A través de la resolución N.° 906, la Fiscalía General del Estado dispone la suspensión de las actividades en el Ministerio Público, ante el riesgo de expansión del Covid-19.

Se postergan todas las labores, desde el 12 hasta el 26 de marzo en el marco del Plan Nacional de Respuesta a Virus Respiratorios 2020 y ante el riesgo de expansión del Coronavirus (Covid-19), a excepción de los servicios de estricta necesidad.

Disponen las siguientes excepciones: Fiscalías Adjuntas, Unidades Penales de turno, Unidades de Niñez y Adolescencia de turno, Oficinas de Denuncias Penales del Ministerio Público, Laboratorio Forense y Direcciones del Gabinete Técnico de Investigación, quienes deberán organizar y mantener una cantidad mínima de funcionarios para prestar los servicios imprescindibles. Así también, los agentes fiscales que se encuentran interviniendo en juicios orales, hasta su culminación.

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Menor cantidad de funcionarios

Asimismo, el comunicado establece las direcciones del Ministerio Público cumplan funciones con la menor cantidad de funcionarios. También dispone que la Dirección General de Administración y Finanzas, así como la Dirección de Gestión del Talento Humano, mantengan la cantidad mínima requerida de funcionarios para proseguir con los trámites administrativos internos esenciales para el correcto funcionamiento de la institución.

Además exhorta a todos los integrantes del Ministerio Público a cumplir estrictamente las recomendaciones y medidas establecidas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social; a aquellos que no estén contemplados en los artículos 2 y 3, que anteceden, se los insta a permanecer en sus hogares durante tiempo de la medida preventiva para limitar o evitar el riesgo de contagio del coronavirus.

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