multas y cualquier otra cuestión que haga relación a la prestación del servicio público de transporte de pasajeros”.

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