Esta tarde, la Presidencia de la República oficializó el Decreto Nº 3525, que amplía la cuarentena hasta el domingo 19 de abril. Esta decisión se da a fin de mitigar los contagios por coronavirus en el país.

Entre los puntos principales, el documento señala que se restringirá la circulación de vehículos, de acuerdo a la terminación de los números de chapa y establece el uso obligatorio de tapabocas para usuarios del transporte público.

El documento firmado por el presidente de la República, Mario Abdo Benítez, señala que los vehículos con chapas impares podrán circular los días lunes, miércoles, viernes y domingo. En tanto que los rodados con chapas pares podrán trasladarse los días martes, jueves y sábado, excepto los del transporte público de pasajeros, carga y todos los vehículos al servicio del sector público.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

Te puede interesar: Mensaje de Euclides Acevedo: “No podemos perder esta batalla”

Nuevamente establece la restricción total del tránsito de personas y vehículos, con las excepciones dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria.

Además, de manera excepcional el horario de trabajo para los funcionarios públicos será de lunes a viernes desde las 9:00 hasta las 14:00, con una cantidad reducida de trabajadores para atender servicios básicos para la ciudadanía.

Asimismo, menciona que durante los controles ejercidos por parte de policías, militares y fiscales, los certificados de trabajo tendrán carácter de declaración jurada para salvaguardar su autenticidad.

Indica también que al igual que anteriores decretos, los habitantes deberán permanecer en sus residencias y podrán hacer desplazamientos mínimos para adquirir alimentos, medicamentos y artículos de limpieza. Asimismo todas las empresas exceptuadas deberán adoptar las mayores medidas de prevención y cuidados sanitarios con sus empleados.

Lea también: Código Rojo se activa ante casos positivos de COVID-19 en personal médico, informa el MSPyBS


Dejanos tu comentario