La justicia hizo lugar al pedido de arresto domiciliario para el canoero Alcides Adorno Insfrán, quien estaba procesado por el suceso en el que padre e hijas fueron encontrados sin vida en el río Paraná. La resolución judicial se dio a conocer luego de la audiencia de revisión de medidas cautelar. Adorno Insfrán estuvo por varios días recluido en la comisaría local para luego ser trasladado hasta la penitenciaria de Ciudad del Este.
El hombre fue detenido por presunta complicidad tras la desaparición de Rafael Ortiz y sus tres hijas, debido a que habría prestado su canoa para que Rafael Ortiz pase al lado argentino. Sin embargo, días después se dio el triste desenlace. Está imputado por presunta violación en el deber del cuidado.
En la misma causa está detenido Felipe Ortiz Colina, padre del fallecido y abuelo de las niñas, quien sigue detenido, mientras que Adorno Insfrán fue beneficiado con prisión domiciliaria. Con relación al abuelo de las niñas, el mismo sigue privado de su libertad de acuerdo a las informaciones de las autoridades competentes.
En zona de Mayor Otaño (Itapúa) se reportó el viernes pasado el hallazgo de cuatro cuerpos flotando en el río Paraná. Las autoridades iniciaron las investigaciones para corroborar si podrían ser el padre y sus hijas desaparecidos desde el domingo 3 de noviembre pasado. Finalmente se constató el peor escenario.
El capitán Claudio Ramírez, segundo comandante del Área Naval del Este, informó a La Nación/Nación Media que, de acuerdo al reporte que recibió desde la zona del hallazgo, pobladores del lugar divisaron los cuerpos de un hombre y de tres niños, entrelazados, en aguas del Paraná.
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Kattya González no volverá al Senado, Corte rechazó pedido
La Corte Suprema de Justicia rechazó por mayoría de votos la acción de inconstitucionalidad promovida por la exsenadora Kattya González, considerando improcedente su pretensión de reincorporarse a la Cámara Alta tras su destitución.
Con una mayoría de 6 votos contra 3, los ministros de la Corte sostienen la improcedencia de la acción planteada por la exsenadora de la oposición, quien pretendía volver a ocupar su banca tras su pérdida de investidura en el 2024, según publicó el periodista Jorge Torres, en sus redes sociales.
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González basó su demanda en el supuesto incumplimiento de la mayoría calificada y de las formalidades previstas en la Resolución 429 del año 2023, emitida por el Senado, alegando que dichas reglas debían regir al momento de su juzgamiento por parte de sus pares.
En tanto, el máximo tribunal de Justicia fundamentó su rechazo argumentando que la citada resolución no se encontraba vigente cuando se llevó a cabo el juzgamiento de González. En el voto mayoritario se resaltó que el artículo 11 de la propia normativa establecía que entraría en vigor al día siguiente de su aprobación, condición que invalidó el reclamo de la exlegisladora.
Dicha Resolución No. 429/2023 fue aprobada, como primer punto del “Orden del día”, en la misma sesión en la que se juzgó la pérdida de investidura de Kattya González: el 14 de febrero de 2024, hecho que fue puesto de resalto por la misma accionante, en su escrito de demanda.
Por ende, manifiestan los ministros de la Corte que la Resolución 429/2023 (que imponía la mayoría absoluta de dos tercios y regulaba el procedimiento de pérdida de investidura de un senador) empezaba a regir recién al día siguiente al de su aprobación, es decir, el día 15 de febrero de 2024 y, por ende, no se encontraba vigente el 14 de febrero, fecha de la sesión extraordinaria del Senado, en la que se juzgó a la exsenadora Kattya González y, como punto previo, en la misma sesión, se aprobó la resolución 429.
Vale recordar que la resolución No. 429/2023 exigía que la pérdida de investidura de un senador se diera con el voto con una mayoría calificada: mayoría absoluta de dos tercios (30 senadores sobre 45, que es el total de senadores que integran la Cámara). La exsenadora Kattya González se agravió que fue expulsada solo con el voto de 23 senadores.
