La fiscal Samara Lesme habló de las diligencias autorizadas tras el hallazgo de centenares de documentos contables, entre pagarés y otros, en una vivienda ubicada en Lambaré. Tras la revisión preliminar, toda la documentación será llevada a la Fiscalía, confirmó.
“Nos constituimos como Ministerio Público para una revisión y efectivamente, se encontró una cantidad muy grande de documentos que corresponden a varias empresas, en su mayoría documentos contables, facturas, recibos y algunos pagarés. Toda la documentación fue retirada de la casa y trasladada hasta un depósito del Ministerio Público para su posterior análisis”, señaló a la 780 AM.
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Contó que se hallaron copias y originales de pagarés firmados, algunos de ellos sin fecha. La comitiva fiscal se quedó en el sitio a trabajar hasta la media noche de ayer miércoles, para una selección y división por empresas de la documentación requisada.
“Un abogado se presentó en la casa, ante el Ministerio Público todavía no hablamos con nadie. Pero se presentó alegando que era documentación de empresas que son clientes suyos y que un funcionario de confianza de la empresa que estaba alquilando esa casa es el que trasladó hasta ahí toda esa documentación porque la empresa se iba a mudar. Entonces, necesitaban un lugar donde depositar. Es eso lo que dijo esta persona”, remarcó.
Básicamente los documentos corresponderían a Punto Hogar, Utopía y Werles, que se dedican a la venta de electrodomésticos. “Vi pagarés de varios años, hay muchos antiguos ya: 2016, 2018 o sea de varios años, pero ninguno muy actual”, relató.
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Metrobús: “El daño no solo es patrimonial, se pagó por una obra que no tenemos”, dice fiscal
“Arnoldo Wiens pagó con plata del Estado para destruir infraestructuras del Estado que estaban siendo construidas en el marco de un proyecto que venía hace más de 20 años”, dijo la fiscal Yeimy Adle al defender la acusación y pedido de juicio oral y público para el exministro de Obras Públicas en el marco de la fallida obra del metrobús.
“Nosotros queremos que se esclarezca el caso, que sea debatido en un juicio oral, que se conozcan las pruebas que tenemos. La defensa también presentará las suyas y tendrá oportunidad en la audiencia preliminar de ofrecer todas las pruebas de descargo que tengan”, indicó la agente de la Unidad Especializada en Delitos Económicos, este miércoles, en el programa “Así son las cosas” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Adle detalló que Wiens, al asumir el cargo de ministro de Obras Públicas en agosto del año 2018, durante el gobierno de Mario Abdo Benítez, tenía la obligación de resguardar el patrimonio estatal y garantizar la continuidad de las obras del metrobús, adjudicadas a la firma portuguesa Mota Engil.
“Al asumir la administración del Ministerio de Obras Públicas, el proyecto ya estaba en un avance físico de aproximadamente 40 % y, poco más de dos meses de asumir como ministro, firma el 23 de octubre del mismo año (2018) con la empresa Mota Engil un documento al que le llamaron acta de entendimiento, donde acordaron la suspensión de las obras, y el Ministerio de Obras Públicas solicitó la sustitución de los trabajos del contrato con otros trabajos que estaban destinados solamente para rehabilitar el tránsito en la zona del tramo 3 de metrobús”, manifestó.
Agregó que para destruir las obras existentes, la administración de Wiens destinó la suma de 8.030.693.029 de guaraníes (más de 8.000 millones), con el solo fin de habilitar el tránsito vehicular. “Se contaba con financiamiento vigente, frentes disponibles y el respaldo de la Municipalidad de Asunción, pero prefirieron soterrar lo construido. En abril del 2020 dispuso la demolición de las seis estaciones del corredor central, que están indentificadas como las estaciones 19 al 24, por las cuales el Estado había pagado G. 6.924.624.006”, lamentó la fiscal.
Añadió que, antes de demoler las obras, Wiens había requerido al entonces contralor Sergio Coscia, quien hoy ejerce su defensa, un parecer jurídico. “Se le señaló que para proceder a esa demolición tenía que tener un dictamen técnico previo. Le preguntamos al MOPC si fue realizado ese dictamen técnico, a la Procuraduría y Contraloría, si recibieron el documento y todas las respuestas fueron negativas y él igualmente procedió a la demolición de las estaciones y dispuso el destino de los materiales que debían ser utilizados en el sistema troncal para otros fines y esos materiales tenían una protección especial de acuerdo a la Ley 5133″, comentó.
