Un Tribunal de Sentencia condenó a 19 años de cárcel más 8 años de medida de seguridad, al líder del microtráfico, Armando Javier Rotela. La sentencia se dio a conocer tras el desarrollo del juicio oral y público.
El colegiado conformado por los jueces María Fernanda García de Zuñiga, Héctor Capurro y Juan Carlos Zárate, sostuvo que se probo en juicio la responsabilidad del acusado en los hechos que sostiene el Ministerio Público por lo que corresponde aplicar dicha condena debido a que el acusado es considerado peligroso para la sociedad.
En sus alegatos finales el fiscal Ysaac Ferreira solicitó la pena de 22 años de cárcel más 10 de medidas de seguridad. El representante del Ministerio Público explico que se probo en juicio todos los hechos que la fiscalía acuso.
Rotela, es considerado líder de una estructura criminal dedicada al microtráfico y jefe del Clan Rotela, una organización que se hizo fuerte en la penitenciaría de Tacumbú y que se fue extendiendo en el resto de los centros penitenciarios del país, incluso, disputándole el control a la organización criminal brasileña, Primer Comando Capital PCC.
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Condenan a 20 años a un hombre por violación y robo a una mujer a punta de revólver
- Ciudad del Este. Agencia regional
Un hombre fue condenado a 20 años de prisión tras ser hallado culpable por coacción sexual, violación y robo agravado, durante un juicio oral que culminó hoy en el Poder Judicial de Ciudad del Este.
El fiscal Osvaldo Zaracho Romero, de la Unidad Penal N.º 10 de Ciudad del Este, representó al Ministerio Público en la acusación.
Se trata de Odilón Miguel Amarilla Gómez (31), alias “Macaco”, quien tiene una condena anterior por robo agravado también y cuenta con otras causas penales por robo, hurto agravado y desacato. La víctima es una joven que tenía 20 años al momento de la agresión.
Durante el juicio, tras valorar los elementos probatorios, el Tribunal de Sentencia, presidido por el juez Herminio Montiel e integrado por sus pares Zunilda Martínez Noguera y Edgar Lezcano, resolvió condenar al acusado.
Los hechos se registraron el 3 de abril de 2025, aproximadamente a las 2:40, en el interior de una vivienda ubicada en kilómetro 4,5 Acaray de Ciudad del Este. En esa ocasión, el hoy condenado ingresó a la fuerza al inmueble tras violentar la puerta y se dirigió hasta la habitación de la joven que se encontraba descansando.
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Según lo expuesto en juicio, el hombre la amenazó con un arma de fuego (revólver) mientras cargaba diversos objetos como joyas, ropas, calzados, perfumes, tarjetas bancarias y un teléfono celular de la marca Redmi Xiaomi, en una maleta y dos mochilas.
Posteriormente, bajo amenaza de dispararle en la cabeza, el agresor forzó a la víctima a practicarle sexo oral; luego la empujó a la cama, la obligó a desvestirse y la sometió sexualmente. Luego, huyó del lugar con las pertenencias robadas. Inmediatamente, la agredida salió a la vía pública a pedir auxilio. Una vez contenida fue a presentar la denuncia ante la comisaría jurisdiccional.
En el marco de la causa, los médicos forenses Eduardo Cano y Tania Morínigo, confirmaron científicamente la agresión sufrida por la joven. Asimismo, una profesional psicóloga del Centro de Atención a Víctimas brindó contención a la mujer y constató un severo quiebre emocional e indicadores de alto trauma.
En prosecución de la causa, el 4 de abril de 2025, a las 20:00, agentes policiales detuvieron a Odilón Amarilla Gómez, en la vía pública del kilómetro 4,5. Intentó darse a la fuga, pero fue aprehendido y recuperado de su poder una maleta roja con parte de las pertenencias robadas.
La víctima reconoció plenamente los objetos y al autor del hecho, mediante anticipo jurisdiccional de prueba, según el juzgamiento. Con la producción de estas evidencias, el fiscal Osvaldo Zaracho confirmó en juicio los hechos punibles y la reincidencia del acusado para derivar en el fallo condenatorio.
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Corte ratifica condena de 10 años para Carlos Granada quien deberá volver a la cárcel
El exgerente periodístico de Canal 9, Carlos Granada, deberá volver a la cárcel para cumplir una condena de 10 años de pena privativa de libertad, tras ser declarado culpable por acoso sexual, coacción y coacción sexual.
