El secretario general de la Organización de Trabajadores de la Educación Auténtica (OTEP-A), Gabriel Espínola, fundamentó los motivos de la exigencia de que los educadores sean excluidos de la eventual aplicación de la Ley de Función Pública y Servicio Social y contra la cual se encuentran en movilización permanente.
“La preocupación fundamental por el cual nos estamos yendo a esta medida de movilización a nivel país y convocada por todas las organizaciones de trabajadores de la educación es que no hemos podido obtener el compromiso del Ministerio de Economía para que los docentes seamos excluidos del proyecto de Ley”, señaló al programa “Así son las cosas” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
A su criterio, los maestros deben regirse por su carrera y sus propias normativas a través de la Ley 1.725 del Estatuto Profesional del Educador. “Hemos planteado específicamente articulados, ayer la viceministra de Capital Humano nos reafirma la inclusión de nosotros como parte de todo el funcionariado del Estado en lo que hace a este título uno”, manifestó.
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Espínola consideró que toda normativa a elaborarse de cualquier sector trabajador del Estado debe ser en base a la matriz que se convierte en una ley general de los funcionarios públicos.
“Nosotros lo que hemos planteado es lo que está hoy en la propia legislación de la Ley de la Función Pública en cuyo artículo segundo está excluido el magisterio nacional. Y no hemos tenido ningún tipo de problema en todas estas décadas”, expresó.
Es por ello que el gremialista indicó que en el sector educativo no se ha podido entender “las razones por las que no podrían ser excluidos los docentes”, del citado proyecto de ley impulsado por el propio poder Ejecutivo.
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Diputados analizan renovación de emergencia por consumo de sustancias psicoactivas
La Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados analizó este lunes el proyecto de ley que busca renovar la emergencia nacional por consumo de sustancias psicoactivas.
Con esta medida se busca fortalecer las políticas públicas de prevención, tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por las adicciones.
La iniciativa surge tras el vencimiento, el pasado 6 de junio, de la declaración de emergencia anterior.
Su fundamentación sostiene que las circunstancias que motivaron aquella medida persisten y requieren una respuesta sostenida, coordinada e integral por parte del Estado.
Durante el tratamiento en la comisión asesora, se recordó que se realizó una audiencia con representantes de distintas instituciones, que coincidieron en la importancia de renovar la declaración de emergencia.
Además, se planteó la necesidad de introducir modificaciones al texto para precisar las competencias y responsabilidades de cada organismo.
Se apunta asimismo a fortalecer la coordinación interinstitucional, incluida la participación del Ministerio del Interior.
Considerando estas propuestas, el bloque asesor resolvió postergar el dictamen para realizar consultas con el proponente y avanzar en la elaboración de un texto consensuado.
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Defienden el proyecto de ley en contra de la ideología de género
La iniciativa popular plantea hasta 20 años de cárcel para quienes interfieran, alteren o dañen la percepción natural del niño acerca de la sexualidad o su identidad biológica.
La abogada, especialista en derecho penal, gobernabilidad, gerencia política y gestión pública Dannia Ríos Nacif defendió la iniciativa popular que plantea hasta 20 años de cárcel para quienes interfieran, alteren o dañen la percepción natural del niño acerca de la sexualidad o su identidad biológica.
“El proyecto de ley propone modificar el artículo 135 del Código Penal incorporando un apartado nuevo, el 135c. Este apartado tipifica como abuso infantil la elaboración, distribución, promoción o difusión de materiales o actos dirigidos a niños que interfieran, alteren o dañen su percepción natural sobre la sexualidad, el ejercicio de ella o su identidad biológica de los mismos”, afirmó Ríos Nacif en una entrevista con el diario La Nación/Nación Media.
Añadió también que “estas conductas atentan contra el desarrollo armónico del niño, el mismo bien jurídico protegido en los casos de abuso sexual en niños, denominado indemnidad, el cual consiste en el derecho del niño a no sufrir interferencias o daño en el proceso de formación adecuada de la personalidad”.
Mencionó que a través de la propuesta se “busca proteger el derecho constitucional del niño, contemplado en el artículo 54 de la Constitución Nacional, que obliga a la familia, la sociedad y el Estado, que incluye a todas las instituciones, funcionarios y autoridades, a garantizarle su desarrollo armónico e integral, protegiéndolo, entre otras cosas, contra el abuso”.
SE AGREGA FIGURA PENAL
Detalló que la incorporación del artículo 135, inciso c, “abuso bajo otras formas”, no modificará ni reducirá las penas y conductas ya tipificadas en los artículos 135a y 135b.
“Se mantienen según la ley vigente (Ley n.º 7394/24). Solo se agrega una figura penal nueva que protege el mismo bien jurídico”, afirmó.
Con relación al cuestionamiento de la senadora opositora Esperanza Martínez, quien sostiene que la iniciativa adolece de serios problemas constitucionales y que restablece penas más bajas para los abusadores sexuales, la abogada dijo que “esas afirmaciones no se ajustan a la verdad. El proyecto no reduce ninguna pena. Las penas por abuso sexual en niños se mantienen conforme a la ley vigente (Ley n.º 7394/24).
El texto se elaboró originalmente en el año 2023 y, mediante el trámite correspondiente, será incorporado al marco legal vigente”. Agregó que “en cuanto a la constitucionalidad, precisamente el proyecto se fundamenta en el derecho constitucional que protege al niño en su etapa de desarrollo (artículo 54 de la Constitución Nacional). Por lo tanto, este derecho no puede dejar de ser atendido, tratándose del sector más vulnerable. Invocar derechos de adultos para introducir estas ideas en niños, atenta contra ese derecho y, en última, prevalece el interés superior del niño”.
