La confidencialidad en la información es fundamen­tal para el manejo de casos sospechosos, confirmados y fallecidos por COVID-19. El manejo responsable de la información puede evitar que los pacientes sufran dis­criminación e incluso agre­siones, indicó el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Por este motivo, ins­tan a respetar la identidad de pacientes con COVID-19.

En este sentido, el Ministe­rio de Salud recuerda que la Constitución Nacional, en su artículo Nº 33 “Del dere­cho a la intimidad”, establece que la intimidad personal y familiar, así como el respeto a la vida privada, son inviola­bles. Se garantiza el derecho a la protección de la intimidad, de la dignidad y de la imagen privada de las personas.

OBLIGACIÓN DEL PERSONAL DE BLANCO

Así también, se reitera la vigencia de la resolución S.G. Nº 146/2012 de la cartera sanitaria que en su artículo Nº 4 indica que “el personal de salud tiene la obligación de respetar y de proteger los derechos a la intimidad y a la privacidad de las perso­nas, por lo que en los servi­cios de salud queda terminan­temente prohibido filmar o fotografiar a usuarios sin su consentimiento”.

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Es importante que la ciuda­danía comprenda la necesi­dad de resguardar la iden­tidad de aquellas personas que dieron resultado positivo al COVID-19 y/o han falle­cido a causa de esta enferme­dad, como así también la de sus familiares, teniendo en cuenta la repercusión nega­tiva que puede generar ese dato en la ciudadanía.

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