Señaló que los materiales para la obra debían ser destinados para otros fines, una vez que haya finalizado el metrobús y con la autorización del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), que financió la obra. “El proyecto no terminó, no se tuvo la autorización, pero Wiens dispuso que los mismos materiales sean llevados a los hospitales para el relleno de estacionamientos y otros fines que no correspondían”, precisó.
Detalló que fueron destinados para la construcción de la obra más de 180.000 millones de guaraníes. Agregó que el daño patrimonial ocasionado por Wiens, quien se encuentra acusado por lesión de confianza y daño a obras construidas, es de aproximadamente 14.995 millones de guaraníes.
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“No tenemos el metrobús”
“Ese es el monto, pero tenemos que tener en cuenta que lo que quedó inutilizado es mucho más porque no tenemos el metrobús, se pagó más de 180.000 millones de guaraníes por la obra que finalmente no tenemos. La acusación también sostiene que, después de esto, Arnoldo Wiens tenía alternativas para continuar con el proyecto, reconducirlo, tenía el informe de intervención que el mismo había dispuesto que se realice, el cual le aconsejaba que tenía que continuar con el proyecto, pero no se continuó”, refirió.
Añadió que, de acuerdo al marco penal, el dirigente abdista se expone a una condena de hasta siete años y medio de cárcel. “La admisión de la imputación contra Wiens fue por lesión de confianza, pero, como todos sabemos, los tipos penales son provisorios en esta etapa y, recién al finalizar el juicio oral y público, un tribunal de sentencia fija precisamente cuáles son los tipos penales que fueron demostrados. Para el Ministerio Público también existe el daño a obras construidas porque las obras fueron soterradas y las seis estaciones formaban parte de una estructura técnica de un sistema de transporte público y esto perdió funcionalidad”, indicó.
Refuta argumento de la prescripción
Con relación al argumento de la prescripción que plantea de forma insistente la defensa de Wiens, Adle recordó que la citación a indagatoria realizada el 4 de octubre de 2023 interrumpió formalmente el cómputo del tiempo, postura que ya fue ratificada tanto en primera como en segunda instancia judicial.
Con la acusación presentada dentro del plazo reglamentario, el caso queda pendiente de la fijación de la audiencia preliminar, donde el Juzgado Penal de Garantías deberá resolver la admisión de las pruebas para elevar la causa a juicio oral.
“Claramente nuestra ley penal dice que un acto interruptivo de la prescripción es la citación a la indagatoria del inculpado, al señor Wiens se le citó por primera vez en esta causa el 4 de octubre del 2023 y los hechos por el que se encuentra hoy en día acusado se iniciaron el 23 de octubre del 2018, se le citó días antes de la prescripción. Esto cortó el plazo de prescripción y se cuenta de nuevo 5 años después de eso, entonces la causa no prescribió”, argumentó.
Refirió también que “es una posición de la defensa que ya fue resuelta en primera y segunda instancia porque eso ya habían planteado cuando presentaron el recurso de reposición”.
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Niño de 10 años habría sido encadenado por su abuela: ¿qué dice la ley sobre los límites de la disciplina?
Un niño de 10 años habría sido encadenado por su abuela materna en una vivienda, según una denuncia presentada ante la Policía y difundida inicialmente por C9N. El caso ya se encuentra en conocimiento del Ministerio Público y de la Defensoría de la Niñez, que deberán determinar las circunstancias del hecho y las eventuales responsabilidades.
Según el reporte policial, una familiar del menor se presentó en la comisaría acompañada del niño y relató que lo encontró en la vía pública luego de que este saliera de la vivienda. Al observar que tenía una cadena colocada en una de sus manos, la mujer habría procedido a retirársela y posteriormente comunicó lo ocurrido a las autoridades.
La Fiscalía y la Defensoría de la Niñez fueron informadas del caso para activar las medidas correspondientes. El niño quedó provisoriamente bajo el cuidado de su tía, mientras que la abuela quedó a disposición de las autoridades.
De acuerdo con el relato de los intervinientes, la mujer habría manifestado que recurrió a esa medida porque ya no podía controlar al niño y que este no obedecía sus indicaciones.
¿Hasta dónde puede llegar la disciplina?
El caso vuelve a poner sobre la mesa una cuestión que trasciende la investigación puntual: ¿hasta dónde puede llegar un adulto cuando intenta corregir la conducta de un niño?
En Paraguay, los niños y adolescentes son sujetos de derechos y cuentan con protección especial frente a cualquier forma de violencia o vulneración. Las medidas de disciplina o corrección no pueden utilizarse como justificación para someterlos a situaciones que afecten su integridad física o psicológica.
