La jueza penal de la Adolescencia, Edith Coronel, resolvió esta mañana otorgar el criterio de oportunidad al adolescente que intentó hurtar mandarinas de la residencia del senador Mario Abdo Benítez, el pasado 14 de mayo.
La fiscala Mercedes Cañiza pidió la aplicación del criterio debido a la insignificancia del hecho. Tampoco hubo denuncia en contra del adolescente, que además no tiene antecedentes, por lo que el Ministerio Público prescinde de la persecución penal.
En su momento, la magistrada repudió la forma en la que el personal policial expuso al menor de edad ante los medios de comunicación, a los que se les permitió tomar fotos.
Además, se les proporcionó su identidad, en lo que se convirtió en violación a lo que establece el artículo 29 del Código de la Niñez y la Adolescencia, acerca de la prohibición de publicar imágenes o cualquier dato relacionado al menor sospechado de cometer un delito.
El menor incluso fue esposado y expuesto por agentes policiales. El accionar policial ante el hecho generó indignación y burlas por parte de internautas y ciudadanía en general.
El adolescente fue detenido luego de intentar ingresar en el interior de la vivienda del senador colorado Mario Abdo Benitez en Asunción. El legislador no se encontraba presente al momento del hecho.
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Juez devolvió a Fiscalía la imputación del repartidor que mató a defensa propia
El juez Rolando Duarte devolvió a la Fiscalía la imputación de Carlos Alberto Garcete, quien fue imputado por homicidio doloso por defenderse de unos delincuentes.
Ahora, la Fiscalía deberá seguir investigando el hecho o tendrá que evaluar si corresponde archivar el presente caso.
El sábado pasado, la Fiscalía imputó por homicidio doloso al repartidor de 60 años que disparó y mató al presunto delincuente que estaba asaltando con un arma de fuego a su compañero, en el barrio Santa Ana de la ciudad de Asunción. El hombre alegó que realizó los disparos en defensa propia y que huyó del sitio por temor a represalias de otros delincuentes de la zona.
El hecho se reportó el jueves pasado, cuando el camión repartidor llegó hasta una despensa en el citado barrio capitalino y los trabajadores estaban descargando mercaderías. En eso se acercaron dos personas y encañonaron a uno de los hombres para pedirle la recaudación del día. Cuando se dio cuenta el chófer del camión tomó su arma para realizar disparos intimidatorios.
Sin embargo, uno de los proyectiles dio contra Jonatan Ariel Franco, de 18 años, quien contaba con dos antecedentes por robo agravado y terminó falleciendo en el lugar. Tras realizar los disparos, los trabajadores subieron al camión y volvieron a su lugar de trabajo donde se enteraron que el delincuente falleció. Esa misma tarde, Carlos Garcete, de 60 años, se entregó a las autoridades.
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Juez otorgó medidas alternativas al abogado que abofeteó a funcionaria del INTN
El juez penal de Garantía, Amílcar Marecos, otorgó medidas alternativas a la prisión preventiva al abogado Walter Ramón Acosta, imputado por agredir a una funcionaria del INTN durante un operativo de control. La resolución judicial se dio a conocer luego de la audiencia de revisión de medidas cautelares.
El referido profesional del derecho deberá cumplir varias reglas de conducta, como la prohibición de salir del país, la prohibición de cambiar de domicilio sin autorización judicial. También quedará sometido el mismo al estricto control de la defensa técnica, la obligación de comparecer ante el juzgado para la firma del acta judicial.
Igualmente, el imputado tiene prohibido acercarse a la víctima y al domicilio de la misma en un radio de 300 metros, la prohibición de comunicación y de actos de hostigamiento por cualquier medio (mensajería, llamadas, redes sociales), la prohibición de consumir bebidas alcohólicas y/o sustancias psicotrópicas como la de acudir a locales nocturnos, la prohibición de portar armas y la obligación de presentarse o comparecer ante cualquier llamado o convocatoria que le realice en adelante y este proceso el Juzgado o el Ministerio Público.
Desde el 27 de marzo el abogado está privado de su libertad en la comisaría de Alto Paraná.
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Acusan y piden juicio oral para la esposa de Alejandro Ramos
El agente fiscal, Federico Delfino Ginés, presentó acusación en contra de Lourdes Bernarda Ramírez de Ramos, en el marco de la causa “Osvaldo Villalba y otros sobre apología del delito y otros”.
La mujer fue acusada por los hechos punibles de apología del delito, atentado contra la existencia del Estado y atentado contra el orden Constitucional. Además de transgresión a la Ley especial de armas Ley 4030/10, producción de riesgos comunes.
Se presume que la hoy acusada formó parte activa del grupo terrorista autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP).
Igualmente se pidió que el presente caso se discuta en un juicio oral y público, atendiendo a todos los elementos probatorios que se tienen en la carpeta fiscal.
Luego del análisis pormenorizado del material audiovisual realizado por el EPP, se logró identificar a las personas que aparecen en los vídeos enviados y difundidos por los medios de comunicación entre las que se encuentra Lourdes Bernarda Ramírez de Ramos.