NO PROHÍBE ACCESO A LA INFORMACIÓN
Consultada sobre si el proyecto apunta a impedir toda forma de acceso a la información sobre diversidad sexual y género, Ríos Nacif argumentó que “el proyecto no prohíbe que los adultos accedan a información ni que discutan estos temas entre mayores de edad.
Lo que busca es impedir que se introduzcan en la educación y en actividades dirigidas a niños, aquellos contenidos que interfieran en la formación de su identidad biológica y sexual, atentando contra su indemnidad. El objetivo es la protección del niño”.
SECTORES QUE APOYAN LA PROPUESTA
La iniciativa popular amparada en el artículo 123 de la Constitución Nacional y las leyes, se encuentra impulsada especialmente por padres de familia y cuenta con el respaldo de las organizaciones como Fedapar, Fenapep, Frenvifa, Recnapy y Somos Muchos Muchos Más. “También cuenta con el apoyo de sectores confesionales, sectores de la Iglesia católica como evangélica y la firma de más de 50.000 ciudadanos”, comentó Ríos.
REQUIEREN CELERIDAD AL CONGRESO
La abogada puntualizó también que requerirán al Congreso Nacional que dé celeridad al tratamiento y sanción del proyecto de ley, en respeto a las 50.000 firmas ciudadanas que dan aval a su presentación.
“En las próximas semanas se acompañará el trámite legislativo, se mantendrá informada a la ciudadanía y se continuará el diálogo con los legisladores para que el proyecto sea estudiado y aprobado, protegiendo el desarrollo armónico de los niños en cumplimiento al artículo 54 de la Constitución Nacional”, argumentó.
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Plantean que las bolsas con publicidad sean entregadas sin costo al consumidor
Un proyecto de ley “Que modifica el artículo 7° de la Ley Nº 5414/2015 ´De promoción de la disminución de uso de plástico polietileno´” fue presentado por los diputados Saúl González y Santiago Benítez.
Los proyectistas alegan que la iniciativa busca establecer criterios más equitativos para el cobro de las bolsas de un solo uso entregadas a los consumidores en los establecimientos comerciales.
Actualmente, la normativa prevé la posibilidad de cobrar por las bolsas de un solo uso, como mecanismo destinado a incentivar la reducción de su consumo y promover prácticas más responsables con el medio ambiente.
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En ese sentido, los proyectistas plantean que las bolsas que contienen logotipos, marcas comerciales, mensajes publicitarios o colores corporativos que identifican a los establecimientos comerciales sean entregadas sin costo.
“Resulta razonable establecer que aquellas bolsas que incorporen dichos elementos de identificación comercial sean entregadas sin costo para el consumidor, teniendo en cuenta que su utilización contribuye igualmente a la difusión de la imagen y los intereses comerciales de la empresa o marca correspondiente”, expresa parte del documento.
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Media sanción: Diputados aprueba ampliar pensión para víctimas colaterales de feminicidio
En sesión ordinaria, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley “Que modifica los artículos 1º y 6º de la Ley Nº 7349/2024 - De pensión para niñas, niños, adolescentes y personas con discapacidad, víctimas colaterales de feminicidio u homicidio de su progenitor en un contexto de violencia familiar”, presentado por la legisladora Dalia Estigarribia (PLRA-Central). El documento se deriva ahora a la Cámara de Senadores para su consideración.
Durante su tratamiento en el plenario, la Comisión de Presupuesto, presidida por la diputada Cristina Villalba brindó detalles del dictamen de aprobación con modificación, conforme a las sugerencias técnicas del Ministerio de la Niñez y la Adolescencia. El diputado Rubén Rubin, explicó que “son variantes pequeñas, pero de enorme significado: técnicamente pequeñas, de forma, pero de fondo enorme, con un impacto social gigante”, expresó.
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A su turno, la diputada colorada Rocío Abed valoró el alcance de la referida normativa y recomendó su aprobación en carácter de presidente de la Comisión de Equidad Social e Igualdad de Derechos del Hombre y la Mujer. De esa manera, quedó aprobada una nueva redacción para dar mayor claridad y al mismo tiempo reflejar mejor el objeto del proyecto de ley, según expresaron en el plenario.
La propuesta introdujo la modificación del artículo 6º de la Ley Nº 7349/2024, teniendo en cuenta que el proyecto original proponía únicamente la modificación del artículo 1º.
La iniciativa busca ampliar el alcance del régimen de asistencia económica mensual destinado a niñas, niños, adolescentes y personas con discapacidad que quedan en situación de vulnerabilidad como consecuencia del feminicidio u homicidio de uno de sus progenitores en un contexto de violencia familiar, a fin de garantizar que la protección estatal no esté condicionada al vínculo biológico con el autor del crimen.
Es importante mencionar que la redacción vigente de la Ley Nº 7349/2024, limita el acceso a la pensión a los descendientes del autor del feminicidio u homicidio. Según los fundamentos del proyecto, esta disposición deja fuera a otros menores de edad y personas con discapacidad que, pese a no ser hijos biológicos del agresor, convivían con la víctima y dependían de ella emocional y económicamente.
Se señala además que, hijastros y otros niños, niñas, adolescentes o personas con discapacidad que integraban el entorno familiar de la víctima también pueden sufrir consecuencias devastadoras, como traumas psicológicos, pérdida del sustento económico, interrupción de su entorno escolar y social, además de una profunda desestabilización de sus condiciones de vida.
Mencionan que esta exclusión puede generar una doble victimización, al privar de asistencia a personas que también quedaron en situación de desamparo como consecuencia de la violencia familiar. Se consideró necesario establecer criterios de protección que contemplen la vulnerabilidad real de quienes sufrieron las consecuencias de estos hechos, independientemente de su vínculo de consanguinidad con el agresor.
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