La viceministra de Rectoría y Vigilancia de la Salud, Lida Sosa, dijo que se requiere un total de 340 mil dosis de vacunas contra el COVID-19, con la finalidad de poder inmunizar a todos los adultos mayores que se encuentran registrados actualmente en la plataforma Vacunate del Ministerio de Salud.
“Si consideramos que son dos dosis por cada vacuna a lo que tenemos hoy que están registrados y aún no fueron vacunados todos adultos mayores, tendríamos que tener aproximadamente un total de 340 mil vacunas para dar respuesta a esa población, inscrita, registrada que aún no acudió a vacunarse, pero si se aumenta tendría que ser más”, mencionó.
La viceministra detalló también que el tiempo de estimación para vacunar a la totalidad de la franja etaria que llega hasta los 60 años, registrada hasta la fecha, se tardaría aproximadamente 10 días. “Depende mucho de la disponibilidad de vacunas que tengamos, si nosotros contáramos ya con esa cantidad de 340 mil te podría decir que lo estaríamos utilizando y vacunando en un promedio de una semana o 10 días”, indicó.
A través del programa Fuego Cruzado, emitido por el canal Gen, Sosa manifestó que ayer a la noche se tenía registrado en el sistema de vacunación un poco más de 302 mil adultos mayores, quedando una brecha cercana a un total de 170 mil adultos mayores que no se han vacunado. “En el grupo etario de 65 a 69 años se tenía aproximadamente entre 75 mil a 80 mil registrados que esto creció desde el domingo que se dio a conocer que se estaría vacunando a personas de 65 años y más”, comentó.
Caso del expresidente Horacio Cartes
Por otra parte, en el programa Fuego Cruzado se abordó la decisión del Tribunal Regional Federal de Río de Janeiro (TRF) que anuló el proceso al expresidente de la República, Horacio Cartes, tras ser salpicado en la causa del empresario cambista brasileño, Darío Messer, caso conocido como Lava Jato.
“Se realizó una audiencia pública y el Tribunal luego de escuchar los fundamentos resuelve oralmente la cuestión y dictó una resolución por unanimidad, 3 votos a 0 diciendo que el proceso de Horacio Cartes hay que anularlo. Los argumentos son bastante sencillos, pero muy bien desarrollados durante la audiencia de que los hechos atribuidos al expresidente no constituyeron hechos punibles en Brasil y tampoco en Paraguay y de que la juridicción brasileña no es competente para analizar conductas ocurridas en otro país”, dijo el abogado Pedro Ovelar.
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Plantean modificar ley de la tercera edad para incluir a personas con discapacidad severa
El diputado Roberto González presentó esta semana un proyecto de ley que busca modificar seis artículos de la ley que establece la pensión universal para adultos mayores, con el objetivo de extender este beneficio a las personas con discapacidad severa, independientemente a su edad.
La iniciativa plantea modificar los artículos 3°, 7°, 8°, 10, 12 y 17 de la Ley N° 7322/2024, ‘Que establece la pensión universal para las personas adultas mayores y dispone beneficios de acceso e inclusión’”.
La propuesta legislativa surge como respuesta a lo que el parlamentario considera una “omisión significativa” en la ley original, que dejó desprotegida a una población vulnerable que enfrenta barreras importantes para su inclusión social y económica.
Según la exposición de motivos la Ley 7322/2024 nació con el propósito de otorgar un ingreso económico mensual equivalente al 25% del salario mínimo, a personas vulnerables que, por su edad o condición física, no pueden acceder al mundo laboral.
“La mencionada ley no contempla a personas con discapacidad severa de cualquier edad, dejando desprotegida a una población vulnerable que aparte de las carencias y dolencias físicas, debe sobrellevar costosos tratamientos médicos”, argumenta el diputado en su escrito de presentación.
Agrega que el proyecto encuentra sustento en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, ratificada por Paraguay, que en su artículo 28 establece el derecho de las personas con discapacidad a un nivel de vida adecuado, incluyendo acceso a protección social.