Así lo resolvió la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, al declarar inadmisible el recurso extraordinario de casación promovido por la defensa del condenado, con lo cual queda firme la sentencia de 10 años de prisión.
Los ministros de la máxima instancia judicial Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y Carolina Llanes concluyeron que el recurso no cumplía con los requisitos de fundamentación exigidos por la ley, por lo que rechazaron su estudio.
De esta manera, quedó confirmada la resolución dictada en primera y segunda instancia. Granada se encontraba con libertad ambulatoria desde marzo de este año, pero con la presente determinación tendrá que regresar a un centro penitenciario.
En su resolución, la Corte señaló que no es suficiente afirmar que un fallo es infundado o expresar críticas y agravios, sino que tales cuestionamientos deben estar respaldados por argumentos jurídicos pertinentes y suficientes, requisito que, a criterio de la Sala Penal, no fue cumplido en este caso.
Granada fue condenado en noviembre del año pasado, luego de que un Tribunal de Sentencia concluyera que, mientras se desempeñaba como gerente de prensa del Grupo Albavisión, incurrió en conductas reiteradas y patrones similares de acoso y coacción contra las víctimas, aprovechando la posición jerárquica que ocupaba.
La sentencia también tuvo por acreditado que las víctimas eran jóvenes, estudiantes o pasantes que atravesaban una situación de vulnerabilidad económica. Durante el juicio se expusieron episodios reiterados de contactos físicos indebidos y otras conductas agresivas atribuidas al condenado.
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Confirman condena por feminicidio a 28 años de prisión más 5 por medida de seguridad
- Ciudad del Este. Agencia regional
La fiscal Viviana Sánchez, de la Unidad Penal N° 2 de Presidente Franco, consiguió que la Cámara de Apelaciones confirmara la condena de 28 años de prisión, más 5 años de medida de seguridad, para Eusebio Ovelar Bogado (46), hallado culpable del feminicidio de su expareja.
La segunda sala penal del Tribunal de Alzada, integrada por Efrén Giménez, Lilian Lorena Benítez y Myrian Meza de López, ratificó la sentencia dictada en primera instancia por los jueces Zunilda Martínez, Herminio Montiel y Edgar Lezcano, tras el juicio oral realizado el 8 de abril de 2026 en el Palacio de Justicia de Ciudad del Este.
El crimen ocurrió en la tarde del 2 de octubre de 2024, en una vivienda del km 8, Fracción Willy, de Presidente Franco, donde fue víctima Carolina Benítez Vallejos.
Quedó registrado en el circuito cerrado de grabación de ese día que, el acusado trasladó a la víctima hasta el inmueble en un automóvil Toyota Carina.
El vehículo ingresó al predio a las 18:26 y salió a las 19:52. Durante ese lapso, Ovelar Bogado atacó a la mujer con un arma punzocortante, provocándole múltiples heridas en la cabeza, el tórax y los brazos. La autopsia posterior reveló 37 lesiones y estableció como causa de muerte un shock hipovolémico por heridas en el cráneo y el tórax, según se expuso en el juicio.
Al día siguiente, el empleador alertó a la familia sobre la ausencia de la mujer en su trabajo y, entonces, el hermano fue hasta la casa y encontró el cuerpo de la víctima. La Fiscalía realizó el levantamiento del cadáver y el análisis de las cámaras confirmó que el acusado permaneció en el lugar durante el horario del crimen, sin que ingresaran otras personas.
La investigación también estableció que el último contacto de la víctima fue a las 19:19, cuando envió un video a un familiar mientras el procesado seguía en la vivienda. Tras el hecho, desaparecieron de la casa un celular corporativo, un teléfono personal, una tablet, el control del portón eléctrico y una mochila con dinero.
Luego, el 4 de octubre de 2024, el acusado llevó el celular y la tablet de la víctima a un técnico para borrar la información (flasheo) con la intención de venderlos.
La Fiscalía solicitó 28 años de prisión y 7 años de medida de seguridad, con base en informes de Salud Mental del Ministerio Público que concluyeron que Ovelar Bogado presenta rasgos compatibles con psicopatía. Igualmente, se comprobó en juicio que el hombre tenía antecedentes de violencia psicológica, amenazas y hostigamiento contra su expareja.
