El abogado Eduardo González repudia la decisión tomada por la Corte Suprema de Justicia en el caso Curuguaty. Señaló que “el 2018 pasará a la historia como el año donde el Poder Judicial ha perdido definitivamente su eje”.

González recuerda: “´Hasta hace poco tiempo los fallos judiciales eran pisoteados`, según decía un personaje tan oscuro de la política paraguaya, como lo es Fernando Lugo Méndez. Pero como ahora la resolución judicial, sí le es favorable, señala que sí la Corte ha cumplido con su función de supuestamente hacer justicia”.
Apuntó además "que es lamentable que cuando una sentencia judicial está en contra de mis intereses es incorrecta y la misma no debe ser cumplida, lo cual es una afrenta al sistema republicano, que se encuentra garantizada en la Constitución de la República”.

Agregó que esto promueve una corriente política que se encuentra inserta y arraigada en el país. “Más específicamente en el Congreso de la Nación, donde la unión o mayoría circunstanciales de estos grupos están por encima de la ley, de una sentencia judicial, y hasta de la voluntad popular”, dijo.

Subrayó además que los magistrados, los doctores Cristóbal Sánchez, Arnaldo Martínez Prieto, y Emiliano Rolón Fernández, al dictar el Acuerdo y Sentencia N° 293, del 26 de agosto del 2018, lo hicieron totalmente en forma contradictoria a lo que venía sosteniendo la Corte Suprema desde el año 1998, en que entra en vigencia el sistema procesal penal que actualmente nos rige, entendiendo a que fue dictado este fallo dentro de una recurso especial de revisión de sentencia que se denomina “Recurso Extraordinario de Casación”.

Grupo de campesinos acusados en el caso Curuguaty. GENTILEZA.

“De la lectura del fallo han intentado los magistrados disfrazar la supuesta falta de fundamentación, para sí examinar los hechos, y llegando a extremos de sostener su decisión en lo manifestado por un testigo, lo cual hasta este fallo le era imposible a un tribunal de revisión. Hago este énfasis en esa situación debido a que esa declaración testifical fue crucial para determinar que no existió el hecho punible de invasión de inmueble”, explicó González.

Recalcó que en el Acuerdo y Sentencia N° 293, se hace mención a modificaciones de criterios que se tenían con respecto a los “Anticipos Jurisdiccionales de Prueba”, pues a partir de ahora, cualquier intervención policial deberá requerir la autorización del Juez de Garantías para que dicho procedimiento tenga valor.

Aclaró que en este caso se toma un nuevo criterio con respecto a la advertencia de cambio de calificación por parte del Tribunal de Sentencia al acusado y su defensa.

“Apartir de ahora, se debe determinar concretamente sobre la determinación del cambio de calificación, pero para colmo la advertencia que se dio en este caso concreto era entre tentativa de “homicidio doloso”, y el de autoría de “homicidio doloso”, donde ambas figuras incluso tienen la misma expectativa de pena, pero de esa manera se quiso justificar una supuesta violación de una garantía constitucional. Puesto que la norma en cuestión solo exige la advertencia, y que la defensa esté preparada para el posible cambio de calificación”, argumentó el letrado.

El caso Curuguaty genera un fuerte debate político también en el Senado.

“Un nuevo juicio”

Añadió que los efectos de una anulación de la sentencia por vía de la casación produce el reenvió para que un nuevo tribunal de juicio oral y público lleve adelante un nuevo juicio. “En este caso existe otro error es justamente en que se debió optar por el reenvio, pues los hechos existieron. Hay familias enlutadas y víctimas que siguen con lesiones, por lo que la solución era que se vuelva a realizar el juicio, tomando en cuenta lo que se determinó como supuesta violación de garantía constitucional, por lo que no se comprende la absolución de culpa y pena”.

Dijo también que como agravante estando recusados los tres magistrados por el Ministerio Público, han resuelto de oficio una aclaratoria, donde Arnaldo Martínez Prieto, cambia de postura en cuanto al reenvió que estaba de acuerdo Cristobal Sanches, con lo cual han quedado en el olvido para la justicia la muerte de 17 paraguayos. “Esto es un verdadero desatino y la sublevación de la justicia al poder político, no olvidando que los tres camaristas están pugnando para ser miembros de la Corte Suprema de Justicia, y quien sabe ello no forma parte de todo un gran acuerdo de poderes políticos y de otro tipo”, recalcó.

“Estos tres magistrados Sánchez, Martínez Prieto y Rolón demuestran a los ciudadanos que es difícil como dice Calamendrei, tener fe en la Justicia, y eso solo beneficia como siempre a los oportunistas de turno, y que se encuentran en varios estamentos de la sociedad, en la clase política y en los Poderes del Estado, en especial en el Poder Legislativo”, Concluyó González.

FOTO: ARCHIVO


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