El hombre sindicado de provocar graves quemaduras a una niña de seis años fue imputado por el Ministerio Público, tras concretarse su detención en el distrito de Tobatí (Cordillera), al ser localizado en una zona boscosa del asentamiento Kuña Aty.
Según la denuncia, el hecho ocurrió el 17 de mayo, cuando en medio de una discusión, el sujeto arrojó el liquido hirviendo a su pareja e hija. La mujer recibió lesiones leves, pero la criatura fue derivada al Centro Nacional de Quemaduras y Cirugías Reconstructivas (Cenquer), donde se confirmó que sufrió quemaduras de segundo grado en el 60 % del cuerpo.
El detenido identificado como Virino Aguayo Noguera (53) no cuenta con antecedentes de violencia intrafamiliar, aunque según manifestaciones de vecinos del lugar, es un hombre alcohólico que constantemente maltrata y golpea a sus hijos.
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La fiscal Noelia Montanía dio detalles de la intervención, mencionando que la expectativa de pena para el imputado es de hasta 10 años. “La información que recibimos es la niña habría sido agredida por su padre al momento que la señora estaba sirviendo el alimento. No le gustó al señor, entonces arrojó la comida caliente, le salpicó a la señora también y la peor parte se llevó la niña de seis años”, relató a la 780 AM.
En cuanto las condiciones de salud de la menor, la agente fiscal afirmó que ya está fuera de peligro, aunque en situación delicada. Se encuentra bajo el cuidado de la madre, que ya está estable.
“El señor está imputado, está detenido en la Comisaría de Tobatí y en estos momentos ya se encuentra a disposición del Juzgado Penal de Garantías. El fue imputado por el artículo 229 inciso cuarto del Código Penal en concorcandia con el 29, inciso primero en carácter de autor del hecho punible”, manifestó.
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Rechazan arresto domiciliario para conductor ebrio que mató a un joven y decretan prisión preventiva
El juez penal de Garantías Ronald González decretó la prisión preventiva de Jorge Antonio Romero Gómez (37), el conductor ebrio que atropelló un automóvil estacionado en un semáforo causando la muerte de un adolescente de 17 años. El magistrado hizo lugar al pedido del Ministerio Público y rechazó la solicitud de la defensa de concederle arresto domiciliario.
El accidente de tránsito ocurrió el fin de semana sobre la avenida Mariscal López frente a un conocido shopping de San Lorenzo. Romero Gómez conducía una camioneta Audi Q7 que impactó violentamente contra la parte trasera de un automóvil Toyota IST que se encontraba detenido ante el semáforo.
Como consecuencia del choque falleció Matías Eduardo González Chávez, quien viajaba como acompañante en el automóvil. Iba a cumplir la mayoría de edad este jueves 5 de noviembre. Otros dos jóvenes que se encontraban en el vehículo resultaron heridos.
El hombre, abogado de profesión, fue imputado por la fiscal Mirta Rivas por homicidio culposo y exposición el peligro en el tránsito terrestre. Sin embargo, familiares del fallecido y de los demás lesionados, solicitaron a través de su defensor el cambio de carátula de la causa a homicidio doloso, atendiendo que manejaba bajo los efectos del alcohol.
En ese sentido, el resultado del alcotest al que fue sometido el imputado arrojó como resultado 0,972 miligramos de alcohol en sangre. El conductor colisionó violentamente contra el automóvil detenido en el semáforo ocasionando la muerte del joven estudiante e hiriendo a otras personas.
Además, no socorrió a las víctimas. “Se preocupó más por su camioneta, que no le haya pasado nada. En ningún momento se acercó a preguntar cómo estábamos”, comentó Bianca González, quien iba como copiloto del automóvil que fue embestido y aunque sobrevivió también resultó con algunas lesiones a causa del impacto.
El imputado permanecerá inicialmente en la Comisaría Primera de San Lorenzo y posteriormente será trasladado al Centro Nacional de Prevenidos, donde deberá cumplir la medida cautelar mientras continúa el proceso judicial.
