La Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial (ANTSV) realizó una conferencia de prensa para manifestarse sobre la sentencia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que interpretó en un caso particular que conducir en estado etílico no es delito, sino falta administrativa.

Desde la Asesoría Jurídica de la ANTSV, a cargo del abogado Fernando Ferreira, reconocieron que en la Ley Nacional de Tránsito existe una “laguna legal”, con relación a la falta de una especificación de qué graduación de alcohol de la sangre debe ser considerada como falta grave o falta leve.

En ese sentido, anunciaron la presentación ante el Congreso Nacional de un proyecto de Ley que buscará introducir reformas a la normativa que rige el tránsito nacional.

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El anteproyecto en cuestión contempla introducir la figura del dolo y una pena carcelaria de hasta 10 años para conductores que causaron un accidente de tránsito, con derivación fatal o lesión grave. En la actualidad, los conductores alcoholizados que causan muertes son procesados bajo la figura del homicidio culposo.

Otra novedad que busca introducir el anteproyecto es la profesionalización del conductor y reglamentación de la habilitación y de la licencia de conducir de una manera más rigurosa.

El encargado de la asesoría legal destacó además que la Agencia Nacional de Tránsito también introdujo en este proyecto la Tolerancia Cero de Alcohol, es decir, buscan que desde la ínfima existencia de alcohol en la sangre se considere como delito, además de aplicar una falta administrativa.

“Seguiremos aplicando la Ley”

En contacto con la 970 AM, Luis Christ Jacob, director de la Patrulla Caminera, anunció que a pesar del antecedente que instaló la máxima instancia judicial seguirán aplicando la Ley así como siempre.

Detalló que las personas al volante que en un examen de alcoholemia superen los 0,799 mg. de alcohol por litro en la sangre, serán derivadas al Ministerio Público para la prosecución penal correspondiente.

Aclaró que las personas que no superen dicha graduación, así como estipula la Ley que regula a la Caminera, serán multados administrativamente y próximamente, en caso de reincidencias, serán inhabilitados a manejar.

El alto funcionario reconoció la existencia de una laguna legal en la Ley de Tránsito, ya que no indica taxativamente a partir de qué nivel de alcohol en la sangre debe ser considerado como delito. “Tenemos que llegar al alcohol cero al volante”, dijo.

Por último, sobre la inhabilitación de ebrios reincidentes, señaló que la Caminera se encuentra ultimando los detalles para la aplicación de la sanción. “Pero no va consistir en juntar registros de conducir en un escritorio, los conductores que sean inhabilitados deberán participar de varios cursos y pasar pruebas para recuperar la licencia”, concluyó.

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