El pago del aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores en Paraguay y debe ser abonado en su totalidad antes del 31 de diciembre, recordó el viceministro de Trabajo, César Segovia, al explicar las reglas vigentes sobre este beneficio de fin de año.

Pasada esa fecha, el incumplimiento se considera una irregularidad laboral, pasible de sanciones.

Segovia aclaró que la normativa permite que las empresas paguen el aguinaldo en dos o incluso tres cuotas, siempre y cuando el pago total se complete antes de que finalice el año.

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“Después del 31 de diciembre, ya es irregular”, enfatizó, y agregó que esta obligación alcanza tanto a trabajadores formales como informales, sin distinción.

En cuanto al cálculo del aguinaldo, el viceministro explicó que el procedimiento es sencillo.