El pasado viernes 25 de noviembre se confirmó el fallecimiento del exviceministro de Seguridad Interna Javier Ibarra, quien también se desempeñó como fiscal antidrogas y antisecuestro. Foto: Captura de pantalla.
Empleada de Javier Ibarra sería beneficiada con arresto domiciliario
Compartir en redes
El abogado Avelino Britos, representante legal de Aida María Villalba, la exempleada de Javier Ibarra, señaló este martes que su clienta sería beneficiada con prisión domiciliaria y destacó que la procesada iría a vivir con su hermana en la ciudad de San Lorenzo.
“Acaba de terminar la audiencia y la Fiscalía no se opuso a mi pedido de arresto domiciliario. Creo que en una o dos horas vamos a tener una resolución positiva para que ella pueda estar con su hermana en el lugar donde habitualmente reside”, dijo el profesional del derecho en comunicación con la radio 1020 AM.
Sostuvo que la audiencia se desarrolló en San Lorenzo y recordó que el Ministerio Público había solicitado en su momento el arresto domiciliario y ahora solo se aguarda la resolución del Tribunal para hacer efectiva la medida alternativa a la prisión.
Britos indicó que la audiencia fue para imposición de medidas y no hubo ninguna declaración. En su momento, la empleada del exfiscal Javier Ibarra aseguró también que no tiene nada que ver con el crimen y pidió esclarecer el caso. La mujer dio positivo a la prueba de nitrito y nitrato.
“Esta audiencia fue para imposición de medidas, no hubo declaración de por medio. El fiscal Gerardo Mosqueira se contactó por medios telemáticos, no se opuso al requerimiento y solo estamos esperando la resolución. La Fiscalía había requerido luego arresto domiciliario en su momento”, agregó el abogado defensor.
El pasado viernes 25 de noviembre se confirmó el fallecimiento del exviceministro de Seguridad Interna Javier Ibarra, quien también se desempeñó como fiscal antidrogas y antisecuestro. De acuerdo a los informes, el exfuncionario de Estado fue encontrado muerto por su empleada y su casero, quien acudió hasta la vivienda de Ibarra tras la petición de su exesposa debido a que intentó en varias ocasiones comunicarse con él y no tuvo retorno.
Fiscalía pidió juicio oral de Miky Zaldívar por lavado en caso Atlas
Compartir en redes
La acusación del Ministerio Público cuenta con 128 páginas donde detalla la participación de cada uno de los acusados.
Los fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera y Verónica Valdez presentaron una acusación por lavado de dinero y solicitaron que el proceso penal contra Miguel Ángel Zaldívar, presidente del banco Atlas, y otros directivos de la entidad bancaria, sea elevado a juicio oral y público. La denuncia fue impulsada por la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol).
Asimismo, los agentes fiscales solicitaron el comiso especial y el embargo preventivo sobre bienes del banco Atlas hasta cubrir la suma de USD 718.570. Este pedido deberá ser estudiado por el juez de Delitos Económicos, Humberto Otazú.
Por su parte, el abogado Claudio Lovera, representante legal de la Conmebol, también presentó una acusación contra Zaldívar y los demás implicados por el mismo hecho, ratificando el pedido de juicio oral. Además de Zaldívar –esposo de Natalia Zuccolillo–, están acusados por lavado de dinero: Jorge Enrique Vera Trinidad, Celio Tunholi, Eleno Concepción Martínez Duarte, Eduardo Queiroz García y José Miguel Ángel Páez Corvalán.
LA ACUSACIÓN
El 11 de febrero de 2016, se suscribieron en Asunción contratos de fideicomiso de administración de valores entre el fideicomitente, Nicolás Leoz Almirón, y el fiduciario, banco Atlas SA. El monto total de dichos contratos ascendía a G. 23.014.526.050 y USD 2.160.791, integrados por certificados de depósitos de ahorro constituidos en el propio banco Atlas.
Según la investigación, estos fondos provenían de actividades ilícitas realizadas por Leoz durante su gestión como presidente de la Conmebol. Según la acusación fiscal, Atlas debió obtener información adicional sobre el cliente (ocupación, volumen patrimonial y datos públicos disponibles en internet), así como verificar el carácter de la relación comercial y las razones de las transacciones.
Además, la entidad debió realizar una verificación in situ para corroborar la existencia y actividad del cliente. En caso de no realizarse, la institución estaba obligada a justificar por escrito los motivos en el legajo del cliente. El escrito del Ministerio Público refiere, igualmente, que los directivos de Atlas estaban obligados a monitorear constantemente la relación comercial. Sin embargo, no aplicaron la “debida diligencia ampliada” en los años 2013 y 2016, a pesar de la existencia de prensa negativa y de un pedido de extradición contra Nicolás Leoz.