La tragedia generó indignación y reclamos de justicia por parte de familiares y allegados de la víctima, quienes exigen que el caso sea investigado hasta las últimas consecuencias.
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Juzgado admite acusación y eleva a juicio oral el caso de invasión de la Estancia Pindó
Tras catorce años de investigación, el juez penal de Garantías, Marcos Giménez Rivas, de Curuguaty, resolvió elevar a juicio oral y público la causa contra Jorge Mercado Méndez, por la invasión de inmuebles de la Estancia de la Agroganadera Pindó S.A., en Canindeyú. El magistrado también rechazó los cinco planteamientos de la defensa y dispuso mantener la prisión preventiva del acusado.
Mediante el Auto Interlocutorio N.º 720, de fecha 14 de octubre de 2026, el magistrado resolvió elevar a juicio oral y público la causa seguida contra Mercado Méndez, identificado en la investigación como uno de los principales dirigentes del asentamiento Joaju – Primero de Marzo, instalado dentro de las propiedades de Estancia Pindó.
La decisión fue adoptada luego de la audiencia preliminar donde el Ministerio Público y la querella adhesiva ratificaron sus respectivas acusaciones y solicitaron que los hechos fueran sometidos al juzgamiento de un Tribunal de Sentencia.
Juzgarán tres hechos punibles
De acuerdo a la resolución judicial, se admitió íntegramente el Requerimiento de Acusación Fiscal N.º 108/2026, presentado el 12 de agosto de 2026 por el agente fiscal Juan Daniel Benítez Miranda, así como la acusación promovida por Agroganadera Pindó S.A., representada por su abogada querellante, Eva Margarita Colmán Adorno.
En consecuencia, Jorge Mercado Méndez deberá afrontar el juicio por la presunta comisión, en carácter de autor, de los siguientes hechos punibles:
- Invasión de inmueble ajeno, artículo 142 del Código Penal, modificado por la Ley N.º 6830/2021.
- Asociación criminal, artículo 239 del Código Penal.
- Detentación ilegal de arma de fuego, artículo 260 de la Ley N.º 7411/2024.
La admisión de estas acusaciones significa que los tres hechos punibles serán objeto de debate ante el Tribunal de Sentencia, sin que ello implique todavía una declaración de culpabilidad.
Rechazos para la defensa
Uno de los aspectos más relevantes de la resolución judicial es el rechazo de la totalidad de los planteamientos formulados por los abogados defensores de Mercado Méndez, quienes pretendían cuestionar distintos aspectos de la acusación e impedir o limitar su elevación a juicio.
El juzgado rechazó la excepción de incompetencia territorial, el cuestionamiento sobre la aplicación temporal de la Ley N.º 6830/2021, la objeción contra la acusación por asociación criminal, el planteamiento relativo a la detentación ilegal de arma de fuego y las observaciones sobre la identificación de los inmuebles afectados.
El magistrado consideró que los argumentos expuestos no constituían impedimentos procesales suficientes para excluir los hechos de la acusación ni para impedir la prosecución de la causa. Asimismo, estableció que las controversias relativas a la conducta atribuida, la valoración de las pruebas y la determinación de la responsabilidad penal deberán ser examinadas durante el juicio oral y público.
Presunto liderazgo en el asentamiento
Cabe recordar que la investigación inició tras las denuncias presentadas por representantes de Agroganadera Pindó S.A., por la ocupación de sus propiedades rurales. Según informes policiales, en los inmuebles se habrían establecido asentamientos permanentes, con estructuras de vigilancia y mecanismos de control de acceso que presuntamente impedían el ingreso de autoridades y representantes de los propietarios.
La Fiscalía atribuye a Jorge Mercado Méndez funciones de dirección, liderazgo y coordinación dentro del asentamiento Joaju–Primero de Marzo, cuya comisión directiva habría presidido desde abril de 2014. Un relevamiento de la Policía Nacional realizado en septiembre de 2025, registró aproximadamente 450 viviendas en los asentamientos investigados.
