La Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (Dinavisa) emitió una alerta sanitaria por la comercialización no autorizada de productos que contienen tirzepatida, en Ciudad del Este. En la frontera venden estos productos en distintas tiendas, incluso hasta en las de ropas y estos requieren de buena refrigeración para mantener su efecto.
Según Andrea Osorio, directora de postcomercialización de Dinavisa, se ha detectado la comercialización no autorizada de este productor en el departamento de Alto Paraná especialmente en zona fronteriza e incluso se pudo comprobar que personas de Brasil pasan para adquirirlo.
Emitieron la lista de los fármacos que supuestamente contienen tirzepatida y que son vendidos en distintos comercios. Estos son: Mounjaro, Tirzapatide injection, TirzseBound, Tirzepatide- Freedom Research, Tirzepatide y Synedica Labs.
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“Estos productos necesitan de una conservación de 2 a 8 grados y encontramos que están disponibles en la frontera de Alto Paraná, que son comercializados incluso en góndolas donde venden ropas sin ninguna condición de almacenamiento que requiere el producto”, indicó en entrevista con unicanal.
Afirmó que en varios procedimientos retiraron todos los productos de establecimientos que no están habilitados. Recomendó no comprar estos productos de redes sociales o de locales que no están autorizados para su venta, porque no garantizan tener registro sanitario vigente.
“Estos productos no cuentan con Registro Sanitario vigente en Paraguay, requisito indispensable para su importación, distribución y comercialización legal en el país. El uso de este producto representa un grave riesgo para la salud pública, ya que no se puede garantizar su composición, calidad, seguridad ni eficacia”, puntualizó.
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Alto Paraná: se entrega joven acusada de matar a su expareja y alega legítima defensa
Karina Fernanda Custodio de Oliveira, de 29 años, se presentó voluntariamente ayer lunes ante la Fiscalía de Minga Porã, acompañada de su abogado, tras permanecer prófuga por el homicidio de su expareja, Valdecir Meiners Casiano (52). La mujer prestó una extensa declaración ante el fiscal Fernando Galeano, quien en las próximas horas deberá resolver su situación procesal y definir si solicita su prisión preventiva.
El trágico hecho ocurrió el pasado 7 de octubre en una vivienda de la colonia San Francisco Javier, en el distrito de San Alberto, en el departamento de Alto Paraná. Según el relato de la imputada, el ataque se produjo en medio de una violenta riña desatada luego de que ella rechazara la propuesta del hombre de retomar la relación sentimental que mantenían desde hacía cinco años.
La joven afirmó que actuó estrictamente en legítima defensa tras sufrir una brutal golpiza que le ocasionó diversas contusiones y heridas cortantes. Aseguró que el desenlace fatal ocurrió mientras intentaba proteger su vida, luego de que su agresor reaccionara con furia ante su negativa de reconciliarse.
La procesada reveló que soportó un prolongado historial de violencia física y verbal durante la convivencia, que incluyó graves episodios como el incendio de una vivienda, disparos y agresiones públicas. Debido a la reiteración de los abusos, la mujer había decidido finalizar el vínculo semanas atrás e incluso presentó denuncias formales contra la víctima. Entre los antecedentes incorporados al expediente consta una denuncia presentada por la joven en abril pasado, en la que expuso haber recibido reiteradas amenazas de muerte y amedrentamientos por WhatsApp.
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Militares apoyan evacuación de familias afectadas por inundaciones en el Este
El ministro de Defensa Nacional, Óscar González, informó que las Fuerzas Armadas, junto a la Armada, la Infantería y la Entidad Binacional Itaipú, realizan tareas de evacuación de personas afectadas por las inundaciones en el departamento de Alto Paraná.
“La tarea es evacuar a la gente utilizando vehículos livianos, todo se hace en camionetas de los militares y de Itaipú”, comentó a La Tribu 650 AM.
De momento 150 familias se ven afectadas por las inundaciones tras las copiosas lluvias registradas en esta región del país.
El ministro manifestó igualmente en tarea conjunta con la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN), la Gobernación y la Municipalidad de Ciudad del Este que se coordinan acciones preventivas y habilitación de albergues para las familias.
“Las tareas de prevención están realizadas porque esto es un trabajo en conjunto, hay un Consejo de Emergencia Departamental, estuvimos también reunidos con el gobernador, el ministro de la SEN, los comandantes militares y la gente de la Municipalidad”, señaló.
Dijo que la Municipalidad de Ciudad del Este ya habilitó un local en el centro para que las personas sean instaladas en ese lugar.
El ministro explicó que la mayoría de las personas afectadas por las inundaciones en el este del país se trasladaron a viviendas de familiares y amigos. Además, confirmó que otras familias fueron ubicadas en un albergue cercano a sus hogares, en una zona más elevada para resguardarse de las inundaciones.