Finalmente, se menciona que en 2016 el propio Manual de Prevención de Lavado de Dinero del Banco Atlas establecía que, ante el lanzamiento o modificación de cualquier producto, se debía realizar una evaluación de riesgos. Pese a esto, los directivos acusados habrían recibido activos provenientes de las actividades ilícitas de Leoz, aprobando la celebración de los contratos de fideicomiso el 4 de febrero de 2016.
Abogado subraya rigurosidad de investigación fiscal
Claudio Lovera, representante legal la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol).FOTO: GENTILEZA
“Esto fue la culminación de una actividad de investigación larga, realmente es un buen ejemplo de lo que implica recopilar información”, dijo el abogado Claudio Lovera.
“Acá se trata de la Confederación Sudamericana de Fútbol como víctima reclamando sus derechos. Esperamos que se aplique correctamente la ley y recuperar sus recursos”, manifestó el abogado Claudio Lovera, representante legal de la Conmebol al referirse a la acusación fiscal y el pedido de juicio oral y público contra el titular del banco Atlas, Miguel Ángel Zaldívar, y otros ocho procesados por lavado de dinero. “Esto fue la culminación de una actividad de investigación larga, realmente es un buen ejemplo de lo que implica recopilar información, no fue fácil porque tuvieron que acceder a varias fuentes. Es muy relevante el pronunciamiento del Ministerio Público y no hay que olvidar que es un caso de lavado de activos y está en juego la imagen del Paraguay de llevar con seriedad una investigación de este tenor, y yo creo que es lo que ocurrió”, afirmó Lovera, a la 650 AM.
El requerimiento de juicio oral y público fue realizado ayer jueves por los agentes fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera y Verónica Valdez. Asimismo, la Fiscalía solicitó el comiso de USD 718.000, que deberá ser embargado de los bienes del banco Atlas.
El abogado dijo que Zaldívar y los demás implicados, Jorge Vera Trinidad, Celio Tunholi, Eleno Martínez Duarte, Eduardo Queiroz, José Miguel Páez Corvalán, entre otros, se exponen a una expectativa de pena de 5 años por lavado de dinero, pero no descartó que en la discusión jurídica pueda elevarse hasta 10 años si se determinan circunstancias especialmente graves durante el juicio oral.
La Fiscalía caracteriza el delito de rufianería con 35 denuncias registradas
Compartir en redes
La rufianería consiste en la explotación económica de una persona que ejerce la prostitución, un delito que se sancionado con una pena privativa de libertad de hasta 5 años, según el Código Penal Paraguayo (Ley 1.160/97), según el artículo 129, inciso a, de la ley modificatoria 3440/08. La Fiscalía realizó la caracterización de este hecho punible basándose en 35 denuncias ingresadas entre 2021 y 2025.
Un informe elaborado por el departamento de Estadísticas del Ministerio Público, orientado a analizar el perfil del hecho punible de rufianería, evidencia que una proporción significativa del vínculo entre víctima y victimario es de carácter familiar, lo que implica la participación de personas del entorno cercano de las afectadas en el ilícito.
El reporte aclara que la prostitución en sí, no constituye un hecho punible en Paraguay. No obstante, cuando una persona obliga a otra a ejercerla, se configura un delito, el cual se agrava si el autor es un familiar de la víctima. La ley 5777/16 establece en su artículo 6, inciso d, que la violencia sexual comprende toda acción que vulnere el derecho de la mujer a decidir libremente sobre su vida sexual, mediante cualquier forma de amenaza, coacción o intimidación.
Asimismo, se identifica la participación de propietarios o responsables de establecimientos que, bajo la promesa de empleo digno, captan a las víctimas para posteriormente someterlas a situaciones de explotación. Este grupo representa el 29 % de las personas denunciadas. Por su parte, los conocidos, vecinos, amigos, allegados y personas desconocidas concentran en conjunto el 16 %, según datos del Observatorio del Ministerio Público.
Condiciones de vulnerabilidad
En relación con las condiciones de vulnerabilidad, el informe señala que el 40 % de las víctimas fue sometida a maltrato. Asimismo, el 30 % presenta adicción a sustancias y otro 30 % se encuentra en situación de pobreza. En cuanto al contexto de ocurrencia, se observa que los hechos se registran principalmente en residencias o viviendas particulares, las cuales son utilizadas como espacios de explotación.