Refiere, igualmente, que el documento se apoya en el artículo 25 de la Constitución Nacional, que reconoce específicamente los derechos de las personas con discapacidad, y busca garantizar el principio de vida digna consagrado en la Carta Magna.
Principales modificaciones
Algunas de las modificaciones incluyen la incorporación de las personas con discapacidad severa certificadas por la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (Sinadis), como beneficiarias de la pensión mensual no menor al 25% del salario mínimo, independientemente a la edad.
Además, crea el “Fondo de Pensión a Personas con Discapacidad Severa” como complemento al fondo existente para adultos mayores. Así como establece que el Ministerio de Economía y Finanzas debe crear un objeto de gasto específico para el pago de pensiones tanto a adultos mayores como a personas con discapacidad severa.
Mantiene las mismas restricciones para acceder al beneficio, excluyendo a quienes reciban remuneraciones del sector público o privado, contribuyan al Impuesto a la Renta o posean más de 30 cabezas de ganado.
González argumenta finalmente que la medida no solo promoverá la inclusión social, sino que también aliviaría la carga económica de las familias que cuidan personas con discapacidad severa.
Otro proyecto similar
Es importante mencionar que también existe otro proyecto que persigue el mismo fin, que fuera presentado por un grupo de legisladores de la Cámara de Diputados.
Se trata del proyecto de ley “Que modifica el artículo 3º de la Ley N° 7322/2024 ‘Que establece la pensión universal para las personas adultas mayores y dispone beneficios de acceso e inclusión’”.
Este proyecto establece que las personas con discapacidad severa, constatadas y certificadas por la Sinadis, podrán acogerse a los beneficios de la presente ley a los sesenta años de edad.
Por otro lado, estipula y aclara que para acogerse a este beneficio bastará que el postulante tenga un grado de discapacidad igual o superior al 50% (cincuenta por ciento).
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Comuna asuncena está abierta a controles para aclarar hechos, señala director jurídico
El jefe del Departamento de Acciones Judiciales de la Municipalidad de Asunción, el abogado Juan José Armoa, remarcó en el programa “Fuego cruzado”, que se emite los domingos por canal GEN/Nación Media, remarcó que la comuna tiene las puertas abiertas a todos los órganos de control para esclarecer las irregularidades que son señaladas por la Contraloría General de la República (CGR).
“Todos los documentos que hacen al motivo principal, que tiene relación a los bonos, fueron remitidos a la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción del Ministerio Público, con más de 100 biblioratos. Lo solicitado por la Contraloría General de la República se le facilitó absolutamente toda la documentación, estrictamente a lo que solicitado”, precisó.
Mencionó que básicamente son dos los puntos del dictamen por el cual la CGR solicita la intervención de la Municipalidad de Asunción, señalan que hubo una falta del deber de colaboración; y que la aplicación de la cuenta única no puede ser utilizada dentro de las municipalidades.
Postura sobre legitimación
No obstante, Armoa explicó que desde la comuna consideran que no debe prosperar la intervención solicitada por la Contraloría General de la República (CGR) para los municipios de la Capital y Ciudad del Este por carecer de legitimación para activar el mecanismo de control ante irregularidades en el manejo de fondos públicos.
El abogado se refirió al artículo 165 de la Constitución Nacional establece que será el Poder Ejecutivo, quien debe remitir el pedido de intervención a la Cámara de Diputados, que deberá otorgar su acuerdo para la intervención, previo dictamen de la CGR.
Armoa dijo que el citado artículo igualmente está en consonancia con el artículo 111 de la Ley 3966, la Carta Orgánica Municipal, que establece que el único órgano competente para solicitar la intervención es la Junta Municipal.
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De Junta Municipal al Ejecutivo
“El dictamen de la Contraloría es un documento técnico, que debe ser puesto a consideración, en este caso de la Cámara de Diputados para que ellos, de manera objetiva, puedan tomar la decisión oportuna que corresponda. Este dictamen debe munirse de toda la información suficiente que requiere para la toma de decisiones como primera medida. Como segunda medida está el mecanismo de la intervención”, explicó.
Por tanto, señaló que la postura institucional que mantiene el municipio de Asunción es que la Contraloría General de la República no posee la justificación suficiente para activar esos mecanismos, porque es atribución de la Junta Municipal presentar el pedido de intervención.
