La descripción para acceder al Reembolso de Gastos Funcionarios en la página web del Instituto de Previsión Social (IPS) sostiene que la prestación la puede cobrar cualquier persona que acredite haber abonado los gastos funerarios de un jubilado o un asegurado activo siempre y cuando, el mismo, no sea heredero del fallecido.
Andrés Silguero realizó la petición para el reembolso, cumplió con todos los requisitos y burocracias, pero las prestaciones por fallecimiento resultaron ser una farsa, ya que desde hace casi un año busca recibir el importe y hasta ahora las autoridades del IPS sostienen que la resolución está vencida.
En el caso de Silguero, cuyo suegro es el fallecido, pidió el reembolso de G. 3 millones por los gastos funerarios y aunque cumplió con todos los documentos, las autoridades se niegan a entregarle el importe.
“En el portal continúa estando la posibilidad de adquirir el beneficio, pero esto no se cumple, en agosto del año pasado falleció mi suegro, desde esa fecha estamos tratando de que se nos devuelva lo que gastamos, terminamos de presentar todos los documentos, porque cada vez que íbamos nos decían que faltaba algo más, luego, las autoridades dijeron que en enero se desembolsaría el valor, pero al acercarnos esto no ocurrió, volvimos a ir en otra fecha próxima y nos dijeron que la resolución ya no servía”, lamentó.
Agregó que aparentemente la inoperancia y la burocracia hacen que no se pueda acceder al reembolso de gastos funerarios para los jubilados o asegurados cotizantes que ofrece el Instituto de Previsión Social (IPS).
Por otra parte, Cecilia Rodríguez, directora de Jubilaciones del IPS, dijo que según un dictamen jurídico se les está pagando a las personas que no son herederas, incluso sostuvo que se encuentra en auditoría, por todo lo pagado indebidamente, ya que antes se reembolsaba a herederos.
“Si la persona realmente es un tercero, no es un heredero o pariente cercano, se le pagará sin problemas, tampoco existe retrasos ni un exceso de burocracia”, concluyó.
Según el portal web del IPS, el tipo de trámite es presencial, el solicitante debe constituirse en forma personal a fin de realizar el trámite, el tiempo estimado para el desembolso es de 60 días y no posee costo.