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España: exministro muy próximo a Pedro Sánchez condenado a 24 años de cárcel
El exministro de Transportes español José Luis Ábalos, figura clave en el ascenso Pedro Sánchez, fue condenado ayer lunes a 24 años de cárcel por corrupción, en un fallo que podría debilitar al presidente del Gobierno socialista en el tramo final de la legislatura. El Tribunal Supremo condenó a Ábalos por organización criminal, cohechos, malversación y tráfico de influencias, en un caso relacionado con la compra de mascarillas durante la pandemia de covid-19, informó el poder judicial en un comunicado.
Su mano derecha en el ministerio, Koldo García, fue condenado a 19 años por los mismos delitos. El tercer acusado, el empresario Víctor de Aldama, que ejercía de enlace entre los políticos y las empresas, fue condenado a 4 años y medio de cárcel, pero no ingresará en prisión por su colaboración con la justicia en este caso.
La sentencia es un revés para Sánchez, que se añade a otros quebraderos de cabeza judiciales, con su hermano recién juzgado por un caso de tráfico de influencias, su esposa Begoña Gómez a un paso de ir a juicio y privada de pasaporte también por tráfico de influencias, y con otro colaborador cercano, Santos Cerdán, también imputado por corrupción.
A ellos se suma la imputación de José Luis Rodríguez Zapatero, expresidente del Gobierno socialista muy afín a Sánchez, por haber influido presuntamente en el Ejecutivo a cambio de comisiones ilegales.
El líder de la oposición, el conservador Alberto Núñez Feijóo (Partido Popular), pidió la dimisión de Sánchez y la convocatoria de elecciones.
“El presidente del gobierno es el responsable político de la corrupción de sus ministros en ejercicio” y “es indecente que siga un minuto más en la presidencia del Gobierno”, dijo a la prensa Feijóo. “De este colapso solo se sale convocando elecciones generales de forma inmediata”, sentenció el dirigente conservador.
“Organización criminal”
La sentencia del caso Ábalos “concluye que los tres acusados formaron una organización criminal con reparto de funciones que cometió graves delitos de corrupción”, informó el poder judicial en un comunicado.
“Considera probados los delitos en la adjudicación del suministro de trece millones de mascarillas a Puertos del Estado y Adif a una empresa vinculada a Aldama” y otros hechos, como los 10.000 euros mensuales que cobraba Ábalos de la trama o “la contratación de dos conocidas del exministro en empresas públicas”.
El tribunal destaca asimismo “el grave deterioro de la confianza ciudadana en el sistema político que provoca la corrupción, que socava la arquitectura democrática del Estado”.
El exministro denunció durante el juicio un intento de “politizar” el caso y cargó contra la oposición conservadora, que presentó la denuncia inicial, por hacer un “uso torticero de la justicia”.
También rechazó las acusaciones de Aldama, quien había afirmado que la trama alcanzaba niveles superiores del poder político, mencionando al propio Pedro Sánchez, sin que este haya sido imputado.
La sentencia supone un duro golpe para el PSOE y el gobierno, que han tratado de marcar distancias con quien fue durante años uno de los principales artífices del ascenso de Sánchez al poder.
Desde su puesto como secretario de organización, el exministro fue el encargado de pilotar la moción de censura que en 2018 desalojó del poder al conservador Mariano Rajoy por una condena por corrupción a su partido.
Un momento delicado
El fallo llega en un momento políticamente delicado, con el ejecutivo en minoría parlamentaria, incapaz de aprobar presupuestos, y bajo presión por los diversos frentes judiciales que afectan a su entorno, cuando falta un año para que concluya la legislatura.
Pese a la condena, el horizonte judicial del exministro Ábalos no se cierra con esta sentencia. Otras líneas de investigación derivadas del mismo caso siguen abiertas en la Audiencia Nacional y podrían dar lugar a nuevos procedimientos en el futuro.
Para la oposición, la sentencia confirma la existencia de un entramado de corrupción en el corazón del gobierno socialista, mientras que desde el Ejecutivo se insiste en desvincular estos hechos de la actual dirección política. Con este fallo, la justicia española cierra de momento la primera gran pieza del llamado “caso Koldo”, pero deja abiertas múltiples derivadas que seguirán marcando la agenda política en los próximos meses.
Fuente: AFP.