En los últimos tiempos y den­tro del marco de la estética de rodados, los propietarios proceden a tapar el número de identidad de sus respecti­vos automóviles. En este sen­tido, la directora del Registro Único del Automotor (RUA), Julia Cardozo de Benítez, recordó que esa moda está restringida por ley.

Se trata de una infracción al dificultar la identificación del rodado. “La gente quiere llamar la atención y pintan, incluso, se ven en circulación algunos vehículos que tienen chapas que son acrílicas”, dijo.

La ordenanza 479/10, en su artículo 90, expresa que adulterar una placa corres­ponde una falta gravísima para quienes reemplacen la emitida por el ente por otrade material acrílico. En efecto, los infractores se exponen a una sanción con una multa que va desde 11 a 20 jornales.

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Incluso, las leyes 5.236 y 608/95 hacen referencia al tipo de placa, al diámetro y color uniforme de las mismas. Además, detallan cómo debe estar identificado el cha­sis del vehículo y el sistema de iluminación y recuerdan que no existe otro ente, aparte del RUA, que emita dicha placa.

CHAPAS

La directora agregó que las chapas a partir de la letra B tienen garantía de 10 años, mientras que las de la serie A están obsoletas.

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