Esta situación agrava el estado de vulnerabilidad, considerando que el entorno familiar se configura como un espacio de riesgo y no como un espacio de seguridad y protección como lo es el seno familiar. Otros ámbitos identificados incluyen: casas de citas; ofertas laborales engañosas; bares, cabarets y clubes; y situaciones de criadazgo.
Perfil de víctimas y victimarios
El 93 % de las víctimas corresponde al sexo femenino. El análisis revela además una alta incidencia en menores de edad, quienes deberían contar con protección en el ámbito familiar, pero se encuentran expuestos a contextos de riesgo bajo el control de sus victimarios. En cuanto a la edad, el 50 % de las víctimas tiene entre 0 y 17 años, el 40 % se ubica en el rango de 18 a 29 años y el 6 % corresponde a personas de 30 años o más, señala el informe de estadística de la Fiscalía.
La totalidad de las personas sindicadas como responsables supera los 30 años de edad. En cuanto al sexo, el 68 % corresponde a mujeres, mientras que el 32 % restante a hombres. El informe identifica además la concurrencia de otros hechos punibles vinculados, entre los que se destacan la trata de personas, que representa el 54 % y la coacción sexual y violación el 46 %, según el Observatorio del Ministerio Público.
Temporalidad de los hechos
La mayor cantidad de denuncias se registra en horas de la mañana, particularmente los días lunes y jueves, lo que sugiere que los hechos se producen con mayor frecuencia durante los fines de semana. En relación con la distribución temporal, se identifican como meses de mayor incidencia febrero, abril, octubre y noviembre.
El comportamiento de este hecho punible presenta características cíclicas, con incrementos asociados a periodos de mayor interacción social y consumo. Asimismo, factores climáticos inciden en la dinámica delictiva, dado que durante las épocas cálidas se intensifican las actividades nocturnas y los desplazamientos vinculados a las vacaciones. Finalmente, Asunción y los departamentos de Caaguazú, Itapúa, Central y Canindeyú son las áreas con mayor incidencia.
El Tribunal de Apelación ratificó el arresto domiciliario con el uso de tobillera electrónica para Thiago Gorostiaga, acusado por coacción sexual. Foto: Archivo
El acusado Thiago Gorostiaga seguirá con arresto domiciliario con el uso de tobillera electrónica
Compartir en redes
La Cámara de Apelación confirmó la resolución que ordenó el arresto domiciliario con la aplicación de tobillera electrónica para Thiago Gorostiaga, exalumno de un prestigioso colegio de Asunción, acusado por coacción sexual y violación contra una adolescente. La medida fue adoptada por el juez Penal de Garantía Raúl Florentín para tener el control sobre el procesado, tras un incumplimiento.
Los camaristas mencionaron que la disposición se ajusta a las garantías procesales, señalando que el juez actuó conforme a la normativa y que no se observa falta de fundamentación en la resolución recurrida. La medida fue dictada en primera instancia tras una supuesta violación del arresto domiciliario por parte de Gorostiaga.
El 17 de abril de 2026 comenzaron a viralizarse fotografías y un video en los que se observa al imputado en la vía pública, violando su arresto domiciliario. El magistrado Florentín consideró evidente que el procesado traspuso los límites de su residencia para interactuar con terceros.
Asimismo, el procesado cuenta con otros dos procesos penales más que se tramitan en el juzgado penal adolescente. Uno de ellos ya fue elevado a juicio oral y público y otro se debe llevar a cabo la audiencia preliminar.
A pocos días de estar presa, Dalia pide arresto domiciliario
Compartir en redes
La empresaria Dalia López volvió a solicitar la revisión de su medida y pidió usar tobillera electrónica.
A solo 17 días de estar en el Complejo para Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada, la defensa de la empresaria Dalia López, quien estuvo prófuga durante 6 años, solicitó la revisión de su medida cautelar y a su vez pidió el levantamiento de la prisión preventiva y remplazarla por arresto domiciliario, con el uso de tobillera electrónica. López soporta un proceso penal por producción de documento no auténtico y asociación criminal en el caso conocido como pasaportes para Ronaldinho.
La defensa de detenida alega cuestiones de salud, señalando como hecho nuevo un informe médico de José Martínez, quien el 24 de abril de 2026 constató que la procesada presenta palpitaciones, dolores de pecho, mareos e insomnio.
Asimismo, la defensa sostuvo que el examen reveló un cuadro de inestabilidad metabólica, atribuido a la imposibilidad del centro penitenciario de proporcionarle una dieta adecuada, además de una exacerbación cardíaca por estrés. En manos del juez Francisco Acevedo se encuentra definir si Dalia López volverá a su casa o se ratifica la prisión preventiva de la mujer, quien se burló de la Justicia por varios años.