Paralelamente al comienzo del año lectivo y con miras a dinamizar y organizar el tránsito, agentes municipales prosiguieron a intervenir frente a conocidos colegios privados.

Entre los tantos agra­vios al orden público se halla la prohibi­ción a estacionar en doble fila. La práctica es muy común en horas pico y frente a colegios privados. Miles de internautas lo denuncian desde siempre, pero ayer, curiosamente, agentes de la Policía Municipal de Trán­sito procedieron a retirar vehículos que incurrieron en tal infracción.

En la mañana de ayer, una grúa municipal procedió a trasladar un vehículo esta­cionado frente al colegio Cristo Rey de la capital, ubi­cado sobre la avenida Yga­timí. La demora en el estacio­namiento en la vía pública es considerada una infracción. La sanción por estacionar en doble fila alcanza los 11 jor­nales (G. 927.740), sumando 3 jornales (G. 253.020) por traslado mediante grúa al corralón, por lo que en total la sanción asciende a G. 1.180.760.

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La mala práctica de estacionar en doble fila fue sancionada ayer en horas de la mañana; por la tarde, los padres volvieron a estacionar en el lugar.

En el denominado opera­tivo “Retorno a clases” fue­ron seis los vehículos que incurrieron en esta infrac­ción, según puntualizó Blas Sosa, director de la Policía Municipal de Tránsito de la comuna capitalina. Son más de 65 colegios a cubrir y 106 inspectores.

HASTA 20 JORNALES

Las multas leves van de un jornal mínimo hasta tres, las graves van de 4 a 10 jor­nales mínimos. Y las graví­simas van de 11 a 20 jorna­les (G. 1.686.800), según el ayudante de la Dirección Operativa de la Patru­lla Caminera, inspector Édgar Fariña. “Hay que acotar que las infraccio­nes en materia de tránsito vial terrestre se dividen en faltas administrativas y penales”, dijo. En el último caso interviene el Ministe­rio Público y el juez ordi­nario asignado a la causa.

Un hecho punible es con­siderado no tener licencia de conducir, menores con­duciendo, conducción de cualquier vehículo auto­motor bajo influencia de estupefacientes y alcohol, citó. Las penas privativas de libertad generalmente no se aplican porque son deli­tos, indicó, y queda a crite­rio del juez penal y fiscal de turno. En este caso existe un “criterio de oportuni­dades o pena privativa de libertad que generalmente no se aplica”, precisó. En los delitos existen salidas procesales; es decir, multas en lugar de pena privativa, reiteró. En cambio, cuando se comete un crimen, sí se aplica la pena privativa de libertad, cuya expectativa va desde 5 años hasta el máximo de 25 años.

EL 95% DE LICENCIAS “ES COMPRADO”

Cuestionó que municipali­dades “vendan” licencias de conducir sin haber consta­tado que efectivamente el usuario conozca las reglas de tránsito y haya pasado por un examen psicotécnico a fin de obtener la habilitación. El descontrol en la expedición es un factor inicial para con­tribuir con el caos en la vía pública, principalmente.

“Acá en Paraguay, la falta de cultura vial es nuestro pro­blema. Lastimosamente, acá compramos la licencia de conducir, documento emi­tido por autoridad compe­tente que habilita al titular a guiar un vehículo automotor dentro de la red vial nacio­nal. Hoy día en un 95% com­pramos. Son cuestiones que municipios deben corregir. Se debería exigir el examen teórico y práctico. Algunos le quieren culpar a la Patrulla Caminera o al policía muni­cipal de Tránsito de no ense­ñarle en la vía pública, eso es incorrecto porque si él desco­noce las reglas de tránsito, es un peligro para sí mismo y los demás. Nosotros no somos organismos de enseñanza en la red vial”, comentó.

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