El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS) emitió una resolución para que, desde el 1 de noviembre de este año, la venta de antibióticos en todas las cadenas farmacéuticas del país se realice únicamente bajo receta simple archivada.
El ministro de Salud, Julio Mazzoleni, expresó que el uso inadecuado de antibióticos y la automedicación representan un problema grave que causa muchas muertes en el país.
La resolución en cuestión menciona que la comercialización de los citados medicamentos deberán hacerse en establecimientos correctamente habilitados por la Dirección de Vigilancia Sanitaria de la cartera estatal.
Además, cada farmacia deberá conservar la receta simple archivada por dos años y asentar diariamente estos documentos en sus libros diarios.
También, se estipula que la receta para medicamentos con actividad antibióticas tendrá una validez de 5 días desde su emisión y deberá llevar obligatoriamente los siguientes datos: datos del paciente, número de CI, diagnóstico del paciente, leyenda con caracteres indelebles y legibles, así como la firma y sello del médico prescriptor con el número de registro profesional.
Por último, se establece que podrán prescribir medicamentos antibióticos, los médicos, odontólogos y veterinarios, y estos últimos deberán aclarar en la receta respectiva si es para “uso odontológico o uso veterinario”, según corresponda.

