El director general del Registro del Estado Civil, Maxi Ayala, aclaró que en Paraguay sí es posible que los hijos lleven primero el apellido de la madre, siempre que exista un acuerdo entre ambos progenitores al momento de la inscripción.

Ayala explicó que la legislación paraguaya contempla esta posibilidad y establece además que, una vez definido el orden de los apellidos para el primer hijo, este deberá mantenerse para los demás hermanos.

“El hijo sí podrá llevar como primer apellido el de la madre y como segundo apellido el del padre”, señaló el titular del Registro del Estado Civil en un video difundido en redes sociales.

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No obstante, advirtió que, en caso de no existir consenso entre ambos padres, la ley dispone que el niño o niña lleve en primer lugar el apellido paterno.

La aclaración surgió ante las reiteradas consultas ciudadanas sobre la posibilidad de invertir el orden tradicional de los apellidos en Paraguay, una práctica que en los últimos años ganó debate en distintos países de la región.

Caso particular

En enero de este año, un caso de cambio de apellido paterno ganó repercusión. La Justicia autorizó a un joven de 18 años a suprimir el apellido de su papá por abandono desde el primer año de vida.

El hecho ocurrió en la ciudad de Hernandarias, departamento de Alto Paraná, donde el joven, nacido en febrero de 2007 y originalmente inscripto y reconocido ante el Registro del Estado Civil por ambos padres, solicitó portar exclusivamente el apellido de su madre

El defensor público Rodrigo Ayala González, quien asistió al joven, sostuvo que la petición forma parte del derecho al nombre y al apellido como expresión de la identidad personal y protección de la imagen, conforme al artículo 25 de la Constitución Nacional.

Durante el juicio civil, la defensa presentó como pruebas de la ausencia del padre diversas fotografías, comprobantes de pago de escolaridad solventados únicamente por la madre, así como certificados de antecedentes penales y policiales que acreditan la conducta íntegra del joven.

Finalmente, la acción fue admitida por el Juzgado de Primera Instancia de Hernandarias, que resolvió que el joven pase a portar únicamente el apellido materno en todos sus documentos personales. Asimismo, el juzgado ordenó modificar el acta de nacimiento en el Registro del Estado Civil, suprimiendo el apellido paterno, y dispuso que se comunique la decisión al Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional.

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