La Justicia Militar presentó una apelación contra la acción de hábeas corpus interpuesta por la defensa de la teniente Carmen Quinteros, quien se encuentra procesada por delitos vinculados a faltas disciplinarias y quien cuenta con orden de encarcelación.

De acuerdo con la apelación, el hábeas corpus solo puede ser otorgado durante el proceso en caso de ser privada "ilegítimamente" de su libertad. La teniente Quinteros había manifestado que la orden de prisión preventiva fue porque solicitó amamantar durante su guardia a su recién nacido.

A la uniformada se le atribuyen cargos por calumnia y falta contra la disciplina militar por un hecho registrado en octubre del 2016, cuando envió una nota para solicitar la reconsideración de un traslado, pero no respetó la forma militar y sobrepasó la cadena de mando, según argumentan desde la institución.

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El capitán Livio Duarte Romero, director de Comunicación Social de la Armada Militar, explicó que la procesada tiene tres horas diarias para amamantar a su hijo y que ese derecho nunca le fue quitado. Ella, con el argumento de su maternidad, había solicitado ser exceptuada de las guardias, pero este privilegio no se le puede otorgar, pues va contra la ley, acotó.

SIN EFECTO

Tras días de intensa polémica, el pasado 14 de mayo, la teniente Carmen Quinteros, quien había denunciado a la institución castrense por no permitirle su derecho a amamantar, no pasó a prisión por la supuesta falta disciplinaria que cometió.

La jueza Blanca Gorostiaga había firmado el hábeas corpus preventivo promovido por el defensor del pueblo, Miguel Ángel Godoy, a través del cual dejó sin efecto toda medida restrictiva en contra de la teniente Quinteros.

La uniformada había sido informada –no notificada– que sería encarcelada, ya sea en una penitenciaría militar o en su domicilio, supuestamente luego de que exigiera su derecho de poder amamantar a su recién nacido durante la guardia.

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