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Peña ordenó despliegue de fuerza operativa para asistir a familias por crecida en el Este
El presidente de la República, Santiago Peña, ordenó a las Fuerzas Armadas, Itaipú, Secretaría de Emergencia Nacional (SEN), Ministerio de Desarrollo Social, y otras instituciones para el despliegue de toda la fuerza operativa a fin de proteger y asistir a las familias afectadas por la crecida del río Paraná en Ciudad del Este.
Precisamente, operativos de las instituciones mencionadas ya se encuentran en el terreno afectado con la ejecución de evacuaciones seguras, estableciéndose un puesto de comando permanente en la Gobernación de Alto Paraná para garantizar la asistencia humanitaria ininterrumpida.
Un posteo en redes sociales de la Presidencia de la República señala que el Estado está presente y no descansará hasta asegurar el bienestar de cada compatriota.
En Ciudad del Este, la situación se torna muy crítica para varias familias, ya que las inundaciones y los daños en viviendas mantienen en alerta a los pobladores.
En el barrio Fátima se reportaron deslizamientos de tierra que provocaron el derrumbe de casas y la caída de árboles, dejando a algunas familias a la intemperie y con la necesidad urgente de recibir asistencia.
En la zona baja del barrio San Rafael, de CDE, continúan los trabajos de evacuación de familias afectadas por la crecida del río Paraná y el desborde del arroyo Acaraymí.
Unas 60 familias ya fueron evacuadas de las zonas inundadas, por parte de los trabajos de asistencia de la Itaipú Binacional, la Municipalidad de Ciudad del Este, Bomberos Voluntarios, Fuerzas Armadas y otras instituciones.
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La decisión que transformó una frontera disputada en una zona de paz
- Embajador Carlos José Fleitas
- Fotos: Gentileza
A lo largo de su historia, Paraguay recurrió en tres momentos decisivos al arbitraje para resolver controversias territoriales. El primero fue el laudo Hayes con la Argentina en 1878, que reconoció la soberanía paraguaya sobre el territorio situado entre los ríos Verde y Pilcomayo; el segundo, el laudo arbitral del Chaco del 10 de octubre de 1938, que fijó la frontera con Bolivia después de la guerra del Chaco; y el tercero, conocido como el arbitraje del cerro Chovoreca, culminó con el fallo del 11 de julio de 1969 y determinó la ubicación correcta de uno de los vértices establecidos en 1938.
Pese a su importancia para la definición territorial del país, el laudo de 1938 ha recibido menor atención que los otros dos casos. Detrás de su pronunciamiento existió, además, un episodio poco conocido y todavía controvertido: el acta reservada del 9 de julio de 1938, mediante la cual las partes y los países mediadores anticiparon el trazado fundamental de la futura frontera antes de la firma del Tratado de Paz y del fallo formal de los árbitros.
DE LA TREGUA AL ARBITRAJE
El Protocolo de Paz firmado en Buenos Aires el 12 de junio de 1935 puso fin a las hostilidades de la guerra del Chaco y abrió las negociaciones para resolver la cuestión territorial. La Conferencia de Paz del Chaco, integrada por representantes de Argentina, Brasil, Chile, Estados Unidos, Perú y Uruguay, asumió la tarea de acercar las posiciones de los antiguos contendientes.
Las negociaciones se extendieron durante más de tres años, prueba de que el cese del fuego no había resuelto automáticamente el problema de límites. Finalmente, el 21 de julio de 1938, Paraguay y Bolivia firmaron en Buenos Aires el Tratado de Paz, Amistad y Límites, bajo los auspicios y la garantía moral de los seis Estados mediadores.
Por Paraguay participaron, entre otros, Cecilio Báez, José Félix Estigarribia, Luis A. Riart y Efraím Cardozo; por Bolivia, Eduardo Diez de Medina y Enrique Finot. Los instrumentos de ratificación fueron intercambiados el 29 de agosto de 1938 (González de Bosio, 2022).
ACUERDO RESERVADO
Antes de la firma pública del Tratado de Paz, Amistad y Límites, en la madrugada del 9 de julio de 1938 las delegaciones de Paraguay y Bolivia rubricaron, junto con los mediadores, el proyecto de tratado, aunque debían someterlo a la aprobación de sus respectivos gobiernos. En esa misma fecha se suscribió un documento reservado titulado “Paraguay-Bolivia.
Acta rubricada en la ciudad de Buenos Aires, 9 de julio de 1938”, en el cual los representantes de las partes y de los países mediadores anticiparon el recorrido general que debía respetar el futuro laudo arbitral.
