Un tribunal de cuentas rechazó la acción promovida por Frigomerc contra una resolución de la Conacom del año 2021 sobre prácticas monopólicas.

El Tribunal de Cuentas primera Sala, dictó el pasado 29 de diciem­bre del 2025, el acuerdo y sen­tencia n.º 527, rechazando la acción administrativa promo­vida por Frigomerc SA contra la Resolución n.º 18/2020 dic­tada por la Comisión Nacio­nal de la Competencia (Cona­com), en el marco de la Ley n.º 4956/13 de Defensa de la Com­petencia. En comunicación con La Nación/Nación Media, el asesor legal de la Asociación Rural del Paraguay, abogado Carlos Miguel Goiburú Vera, quien intervino como terce­ros coadyuvantes en el jui­cio iniciado por la empresa Frigomerc SA contra la reso­lución n.º 18/2020, dictada por la Conacom, destacó que este Acuerdo y Sentencia n.º 527 confirma que el mercado de la carne no es plenamente competitivo, y que existe un grupo con fuerte posición dominante, reconocido en lo administrativo y judicial.

Aclaró que esta no es una sim­ple opinión gremial, sino que es un hecho jurídico confir­mado por el Tribunal de Cuen­tas, saliendo a favor de miles de productores de carne que ven­den al precio que marcan los frigoríficos, pero pocos com­pran, lo que lleva a una asime­tría y es la razón del problema. Explicó que durante este juicio la Comisión Directiva Central de la ARP resolvió intervenir como terceros coadyuvantes y por su importancia apoyó la legalidad de la resolución de Conacom que había resuelto denegar la autorización de operación, que involucraba una concentración económica entre la empresa Frigomerc SA y Frigonorte SA “La ARP le acompañó y apoyó la reso­lución de Conacom en todo el proceso de hace cinco años”, precisó. Dijo que la Conacom, durante su Investigación con­cluyo que Frigomerc SA, y/o el grupo Athenas Foods, detenta una posición dominante en el mercado de compra de ganado para faena, que en conjunto con otros frigoríficos afines, alcan­zan una participación superior al 42 % que, sumado al Frigorí­fico Concepción, otro grupo de frigoríficos brasileños, superan el 70 % del mercado relevante. “Esta sentencia del Tribunal de Cuentas constituye un hito relevante para nosotros, en la aplicación del derecho de la competencia en el Paraguay. Consolida la autoridad técnica de la Conacom, reconoce judi­cialmente la existencia de una posición dominante en el mer­cado frigorífico y abre la puerta a futuras acciones administra­tivas y gremiales destinadas a proteger el libre mercado y los derechos económicos de los productores ganaderos”, pre­cisó.

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Copia de la sentencia n.º 527 del Tribunal de Cuentas, rechazando la acción administrativa promovida por Frigomerc SA contra la Resolución n.º 18/2020 dictada por la Conacom, en el marco de la Ley n.º 4956/13 de Defensa de la Competencia

CONFIRMA OLIGOPSONIO

Indicó que la concentración del mercado en unas pocas gran­des empresas, en términos jurí­dicos podría ser muy grave, en relación al derecho a la com­petencia, porque no se trata de una sola empresa eficiente, grande, sino de una estructura de mercado altamente concen­trada con capacidad de influir en los precios de la carne. “Para el mercado local, significa básica­mente que quedó comprobado que existe un oligopsonio, el cual está previsto, aunque la ley no utiliza esa palabra ni tam­poco utiliza el fallo, pero conva­lida el concepto económico jurí­dico del oligopsonio”, explicó. Agregó que eso es para el mer­cado, que existen pocos com­pradores y los mayores com­pradores son los dos, el grupo de frigoríficos brasileños y muchos vendedores que son los produc­tores ganaderos. “Lo cual, cons­tituye el problema del mercado ganadero paraguayo, que con­cede cierto poder a estos frigo­ríficos que determinan los pre­cios”, explicó.

Finalmente, resaltó que en este proceso, además de la ARP y otros gremios de la produc­ción, intervino la Procuradu­ría General de la Nación, que dio un fuerte apoyo a esta posi­ción, a esta investigación y a esta resolución de Conacom.

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