El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) recordó este lunes que el pago del décimo tercer salario, conocido también como aguinaldo, es obligatorio y debe ser abonado antes del día 31 de diciembre.

El concepto del aguinaldo es un beneficio del trabajador de carácter inembargable.

Para realizar denuncias que guarden relación con en el pago del citado salario adicional, se encuentra habilitado el perfil de la Dirección General De Inspección Y Fiscalización, en la red social Facebook.

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Según el Art. 243, del Código Laboral, el aguinaldo es de carácter obligatorio y “queda establecida una remuneración anual complementaria o aguinaldo, equivalente a la doceava parte de las remuneraciones devengadas durante el año calendario a favor del trabajador en todo concepto (salario, horas extraordinarias, comisiones u otros)".

Foto: Gentileza Ministerio del Trabajo.

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