El acta afirmaba que la Conferencia de Paz había identificado, con el asesoramiento de sus técnicos militares y después de escuchar separadamente a las partes, una delimitación transaccional basada en los puntos de coincidencia existentes. En él se anticipó una línea que comenzaba en Esmeralda, sobre el río Pilcomayo; se dirigía hacia 27 de Noviembre, dejando Yrendague al este; continuaba por Capitán Ustares, Palmar de las Islas, Fortín Paredes y cerro Chovoreca; y llegaba al río Negro u Otuquis y a su desembocadura en el río Paraguay.
El documento declaraba que el futuro laudo respetaría esa solución “fiel y escrupulosamente”, considerándola razonable y definitiva por los negociadores (Rout, 1970).
Los compromisos del 9 de julio fueron confirmados y complementados, ya que el 19 de julio Bolivia solicitó nuevas garantías de que el Colegio Arbitral respetaría lo acordado, mientras Paraguay recibió seguridades escritas sobre el sector occidental de la frontera y la permanencia de los fortines Patria y Galpón bajo su jurisdicción.
El acta no fue un documento aislado, sino la pieza central de una negociación reservada más amplia que preparó el camino para la firma pública del Tratado de Paz, el 21 de julio, y para el laudo arbitral del 10 de octubre. Aunque el fallo mantuvo la orientación general del acta, incorporó referencias geográficas como Villazón, el punto situado diez kilómetros al oeste de Estrella; Cerrito Jara y determinadas intersecciones de paralelos y meridianos. Es decir, el trazado definitivo mantuvo la orientación fundamental del acuerdo previo, pero no lo reprodujo literalmente. El documento, por tanto, no sustituye al laudo arbitral, aunque permite comprenderlo como la culminación jurídica de una solución política negociada previamente y mantenida bajo reserva.
CONTROVERSIA
El acta ha generado controversias históricas, su carácter reservado y su divulgación pública muchos años después motivaron cuestionamientos sobre la transparencia de las negociaciones. Además, al afirmar que el futuro laudo respetaría “fiel y escrupulosamente” la línea acordada, abrió la discusión sobre el margen de decisión que conservaron los árbitros. También provocó reparos jurídicos porque fue rubricada antes de que las delegaciones obtuvieran la aprobación definitiva de sus gobiernos y antes de la firma y ratificación del Tratado de Paz. A ello se sumaron las diferencias internas de la representación paraguaya ante las concesiones territoriales discutidas.
BASE JURÍDICA
El tratado no sometió nuevamente a discusión la totalidad del Chaco Boreal. Reconoció directamente determinados espacios y estableció una zona dentro de la cual los árbitros debían fijar la línea definitiva. La decisión tendría el carácter de un arbitraje de equidad: los árbitros debían pronunciarse según su leal saber y entender, considerando la experiencia de la Conferencia de Paz y los dictámenes de sus asesores militares.
A diferencia de un arbitraje estrictamente jurídico, centrado principalmente en la aplicación de tratados anteriores, títulos coloniales y otras normas de derecho, los árbitros de equidad podían buscar una solución considerada justa, razonable y viable para ambas partes. Debían pronunciarse según su “leal saber y entender”, tomando en consideración los antecedentes reunidos por la Conferencia de Paz, los dictámenes de los asesores militares y las condiciones geográficas, económicas y de seguridad de los dos países. La finalidad era alcanzar una fórmula que pudiera cerrar el conflicto y evitar una nueva guerra.
El Tratado fijó los márgenes que la decisión no podía sobrepasar. En el sector occidental, la línea debía situarse dentro de una franja determinada entre el río Pilcomayo y el meridiano del fortín 27 de Noviembre. En el norte y el este, debía mantenerse entre la propuesta presentada por la Conferencia de Paz el 27 de mayo de 1938 y la contrapropuesta paraguaya del 24 de junio. Además, el litoral del río Paraguay situado al sur de la desembocadura del río Negro u Otuquis quedó expresamente excluido del arbitraje.
Los árbitros eran los presidentes de Argentina, Brasil, Chile, Estados Unidos, Perú y Uruguay, quienes delegaron sus funciones en representantes plenipotenciarios. Argentina designó a José María Cantilo, Isidoro Ruiz Moreno y Pablo Santos Muñoz; Brasil, a José de Paula Rodrigues Alves; Chile, a Luis Barros Borgoño y Manuel Bianchi; Estados Unidos, a Spruille Braden; Perú, a Felipe Barreda Laos y Luis Fernán Cisneros; y Uruguay, a Eugenio Martínez Thédy. Sus poderes los facultaban para deliberar y suscribir el fallo en nombre de los respectivos jefes de Estado (Comisión Mixta Demarcadora de Límites Boliviano-Paraguaya, 2007).