“Consideramos que esto está atentando contra el estado social del derecho, porque aquí fue puenteada la Junta Municipal de Asunción. Porque, a nuestra consideración, la Contraloría General dentro de sus facultades constitucionales puede solicitar la auditoría, emitir los informes que requiera y eventualmente remitir a los órganos de control, que en este caso podría ser el Ministerio Público y otras cuestiones para la investigación pertinente. Pero no se hizo la solicitud a la Junta”, explicó.
Por tanto, señaló que el mecanismo correcto debería ser a solicitud de la Junta Municipal al Poder Ejecutivo, vía Ministerio del Interior, para la remisión del pedido al Congreso de la Nación, a través de la Cámara de Diputados.
Cuestionamiento de fondo
Respecto a la cuenta única, el abogado Armao indicó que es otra cuestión de fondo de la CGR, que hace relación a la normativa conocida como Ley Borda y que se trata de la Modernización de la Administración Financiera del Estado, donde se crea dicha cuenta y los títulos de deuda del Tesoro Público.
“Esta ley es una herramienta de la Ley 1535 de la Administración Financiera del Estado, que, a su vez, la Carta Orgánica Municipal autoriza a la Municipalidad de Asunción a utilizar de manera supletoria todas las disposiciones contenidas en esta legislación. Entonces, la cuenta única al ser autorizada por la carta orgánica y al ser una herramienta de la Administración Financiera del Estado, estamos autorizados como municipalidad de Asunción a poder utilizar como cuenta única”, explicó.
Finalmente, señaló que ya la CGR, en un dictamen del 2020. recomendó la reglamentación de la cuenta única en base al funcionamiento institucional; pero ahora, en el dictamen 2024, cuestiona su aplicación porque dicen que no corresponde y se debe remitir al Ministerio Público a los efectos de las investigaciones pertinentes.
“Al aplicarse la cuenta única se está respetando lo que establece la Ley de Administración Financiera y al mismo tiempo la carta orgánica autoriza su uso. Entonces, no está prohibido el uso de la cuenta única, es más se tiene que reponer como la misma ley exige, cuando se utiliza el dinero. Lo cual, entiendo que sí se está cumpliendo con esos parámetros. Existe una importante cantidad de obras culminadas y otras en proceso”, mencionó.
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“Buscamos que la formalidad sea ágil, accesible y digital”, dice viceministro de Mipymes
La situación de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) fue debatido por Gustavo Giménez, viceministro de Mipymes, y el economista Daniel Correa, ayer domingo en el programa “Fuego cruzado”, emitido por el canal GEN/Nación Media. El sector es considerado como un importante motor en materia económica y en la generación de empleo, pero sigue tropezando con innumerables dificultades.
Pobreza, desprotección social y menor capacidad de recaudación tributaria son algunos de los costos de la informalidad en la que se desenvuelve este sector de la economía paraguaya. ¿Cómo ir superando esta situación que afecta a las Mipymes? ¿Cómo blanquear lo que hoy está en negro en un mercado que, además, está mostrando signos de deterioro en los ingresos reales de sus ramas más dinámicas?
“En el último boletín de formalización que estuvimos presentando hace unos meses, encontramos que hay 450.000 mipymes. La Ley de Mipymes define que vos sos formal con tres cuestiones básicas, el Registro Único del Contribuyente (RUC), estar inscripto tanto en el Instituto de Previsión Social (IPS) y en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess)“, dijo el viceministro de Mipymes del Ministerio de Industria y Comercio, Gustavo Giménez.
Detalló que, de 450.000 mipymes, que representa un 98 %, solo 40.000 son formales. “Tenemos una brecha enorme, pero yo siempre quiero ver el vaso medio lleno y no medio vacío. Tenemos que darle realmente herramientas a todas esas mipymes para que puedan percibir de que ser formal les conviene“, comentó.
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Agregó que el 88 % de las mipymes son microempresas, que capturan hasta G. 650 millones anuales, mientras que el 10 % son pequeñas empresas, con una facturación anual de entre G. 646 millones a G. 3.230 millones. El 2 % son medianas empresas, con ingresos de hasta G. 7.650 millones.