Actualmente, el acusado continuará recluido en el Centro Penitenciario de Reinserción Social Martín Mendoza, de Emboscada, quedando a disposición del Tribunal de Sentencia de Saltos del Guairá; conforme a lo dispuesto por el juez penal de Garantías, Marcos Giménez Rivas.
Al respecto, la abogada Margarita Colmán señaló que para la Agroganadera Pindó S.A., la decisión judicial constituye un avance significativo después de más de catorce años de actuaciones vinculadas con la ocupación de sus propiedades. Durante este prolongado proceso, la empresa sostuvo sus denuncias y ejerció las acciones judiciales correspondientes para obtener el esclarecimiento de los hechos y la determinación de las responsabilidades penales.
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Rechazan chicana de abogado procesado por coacción y usurpación de funciones
El juez Penal de Garantías de Luque, Nelson Romero, rechazó el recurso (chicana) presentado por Fernando René Marecos Gamarra, imputado por la presunta comisión de los hechos punibles de coacción y usurpación de funciones públicas. Marecos está procesado por participar, sin tener poder para participar en un procedimiento judicial irregular realizado en la firma Cargo Line Paraguay S.A., donde habría coaccionado a funcionarios de la empresa.
Romero sostuvo que el juzgado considera que la providencia recurrida por la defensa del imputado fue dictada conforme a lo dispuesto en el artículo 303 del Código Procesal Penal y sobre la base de un acta de imputación que reúne todos los requisitos legales para su admisión. Con este recurso, el imputado pretendía suspender la audiencia de imposición de medidas cautelares, fijada para el 8 de octubre a las 10:00.
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Antecedentes
De acuerdo con el Ministerio Público, los hechos se registraron el pasado 16 de septiembre en las instalaciones de Cargo Line Paraguay S.A., durante la ejecución de una resolución judicial que disponía un cambio temporal en la administración de la firma. La imputación refiere que el abogado Marecos Gamarra asumió atribuciones que no le correspondían durante el procedimiento, en el cual incluso estuvo presente la jueza en lo Civil y Comercial de Asunción, Mafalda Cameron.
Asimismo, la denuncia señala que el imputado participó en la diligencia judicial como supuesto representante de la parte demandante, sin embargo no existe ningún poder agregado al expediente que le otorgue dicha representación. El denunciante del caso es el actual gerente general de la empresa, Gustavo Martínez Venialgo.
Juez reencauza juicio civil
Por otra parte, el juez Guillermo Trovato reencauzó la actuación irregular de su colega Mafalda Cameron y sustituyó las medidas cautelares dictadas el 16 de septiembre. Trovato designó como administrador judicial de Cargo Line Paraguay S.A. a Gustavo Martínez, y de Cimportex Paraguaya I.C.S.A. a José Eduardo Fleitas Gómez. Ambos estarán bajo la fiscalización de la interventora María Graciela Álvarez Benítez, perito contable designada por el juzgado.
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La 6.ª Expo Kambuchi Rape, en Tobatí
La ciudad de Tobatí, en el departamento de Cordillera, se realiza este fin de semana uno de sus eventos anuales más importantes: la sexta edición de la Expo Kambuchi Rape.
El evento arrancó ayer en la compañía 21 de Julio y se celebrará hasta mañana domingo 27, ofreciendo una ocasión ideal para apreciar la producción artesanal de la localidad en este feriado largo. En efecto, en esta feria se podrá conocer de cerca el trabajo y las creaciones de destacadas artesanas.
Igualmente, “será una oportunidad para descubrir piezas únicas, conocer las historias detrás de cada creación y valorar los saberes que se transmiten de generación en generación”, señalan desde el Instituto Paraguayo de Artesanía (IPA). De esta manera, Tobatí abre sus puertas para celebrar la riqueza de la artesanía paraguaya y la tradición del kambuchi.