En tanto, la exsenadora González, alegó en todo momento, que la resolución 429 ya se encontraba vigente al momento de su juzgamiento y que fue omitida por sus pares al condenarla a perder su investidura de legisladora.
No se requiere mayoría de dos tercios
Además, los magistrados justificaron técnicamente su postura basándose en los principios de la Constitución Nacional y en la precedencia jurídica, concluyendo de manera unánime que no se requería la mayoría de dos tercios invocada en la demanda.
También corresponde señalar que se dejó asentado en los votos en mayoría de los ministros de la Corte que la resolución 429 del Senado, contraviene disposiciones expresas de la Constitución, entre los que se señala, la exigencia de un voto con mayoría calificada (mayoría absoluta de dos tercios, contando el número total de integrantes del Senado, es decir, 30 senadores de 45), cuando que el art. 185 de la Constitución indica expresamente que, cuando la Constitución no requiera una mayoría especial para la cuestión a resolverse, se aplicará la mayoría simple (la mitad más uno de los miembros presentes).
Señalaron igualmente los votos dados en mayoría que no hubo trasgresión al derecho a la defensa de la Sra. Kattya González pues se le dio oportunidad de pronunciarse, que la actora estuvo presente en la discusión del debate, como así mismo fue escuchada, sin embargo la demandante no ejerció su defensa, no ofreció prueba ni solicitó prórrogas por decisión propia, prefiriendo desarrollar un discurso de tinte político que no se refería a su defensa sino que se referían a una crítica a sectores políticos y a personas en particular.
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Justicia prohíbe a candidato ultraderechista usar como “símbolo” la camiseta de Colombia
Una jueza prohibió al candidato ultraderechista a la presidencia de Colombia, Abelardo de la Espriella, utilizar la camiseta de la selección de fútbol nacional como “símbolo” de su partido político, tras quejas de la izquierda en plena campaña para el balotaje.
Iván Cepeda, candidato izquierdista y heredero del presidente colombiano, Gustavo Petro, acusó el lunes al ultraderechista de “robar” y apropiarse de la camiseta al estilo del expresidente de Brasil Jair Bolsonaro.
El balotaje entre los dos candidatos se celebrará el 21 de junio, después de que la de la Espriella ganara la primera vuelta.
El excéntrico abogado de 47 años, favorito para la presidencia según las encuestas, usa habitualmente la camiseta de la selección nacional en actos públicos a pocos días del Mundial de Norteamérica, que arranca el 11 de junio.
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Se ordena “cesar inmediatamente y definitivamente” el uso de la camiseta “como símbolo identificador de su partido político, su campaña o su imagen personal en plaza pública o cualquier medio”, dice el auto de un juez de Bogotá.
Algunos de los millones de seguidores del conocido como “El Tigre” la usan con la cabeza del animal estampada y la acompañan con su característico saludo militar en los mitines.
En Colombia, millas de ciudadanos también salen a las calles con la tricolor como apoyo a su selección y con euforia ante el inminente inicio del torneo futbolero más importante del mundo.
La politización del símbolo nacional ha generado malestar entre los seguidores de la izquierda y ha sido aplaudido por los de la ultaderecha, que ven el uso de la camiseta como un acto de “patriotismo”.
Colombia jugará su primer partido el 17 de junio contra Uzbekistán.
Fuente: AFP
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Justicia permite aplicar polémica la Ley de Glaciares en una provincia de Argentina
Una polémica ley argentina que flexibiliza las regulaciones de explotación minera en zonas glaciares superó este lunes un obstáculo judicial y podrá aplicarse en la provincia de Santa Cruz, al revocarse la medida cautelar para esa zona.
La Procuración del Tesoro, que representa jurídicamente al Estado nacional, anunció que una Cámara Federal de Apelaciones patagónica (sur) admitió un recurso de un juzgado inferior que frenó la denominada “Ley de Glaciares” impulsada por el presidente Javier Milei.