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En el mes de diciembre de 2013, integrantes del grupo criminal autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo, entre ellos la acusada, se reunieron en un lugar boscoso en el norte del país, cuyo objetivo fue la grabación de un material audiovisual, entregado entre el 19 y el 20 de enero de 2014 y posteriormente difundido por los medios de comunicación, como ser, Sistema Nacional de Televisión, Telefuturo, Unicanal, Paravisión y Canal 13, sumados a ellos los medios radiofónicos en general y los de prensa escrita.
En la grabación audiovisual llevaron a cabo una manifestación dirigida a la ciudadanía paraguaya en la que Lourdes Bernarda Ramírez de Ramos se encontraba con vestimentas alusivas al EPP portando un arma de fuego tipo escopeta calibre 12 en compañía de otros integrantes como Osvaldo Villalba, líder del citado grupo armado, quien realizó referencias negativas al expresidente de la República Horacio Cartes y asimismo instigó a que la clase obrera, campesina, estudiantes e indígenas, debía “unirse e impulsar la lucha de liberación del pueblo; lucha que ha emprendido el brazo armado de los pobres, el “EPP”.
Dichos términos fueron utilizados con el objetivo de incitar a actos de violencia y desobediencia de las autoridades legalmente constituidas en nuestro país.
En el material también se observa a
- Manuel Cristaldo Mieres,
- Ladi Siqueira Krauze,
- Magna María Meza Martínez,
- Vidalina Cardozo,
- Jorgelina Silva Cáceres,
- Liliana Elizabeth Villalba Ayala,
- Alejandro Ramos Morel,
- Esteban Marín López,
- Domingo Ovelar González,
- Alejandro Ramos
- y Feliciano Bernal
Todos, al momento de la grabación del material audiovisual también portaban armas de grueso calibre como fusil calibre 7.62, fusil T65 calibre 5.56, pistola ametralladora Beretta PM12, escopeta calibre 12 y uniformes camuflados, los cuales son de uso exclusivo de los organismos de seguridad del Estado.
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Fiscalía impulsa allanamientos por compra fraudulenta de Miguel Prieto durante la pandemia
El equipo de fiscales integrado por Silvio Corbeta, Verónica Valdez y Yeimi Adle, allanaron recientemente a una de las empresas favorecidas durante la pandemia del covid-19, por la administración del intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. El caso guarda relación con la compra fraudulenta de kits de alimentos donde el dirigente opositor es investigado por el hecho punible de lesión de confianza.
La firma allanada es denominada “El Distribuidor S.R.L.” que fue favorecida con una licitación equivalente a G. 3 mil millones. “Esta investigación surge a raíz de un reporte de la Contraloría que nos fue remitido cerca de diciembre del 2024. Estas compras datan del año 2020, realizamos un allanamiento del local sobre el cual versa la investigación preliminar”, indicó al programa “Así son las cosas” emitido por el canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Corbeta recordó que, entre los meses de marzo y abril del 2020, la municipalidad de Ciudad del Este destinó cerca de G. 9 mil millones para la compra de kits de alimentos. “La primera empresa en ser beneficiada fue Tía Chela, la segunda firma fue justamente la allanada. Respecto al primer caso, el Ministerio Público formuló una acusación por la existencia de un perjuicio patrimonial bastante importante”, refirió.
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Allanamiento al Pabellón de Contingencia de CDE
Otro de los allanamientos recientes impulsados por el fiscal Corbeta se centró en el Pabellón de Contingencia del Hospital Regional de Ciudad del Este, construido por Prieto durante la crisis sanitaria. Este procedimiento fue concretado a raíz de una denuncia contra el dirigente de la oposición por sobrefacturación.
Prieto alega nuevamente que el allanamiento impulsado por la Fiscalía entorno a este caso obedece a una persecución política impulsada desde el gobierno de Santiago Peña. “Desde el lunes estamos haciendo una constitución con peritos. Prieto dijo en redes que esta causa sería desestimada por el fiscal Manuel Rojas, incluso se mencionó que el caso se desestimó y que con el gobierno de Peña el Ministerio Público reabrió la investigación para que me sea asignada”, dijo.
Corbeta acotó: “Lo que dice es completamente falso, esta investigación fue asignada el 30 de junio del 2022 a la unidad en la cual ejerzo funciones, estamos hablando un año antes de las elecciones generales de abril del 2023. La elección del actual presidente no tiene nada que ver con esta investigación, nosotros estamos haciendo diligencias ajustadas a la ley”.
En la ocasión, los agentes fiscales verificaron las instalaciones de la Unidad de Terapia Intensiva (UTI) Infantil. La inversión realizada para este pabellón asciende a la suma G. 2 mil millones provenientes del Consejo Local de Salud.
“Habla sobre una persecución política, pero esto es una estrategia defensiva para tratar de manchar al Ministerio Público. Tarde o temprano teníamos que hacer la verificación de la obra, porque es la única posibilidad para corroborar si hubo sobrefacturación. Prieto tiene todas las garantías de que existe objetividad, nosotros no podemos estar inventando elementos de prueba para acusarlo, esto significa una responsabilidad personal, penal y civil”, comentó.
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