Los granos de chía des­tinados al mercado japonés deberán con­tar obligatoriamente con resultados de análisis de resi­duos de plaguicidas, inclu­yendo el principio activo atrazina, como condición previa para su exportación, según el anuncio del Servicio Nacional de Calidad y Sani­dad Vegetal y de Semillas (Senave). La medida se esta­blece en el marco de la Reso­lución N.° 648 y responde a la necesidad de garantizar la inocuidad de los produc­tos paraguayos, así como el estricto cumplimiento de las disposiciones técnicas exi­gidas por Japón, uno de los mercados más exigentes en materia sanitaria.

MUESTRAS DE LAS PARTIDAS

Desde la institución precisa­ron que la normativa dispone la toma de muestras de todas las partidas de chía que ten­gan como destino Japón. El muestreo será realizado por técnicos del Senave antes del embarque, directamente en la planta de la empresa expor­tadora, siempre que esta se encuentre debidamente habi­litada.

En cuanto a los análisis, indi­caron que podrán efectuarse tanto en el laboratorio del Senave como en otros labo­ratorios que cuenten con la habilitación correspondiente.

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El organismo fue tajante al señalar que no se autorizará la emisión del certificado fitosanitario de exportación a aquellas empresas que no cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos. La decisión apunta a preser­var la reputación sanitaria del país y sostener el acceso competitivo de la chía para­guaya a mercados internacio­nales de alto valor.

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