EL FALLO
Cumplidas las ratificaciones, los delegados de los seis presidentes mediadores se reunieron en Buenos Aires como Colegio Arbitral y el 10 de octubre pronunciaron el fallo que determinó la línea divisoria.
Paraguay y Bolivia fueron oídos en una audiencia especial y presentaron alegatos acompañados de documentación y una Comisión Militar Asesora realizó un relevamiento aerofotográfico y reconoció las zonas definidas. El Colegio Arbitral no examinó solamente los antecedentes jurídicos e históricos, sino también las condiciones geográficas, económicas y de seguridad de ambas partes. Sobre esa base, concluyó que la línea adoptada representaba una solución equitativa y aprobó el fallo por unanimidad.
La frontera quedó organizada en dos grandes zonas que convergían en 27 de Noviembre o Gabino Mendoza. En la zona occidental, la línea partía de ese punto, descendía hacia Villazón, pasaba diez kilómetros al oeste de Estrella y terminaba en el thalweg o canal navegable del río Pilcomayo. En la zona norte, avanzaba hacia el cerro Capitán Ustares, la Cañada del Palmar de las Islas y la intersección del meridiano de Fortín Paredes con el paralelo de Fortín Ravelo. Luego alcanzaba el punto más alto del cerro Chovoreca y Cerrito Jara, llegaba al río Negro u Otuquis y seguía su thalweg hasta la desembocadura en el río Paraguay.
El uso de fortines, elevaciones, palmares, cursos de agua, paralelos y meridianos muestra que la frontera combinó referencias militares, accidentes naturales y líneas geométricas. El documento fue dado en Buenos Aires en tres ejemplares redactados en español, inglés y portugués, y dispuso que el texto en español prevalecería en caso de duda.
DELIMITAR VS. DEMARCAR
El laudo delimitó la frontera: determinó jurídicamente por dónde debía pasar. Todavía era necesario demarcarla, es decir, identificar sus puntos en el terreno, calcular coordenadas, abrir picadas y construir los hitos que harían visible la separación entre los dos Estados.
El acta del 25 de noviembre de 1938 constituyó la Comisión Mixta Demarcadora de Límites. Bolivia estuvo representada por el coronel Abelardo Prieto y el mayor Walter Salinas; Paraguay, por el teniente coronel Abdón Palacios y el teniente primero de Marina Néstor Rodríguez. Como quinto miembro y presidente fue designado el coronel argentino Ernesto Florit, en representación de los países mediadores.
La Comisión debía dictar su reglamento, acordar el plan de acción y definir los métodos de trabajo. El presidente dirigía los debates, verificaba la ejecución de las decisiones y resolvía definitivamente las cuestiones técnicas y prácticas en las que las partes no alcanzaran un acuerdo.
LEGADO
El Tratado de Paz estableció la fórmula política y jurídica; el laudo determinó la línea dentro de la zona acordada; y la Comisión Mixta se encargó de reconocerla y demarcarla materialmente.
Los documentos producidos durante la demarcación –actas, mapas, croquis, fotografías, informes y libretas de campo– muestran una dimensión de la historia fronteriza que suele quedar oculta detrás de los grandes acontecimientos diplomáticos. La frontera no fue únicamente una línea decidida por presidentes y cancilleres: también fue recorrida por técnicos, topógrafos, militares, ingenieros y delegados que debieron confrontar las palabras del fallo con la geografía del Chaco.
El carácter equitativo del arbitraje permite comprender por qué la solución de 1938 no coincidió plenamente con las aspiraciones territoriales máximas de ninguna de las partes. Aunque la consigna del Dr. Manuel Domínguez –“Ni más allá ni más acá del Parapití”– había expresado durante años la reivindicación paraguaya de reconocer aquel río como límite histórico del Chaco, la frontera definitiva surgió de una realidad más compleja.
Las consecuencias de la guerra, las posiciones de Paraguay y Bolivia, la intervención de los mediadores y la necesidad de evitar un nuevo enfrentamiento exigieron concesiones y una intensa negociación diplomática. Para el Paraguay significó el reconocimiento de la mayor parte del Chaco Boreal y la preservación de su soberanía sobre el litoral del río Paraguay; para Bolivia, consolidó el dominio sobre el sector noroccidental.
El laudo no satisfizo todas las aspiraciones territoriales de ambos países, pero alcanzó algo que décadas de conversaciones, protocolos y mediaciones no habían conseguido: transformar el final de la guerra de dos naciones hermanas en una frontera jurídicamente definida y así abrir una nueva etapa de paz entre Paraguay y Bolivia.