Aprobada en el Congreso el 9 de abril pese a la dura resistencia de organizaciones ambientalistas, la ley reformó la norma que regía desde 2010 para permitir a los gobiernos locales redefinir las áreas de explotación minera en la zona periglaciar.
La legislación se aprobó en el marco del impulso a la minería de parte del mandatario ultraliberal, que desde que se consideró en 2023 buscó facilitar las inversiones en la actividad en un país que tiene vastas reservas de cobre, oro, litio y uranio.
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La ley estaba suspendida en Santa Cruz desde el 24 de abril, el mismo día en que la norma entraba en vigencia.
Un juzgado había hecho lugar a la medida cautelar pedida en una demanda colectiva del Concejo Deliberante de El Calafate, localidad distante a unos 80 kilómetros del glaciar Perito Moreno, monumental masa de hielo de 30 km de largo y 70 metros de altura.
La presentación solicitaba que se declarara la “inconstitucionalidad” de la ley, y el magistrado aceptó suspender la norma mientras analizaba el planteo por el “peligro” que podría suponer su ejecución.
Tras el recurso de la Procuración, una Cámara Federal de Apelaciones revocó este lunes el fallo bajo el argumento de que “no contiene ninguna evaluación sobre las disposiciones de la ley que decide suspender”.
Aunque el amparo de Santa Cruz fue el primero que logró obstaculizar la nueva “Ley de glaciares”, forma parte de una serie de presentaciones en distintos juzgados de diferentes puntos de Argentina. Una demanda colectiva de Greenpeace es una de las que aseguran resolución.
Los ecologistas argumentan que la exploración minera en la zona periglaciar acelerará el cambio climático y restringirá el acceso al agua.
Argentina tiene unos 17.000 cuerpos de hielo superiores a una hectárea entre glaciares y glaciares de escombro, es decir, masas de hielo cubiertas por roca.
- Fuente: AFP
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Tiroteo fatal en Costanera: padre denuncia trabas en la autopsia
El padre de la joven que falleció durante la persecución y tiroteo ocurrido en la Costanera de Asunción denunció demoras para la realización de la autopsia y que aún no está pudiendo velar el cuerpo de su hija. Pide a las autoridades agilizar el trabajo y respetar el dolor de la familia.
Según el padre de la víctima, Francisco Daniel Simón, desde ayer prometen que le van a realizar la autopsia al cuerpo y esta decisión se tomó luego de que agentes de la Policía indicaran que la mujer ya estaba sin signos de vida antes de la persecución. Además, se solicitó la extracción de la bala.
“Ayer nos dijeron para la 13:00, luego pasó para las 16:00, pero se requería la firma de un juez. Al final se pasó para hoy a las 10:00, no se volvió a realizar y volvieron a pasar para las tarde. Todo porque un policía manifestó que ya estaba muerta”, expresó Simón, en “Dos en la Ciudad” de canal GEN y Universo 970/Nación Media.
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Afirmó que ya pasó mucho y esperan que las autoridades se movilicen para que puedan dar cristiana sepultura a su hija. “Es una burla lo que están haciendo para entregar un cuerpo. Esto solo le hacen a las personas de escasos recursos. Seguro le hacen más caso a este criminal que a nosotros”, detalló.
Afirmó que su hija Guadalupe Simón, de 25 años, falleció cerca de las 9:00 y aún no pudieron hacerle una despedida. Ella deja una niña de 6 años huérfana, que espera el cuerpo de su madre para despedirla. Así también, en la vivienda toda una familia está muy dolida por esta perdida y desean despedir a la joven.
Tras la persecución que se registró ayer en la Costanera, se logró detener a José Gabriel Leguizamón Díaz, alias “La Vaca”, de 38 años, quien cuenta con frondosos antecedentes penales y orden de captura internacional, entre ellos por: robo agravado, hurto agravado, obstrucción al resarcimiento por daños en accidente de tránsito y homicidio doloso.
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