“Buscamos que la formalidad sea ágil, sea sencilla, no costosa y que sea digital para que no tenga que trasladarse a hacer trámites en entes públicos. Por el otro lado, tenemos el tema del acceso a financiamiento. El 60 % de esas 450.000 Mipymes no tienen una cuenta bancaria. Entonces, ahí nosotros tenemos que buscar la forma de incluirlas financieramente para que puedan recibir el financiamiento oportuno", refirió.
Giménez siguió manifestando que “si te ayudo a formalizarte, te doy acceso a financiamiento, el objetivo también debe ser que puedas facturar más, queremos darte negocios. Y ahí tenemos varias herramientas que estamos empezando a experimentar".
Añadió que una de ellas guarda relación con las compras públicas. “En la nueva ley de compras y suministros públicos, las mipymes tienen una reserva de mercado del 20 %. La primera experiencia, quizás, que estamos haciendo en la implementación de esto, tiene que ver con el programa Hambre Cero, donde logramos que aquellas 25 empresas ganadoras de licitaciones, obligatoriamente tienen que comprar a las mipymes y a productores de la agricultura familiar”, puntualizó.
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La banca pública
Por su parte, el economista Daniel Correa sostuvo que “el primer dato que se debe tener en cuenta es que 3 de cada 4 empleos creados en Paraguay, están en las micro, pequeñas y medianas empresas. El empleo puede ser tanto formal o informal",
Manifestó que el sector continua enfrentando “una maraña demasiado grande de procesos administrativos” que impiden su formalización. Aproximadamente el 60 % de las mipymes no tienen una cuenta bancaria, lo que les priva de financiamiento.
“A pesar de que hay hoy una cuenta básica, todavía el impedimento administrativo para que puedan acceder, ya sea con procesos administrativos todavía presenciales o de papeles, impiden a que rápidamente uno pueda crear y formalizar una empresa. Y ni qué decir, pasar al segundo paso que es el tema de la obtención del crédito. Que ahí hay todo un tema a través de cuán especializado están hoy los el sistema financiero para poder atender a esta a este a este segmento”, comentó.
Ante esta situación, Correa manifestó que la banca pública que arbitra y abre las puertas al mercado, no puede ser el gran financiador del sector. “¿La banca pública puede hacer su trabajo? Creo que puede hacer su trabajo, pero es limitado en términos de lo que debe atender y lo que debe hacer para que el sistema les atienda”. mencionó.
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Unos 7.467 adultos mayores reciben pensión
Un total de 7.467 personas mayores de 75 años fueron incluidos como nuevos beneficiarios del programa de Pensión Universal para Personas Adultas Mayores. Desde hoy empezarán a cobrar de forma mensual la suma de G. 699.577, monto que equivale al 25 % del salario mínimo vigente, según lo establecido por la ley.
Con esta nueva actualización, se alcanzó la cifra récord de 340.000 personas beneficiarias del programa social, quienes desde mañana podrán cobrar su pensión en los cajeros del Banco Nacional de Fomento (BNF).
El programa utiliza el sistema de ingreso automático de manera gradual, empezando por los de mayor edad. Conforme a la disponibilidad presupuestaria, paulatinamente la edad irá bajando hasta alcanzar a adultos que hayan cumplido 65 años.
La Ley N.º 7322/2024, promulgada en octubre de 2024, elimina el requisito del censo para acceder a la pensión y establece la inclusión automática de beneficiarios. Para el año 2025, se prevé un presupuesto de USD 350 millones destinado a la pensión de adultos mayores.
Los criterios de elegibilidad incluyen: haber cumplido los 65 años o más, no ser cotizante del seguro social, no percibir salarios del sector público o privado, no recibir jubilación ni tener registrados al menos 30 cabezas de ganado.
Mediante la nueva normativa, ya cobran las personas mayores de 60 años, siempre y cuando tengan algún tipo de discapacidad severa, así como a las personas de las comunidades indígenas que tengan 55 años cumplidos.