El Ministerio del Interior recuerda que está vigente la Ley N° 4840/13 de Protección y Bienestar Animal.

Con las altas temperaturas que tenemos en nuestro país, los animales también sufren, en especial aquellos que son utilizados por el ser humano para ayudarlo en su labor cotidiana es por eso que el Ministerio del Interior insta a no olvidar que existe una Ley que protege a los animales.

La Ley vigente es la N° 4840/13 de Protección y Bienestar Animal. La misma indica que el o los responsables se exponen a multas de entre 501 a 1500 jornales mínimos, además de otras sanciones.

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Mencionan que la normativa establece en el inciso 2 del Artículo 29, que “los animales de carga deberán ser mantenidos en buen estado físico y no serán maltratados ni sobre-esforzados”.

Así también, establece los hechos que merecerán sanción, según el Artículo 31:

- Azuzar al animal doméstico para el trabajo, mediante instrumentos que no siendo de simple estímulo, le provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas.

- Hacer trabajar al animal doméstico en jornadas excesivas, sin proporcionarle un descanso adecuado, según las estaciones climáticas.

- Emplear al animal doméstico en el trabajo, cuando no se halle en estado físico adecuado.

Resaltan que ignorar esta normativa representa infracción grave, según la propia ley, y el o los responsables se exponen a multas de entre 501 a 1500 jornales mínimos, además de otras sanciones.

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