Según fiscala adjunta, casos de violencia familiar deben limitarse al ámbito familiar y no incluir a amantes, exnovios y examantes sin convivencia.

En la mañana de este jueves, la fiscala adjunta, Artemisa Marchuk, habló con la 970 AM sobre los lineamientos de la violencia contra la mujer que busca se pongan en práctica y en el que señala una serie de condicionamientos a tener en cuenta, según ella para no incurrir en arbitrariedades.

“El instructivo es el resultado de unos lineamientos que van bajando luego de las convenciones internacionales que también recoge la Ley 5777 y que obliga a emitir instructivos y lineamientos, a adoptar protocolos de actuación y ante las consultas que se hicieran a la Fiscalía General, a su gabinete, asesoría jurídica y también a esta Fiscalía Adjunta, en una acción concertada y por ser esta unidad especializada la encargada directamente del tema de violencia familiar me ha tocado analizar toda la casuística que hasta este entonces tenemos en experiencia en la unidad especializada” manifestó.

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La fiscala señaló que estos lineamiento se basan en el buen ánimo de evitar arbitrariedades o la aplicación en exceso y que termine distorsionándose la protección que se quiere dar a la comunidad.

“Es un análisis de esta fiscalía adjunta, todavía no ha podido ser discutido este análisis en los juzgados penales de garantía, ante un tribunal de Sentencia y menos Corte Suprema o cámara de apelaciones. Pero es un entendimiento de que el ámbito familiar de la norma que describe la conducta de la violencia familiar debe ser entendida de una forma como realmente nuestra legislación desarrolla. En el sentido de que es un ámbito en el que se esperan y prometen y se prestan deberes, derechos y obligaciones de familia. No así puede ser aplicado e interpretado que sí existe un ámbito familiar en las relaciones de noviazgo sin convivencia o en las relaciones de amantes sin convivencia y tampoco en las relaciones de pareja de la población LGTBI o sea las del mismo sexo” refirió.

Sostuvo además que si se quiere ofrecer protección, la protección legal está prevista para este tipo de relaciones de noviazgo, amantes sin convivencia y población LGTBI, pero en otros tipos penales, en otros delitos como ser lesión, coacción, coacción sexual, feminicidio incluso que está previsto en la legislación.

“Pretender que toda violencia contra una mujer solamente califique e incursione en el tipo penal de violencia familiar, ha ido desvirtuando y convirtiendo la aplicación de la protección, a mi criterio, en el ejercicio de sendas arbitrariedades”, indicó.

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