La normativa paraguaya establece además el principio del interés superior del niño, que debe orientar las decisiones de las autoridades y de quienes tienen a su cargo su cuidado. Esto significa que una persona adulta no puede disponer de cualquier mecanismo bajo el argumento de estar disciplinando a un menor.
Cuando una medida implica violencia, sometimiento o una afectación de sus derechos, corresponde la intervención de las instituciones encargadas de su protección. El caso podría configurar una situación de maltrato.
No obstante, será la investigación la que deberá establecer qué ocurrió exactamente, durante cuánto tiempo estuvo el niño en esa situación, cuáles fueron las circunstancias y qué responsabilidad corresponde a los adultos involucrados.
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El caso queda bajo investigación
La prioridad de las instituciones intervinientes será garantizar la protección del menor y determinar las medidas necesarias para resguardar sus derechos.
La denuncia también vuelve a poner de relieve la importancia de que situaciones de posible violencia o vulneración contra niños sean comunicadas a las autoridades, en lugar de recurrir a medidas que puedan poner en riesgo su integridad.
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Policía captura a pareja de “macheteros” que asaltaba a vecinos en Lambaré
La Policía Nacional detuvo hoy viernes a una pareja que se dedicada a asaltar a vecinos y peatones con machetes en el barrio San Isidro de la ciudad de Lambaré, creando el pánico en la zona. Los intervinientes lograron incautar dos armas blancas blancas, un machete, un cuchillo y recuperaron un aparato celular robado.
Según el reporte de la comisaría 17ª Central, la captura de estas personas se registró durante la madrugada de hoy tras una denuncia por disturbios que estaban generando en la zona conocida como Pantanal. Esto, luego de que asaltaran y despojaran de su celular a un hombre que pasaba por el sitio.
Los presuntos asaltantes fueron identificados como: Éver Máximo López, de 45 años, que cuenta con antecedentes por por robo, robo agravado y hurto agravado. Así también, su pareja sentimental María Belén Chávez Falcón, de 34 años, con antecedentes penales por tenencia de drogas, violación del deber de cuidado y hurto agravado.
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“Estas dos personas estaban creando disturbios con armas blancas en mano. Nos constituimos en el lugar y encontramos que portaban armas, opusieron resistencia al personal policial y fueron reducidos. En el lugar confirmaron que se apoderaron del celular, que fue recuperado”, detalló Gustavo Escobar, oficial interviniente a los medios de comunicación.
Agregó que estas personas son conocidas en la zona y que ya andaban causando zozobra entre los vecinos. El caso fue comunicado a la fiscal Nora Cubilla que ordenó la reclusión preventiva por robo agravado, resistencia e incautación de armas blancas.
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Conductor aparentemente alcoholizado chocó contra un automóvil y mató a una mujer en Lambaré
Un accidente con derivación fatal se reportó este sábado en la ciudad de Lambaré, una mujer de 31 años falleció luego de que el automóvil en el que viajaba fue embestido por otro rodado. El conductor que provocó el percance fue derivado a la Patrulla Caminera y se se negó a someterse a la prueba de alcotest.
Según el reporte policial, el hecho se registró esta madrugada sobre la avenida Luis María Argaña, en su intersección con la calle Porvenir. En el accidente estuvieron involucrados dos automóviles, uno de la marca Hyundai modelo Accent, en el que iban tres mujeres y otro de la marca Mazda, en este iba un hombre.
Tras el hecho falleció María Belén Recalde Alonso, de 31 años, quien iba en el asiento trasero del automóvil de la marca Hyundai, mientras que las otras dos mujeres resultaron con lesiones leves y tuvieron que ser derivadas a un centro asistencial.
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“Las mujeres circulaban sobre la avenida Luis María Argaña y de la arteria Porvenir salió el otro rodado yendo a embestir contra este y a raíz del impacto el rodado en el que iban las víctimas quedó incrustado por la columna del tendido eléctrico. Las víctimas fueron rescatadas por bomberos voluntarios”, expresó la comisario Alice Espínola, en entrevista con Telefuturo.
Resaltó que los bomberos rescataron a las tres personas que quedaron atrapadas, pero la mujer que iba en el asiento trasero se llevó la peor parte y pese a que intentaron reanimarla se constató su fallecimiento en el sitio.
“Al conductor del otro rodado se lo observaba en presunto estado de ebriedad y fue trasladado hasta sede de la Patrulla Caminera, pero se negó a practicarse la prueba de alcotest hecho que fue comunicado al fiscal de turno, para solicitar la prueba de sangre posteriormente”, puntualizó.
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